RESOLUCIÓN 578 2025 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

PRORROGA PLAZO - RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN - LEY 6842 - RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS IMPAGAS

Publicación:

12/01/2026

Sanción:

19/12/2025

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: Los términos de la Ley N° 6.842 (BOCBA N° 7210), la Resolución N° 461-

AGIP/25 (BOCBA N° 7233) y el Expediente Electrónico N° 54.720.400/GCABA-

DGANFA/25, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.842 se establece un régimen de regularización de

obligaciones tributarias impagas cuya aplicación, percepción y/o fiscalización está a

cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Que los artículos 2°, 12 y 16 facultan a esta Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos para fijar el plazo de vigencia del régimen de regularización,

establecer sus características y dictar las normas reglamentarias, de procedimiento y

operativas necesarias para la aplicación y cumplimiento del régimen instaurado por la

citada Ley;

Que por la Resolución N° 461-AGIP/25 se fijaron las condiciones para el acogimiento,

el alcance de los beneficios fiscales, los términos de caducidad, la configuración de la

mora y los parámetros para la cancelación de las obligaciones, entre otros aspectos;

Que por dificultades de índole técnica y operativa, ciertos débitos correspondientes al

citado régimen de regularización no han sido efectuados el día 10 de diciembre del

corriente año en las cuentas bancarias de los contribuyentes y/o responsables

respectivos;

Que en consecuencia, a los efectos de minimizar el impacto económico financiero en

los contribuyentes y/o responsables afectados, resulta conveniente establecer un

nuevo vencimiento para la realización del débito en cuenta correspondiente;

Que es propósito de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos afianzar

la comunicación y relación Fisco Contribuyente, facilitando el cumplimiento de las

obligaciones tributarias en tiempo y forma;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 2°, 12 y 16 de la Ley

N° 6.842,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar hasta el día 26 de diciembre de 2025, el plazo para el pago de

los acogimientos al régimen de regularización establecido por la Resolución N° 461-

AGIP/25, cuyo vencimiento original operó el día 10 de diciembre de 2025,

exclusivamente para los contribuyentes y responsables a los cuales no les hubiera

sido efectuado el correspondiente débito en las cuentas bancarias respectivas.

Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable

para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades

bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su suscripción.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese

al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales y demás áreas

dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Pase a la

Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección General de Tecnología

e Innovación de esta Administración Gubernamental para su conocimiento y demás

efectos. Notificar a los contribuyentes y responsables de conformidad con lo dispuesto

por el artículo 40, inciso 5), del Código Fiscal vigente. Cumplido, archívese.

Krivocapich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 578/AGIP/25 prorroga hasta el día 26 de diciembre de 2025, el plazo para el pago de los acogimientos al régimen de regularización establecido por la Resolución N° 461- AGIP/25</p>