RESOLUCIÓN 578 2025 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
PRORROGA PLAZO - RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN - LEY 6842 - RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS IMPAGAS
Publicación:
12/01/2026
Sanción:
19/12/2025
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: Los términos de la Ley N° 6.842 (BOCBA N° 7210), la Resolución N° 461-
AGIP/25 (BOCBA N° 7233) y el Expediente Electrónico N° 54.720.400/GCABA-
DGANFA/25, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6.842 se establece un régimen de regularización de
obligaciones tributarias impagas cuya aplicación, percepción y/o fiscalización está a
cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que los artículos 2°, 12 y 16 facultan a esta Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos para fijar el plazo de vigencia del régimen de regularización,
establecer sus características y dictar las normas reglamentarias, de procedimiento y
operativas necesarias para la aplicación y cumplimiento del régimen instaurado por la
citada Ley;
Que por la Resolución N° 461-AGIP/25 se fijaron las condiciones para el acogimiento,
el alcance de los beneficios fiscales, los términos de caducidad, la configuración de la
mora y los parámetros para la cancelación de las obligaciones, entre otros aspectos;
Que por dificultades de índole técnica y operativa, ciertos débitos correspondientes al
citado régimen de regularización no han sido efectuados el día 10 de diciembre del
corriente año en las cuentas bancarias de los contribuyentes y/o responsables
respectivos;
Que en consecuencia, a los efectos de minimizar el impacto económico financiero en
los contribuyentes y/o responsables afectados, resulta conveniente establecer un
nuevo vencimiento para la realización del débito en cuenta correspondiente;
Que es propósito de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos afianzar
la comunicación y relación Fisco Contribuyente, facilitando el cumplimiento de las
obligaciones tributarias en tiempo y forma;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 2°, 12 y 16 de la Ley
N° 6.842,
Artículo 1°.- Prorrogar hasta el día 26 de diciembre de 2025, el plazo para el pago de
los acogimientos al régimen de regularización establecido por la Resolución N° 461-
AGIP/25, cuyo vencimiento original operó el día 10 de diciembre de 2025,
exclusivamente para los contribuyentes y responsables a los cuales no les hubiera
sido efectuado el correspondiente débito en las cuentas bancarias respectivas.
Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable
para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades
bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.
Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su suscripción.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese
al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales y demás áreas
dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Pase a la
Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección General de Tecnología
e Innovación de esta Administración Gubernamental para su conocimiento y demás
efectos. Notificar a los contribuyentes y responsables de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 40, inciso 5), del Código Fiscal vigente. Cumplido, archívese.
Krivocapich