RESOLUCIÓN 3 2026 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

VIGENCIA: 1 DE ENERO DEL 2026 - ACTUALIZA - MONTO DEL SUBSIDIO MENSUAL - PROGRAMA DE APOYO PARA LA VIDA INDEPENDIENTE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Publicación:

16/01/2026

Sanción:

13/01/2026

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: Las Leyes 447, 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764) y 6.778, el Decreto

387/23; las Resoluciones 1447/MHYDHGC/16, 52/COPIDIS/16, 120/AVJG/24 y

37/COPIDIS/25, el Expediente EX-2026-01928275-GCABA-DGVIEIE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la

promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones, las de asesorar,

supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;

Que mediante la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que contempla en su Título IV a la Vicejefatura

de Gobierno;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo

bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno al Organismo Fuera de Nivel Comisión

para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS);

Que la Ley 6.778 regula la actividad de los Asistentes Personales para la Vida

Independiente (APVI);

Que por la Resolución 1447/MHYDHGC/16 se creó el "Programa de Apoyo para la

Vida Independiente para Personas con Discapacidad" en el ámbito del organismo

fuera de nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS), dependiente del entonces Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano;

Que el objetivo primordial de dicho Programa es promover la autonomía individual y la

autodeterminación de las personas con discapacidad proveyendo asistencia,

asignando recursos y brindando apoyos para equiparar sus oportunidades y lograr la

plena participación e inclusión en todos los ámbitos de la comunidad;

Que en el artículo 2° de la referida Resolución se facultó al Organismo Fuera de Nivel

Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad

(COPIDIS) a dictar normas reglamentarias, aclaratorias, operativas y complementarias

para la implementación del Programa creado;

Que por la Resolución 52/COPIDIS/16 se aprobó el Procedimiento del Programa,

determinando el pago de un subsidio a sus beneficiarios para la contratación de un

Asistente Personal para la Vida Independiente (APVI), que consiste en una suma de

dinero equivalente a las horas asignadas de APVI para llevar adelante el Plan

Individual de Vida Independiente trazado por el equipo interdisciplinario y la persona

con discapacidad, en forma conjunta;

Que por la Resolución 120/AVJG/24, se sustituyó el punto "subsidio" del Anexo I de la

Resolución 1.447/MHYDHGC/16 y se estableció que, a partir del 1° de enero de 2024,

la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad

(COPIDIS) u organismo que lo reemplace, tendrá a su cargo la determinación y

actualización del monto del beneficio;

Que mediante la Resolución 37/COPIDIS/25, se actualizó el monto mensual del

beneficio llevándolo a la suma de ciento noventa y dos mil pesos ($ 192.000), a partir

del 1° de julio de 2025;

Que la Dirección General Vida Independiente e Inclusión Económica, dependiente de

esta Comisión, mediante el informe técnico (IF-2026-02357461-GCABA-DGVIEIE),

propicia actualizar el monto del subsidio mensual del Programa a la suma de

doscientos veinte mil pesos ($ 220.000), a partir del 1° de enero de 2026;

Que, conforme lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL

COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN

DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Actualizar el monto del subsidio mensual del "Programa de Apoyo para la

Vida Independiente para las Personas con Discapacidad" a la suma de doscientos

veinte mil pesos ($ 220.000), a partir del 1° de enero de 2026.

Artículo 2°.- El gasto que demande la ejecución de la presente será imputado a las

partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2026.

Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de

Buenos Aires. Comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la

Vicejefatura de Gobierno y a la Dirección General Contaduría del Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Torroba

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3/COPIDIS/26 actualiza el monto del subsidio mensual del “Programa de Apoyo para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad” a la suma de doscientos veinte mil pesos ($220.000), a partir del 1° de enero de 2026, en el marco de la Resolución 1447/MHYDHGC/16.</p>