RESOLUCIÓN 4 2026 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
APRUEBA FORMULARIOS DE DDJJ DE RENDICIÓN DEL APOYO ECONÓMICO OTORGADO A PRESTADORES - PROGRAMA APOYO A LAS INSTITUCIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD LEY NACIONAL 24.901 - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS
Publicación:
19/01/2026
Sanción:
14/01/2026
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO: Las Leyes 447 y 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764) y 6.851, el
Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 122/AVJG/25, 31/COPIDIS/25,
41/COPIDIS/25, 44/COPIDIS/25, 48/COPIDIS/25, 52/COPIDIS/25, 58/COPIDIS/25,
72/COPIDIS/25 y 76/COPIDIS/25, el Expediente EX-2025-53744693-GCABA-
COPIDIS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la
promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones, las de asesorar,
supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;
Que mediante la Ley 6.684 y se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo
bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno al Organismo Fuera de Nivel Comisión
para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS);
Que, entre las responsabilidades primarias del Organismo Fuera de Nivel Comisión
para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS),
se encuentran las de "Promover el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad, conforme Ley Nacional N° 26.378 (...), entender,
en coordinación con las áreas competentes, en el diseño de políticas que promuevan
que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea accesible, inclusiva e integradora, como
así también la de fomentar proyectos relativos a la concientización de la comunidad
sobre los derechos, necesidades, posibilidades y participación de las personas con
discapacidad";
Que mediante Resolución 122/AVJG/25 se creó el Programa "Apoyo a las
Instituciones para personas con discapacidad - Ley nacional 24.901", que tiene por
objeto asistir de forma transitoria y excepcional, a través de un beneficio económico, a
las instituciones que brindan los servicios de Centros de Día, Centros Educativos
Terapéuticos, Hogares y Residencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el
marco de la Ley nacional ° 24.901, inscriptas en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad;
Que mediante el artículo 2° de la citada Resolución se facultó al Organismo Fuera de
Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con
Discapacidad (COPIDIS), a establecer el monto y la forma de pago del beneficio
económico, y a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, operativas y
complementarias para la implementación del mencionado Programa;
Que por Resolución 31/COPIDIS/25 se aprobaron los lineamientos y procedimientos
para la implementación del beneficio económico;
Que por Resolución 58/COPIDIS se efectuó una nueva convocatoria del referido
Programa, a partir del día 20 de octubre de 2025 hasta el día 2 noviembre de 2025,
ambos inclusive, para que los Centros de Día, Centros Educativos Terapéuticos,
Hogares y Residencias que prestan servicios en el marco de la Ley nacional 24.901,
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se encuentren inscriptos
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con
Discapacidad inicien el trámite de solicitud del beneficio económico, a través del
sistema de Trámites a Distancia (TAD);
Que en el punto IV, ítem d. de los Anexos I de las Resoluciones 31/COPIDIS/25 y
58/COPIDIS/25, respectivamente, regula el procedimiento atinente a la presentación
de las rendiciones de cuentas del Programa;
Que, por Resoluciones 41/COPIDIS/25, 44/COPIDIS/25, 48/COPIDIS/25 y
52/COPIDIS/25 se aprobó el pago del beneficio económico correspondiente a la
primera convocatoria;
Que, mediante las Resoluciones 72/COPIDIS/25 y 76/COPIDIS/25 se aprobó el pago
del beneficio económico correspondiente a la segunda convocatoria del Programa;
Que la Dirección General de Vida Independiente e Inclusión Económica dependiente
del Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS) propicia la aprobación de los modelos de
declaraciones juradas que deberán presentar las instituciones beneficiarias de las
convocatorias realizadas mediante las Resoluciones 31/COPIDIS/25 y 58/COPIDIS/25;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar los formularios de Declaración Jurada para la rendición de la
primera y segunda convocatorias del Programa "Apoyo a las Instituciones para
Personas con Discapacidad Ley nacional 24.901" que como Anexo I (IF-2026-
03997075-GCABA-COPIDIS) y Anexo II (IF-2026-03997154-GCABA-COPIDIS),
respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires. Comunicar para su conocimiento y demás efectos a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno y a la Dirección
General Planificación y Coordinación Gubernamental de la Subsecretaría de
Innovación Administrativa de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de
la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. Torroba