DECRETO 33 2026

Síntesis:

APRUEBA - PRESUPUESTO - EJERCICIO 2026 - SOCIEDAD CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SAU - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

Publicación:

28/01/2026

Sanción:

26/01/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 70, los Decretos 1000/99, 387/23 y sus modificatorios y 157/25, el

Expediente EX-2025-55891853-GCABA-CBAS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 70 fijó los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del

Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estableció la organización y

funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 73 de la citada ley estipula que los directorios o máxima autoridad

responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado

aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remiten a la Oficina de

Presupuesto;

Que asimismo, el artículo 75 dispone que la Oficina de Presupuesto analiza los

proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades y prepara un informe

destacando si los mismos se encuadran en el marco de las políticas, planes y

estrategias fijadas y aconsejando los ajustes a practicar en el proyecto de presupuesto

si, a su juicio, la aprobación del mismo sin modificaciones puede causar un perjuicio

patrimonial al Estado o atentar contra los resultados de las políticas y planes vigentes;

Que, por su parte, el artículo 76 del referido cuerpo normativo determina que

corresponde al Poder Ejecutivo aprobar, con los ajustes que considere convenientes,

los presupuestos de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del

Estado;

Que el artículo 39 del Decreto 1000/99, reglamentario de la precitada Ley, prevé que

para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado en la Ley, la Oficina

de Gestión Pública debe preparar el informe de los proyectos recibidos, así como las

estimaciones presupuestarias de oficio;

Que en ese sentido, a través del artículo 2° del Decreto 157/25 se fijó el cronograma

para la formulación de los presupuestos para el ejercicio 2026 de las empresas

públicas, sociedades del Estado y todas aquellas otras organizaciones empresariales

donde el Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tenga participación

mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, de

conformidad con el Anexo II integrante del citado decreto;

Que, en concordancia con lo normado, por el expediente mencionado en el Visto

tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2026 formulado por la

Corporación Buenos Aires Sur S.A.U. bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat;

Que la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la

Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el informe

pertinente, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 75 de la Ley 70,

aconsejando la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2026 de la sociedad

Corporación Buenos Aires Sur S.A.U.;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el Presupuesto para el ejercicio 2026 de la sociedad Corporación

Buenos Aires Sur S.A.U., bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat,

de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I (IF-2026-03674035-GCABA-DGOGPP),

el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°.- Estimar en la suma de pesos VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS NOVENTA

Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS

QUINCE ($ 21.396.953.715) los ingresos corrientes y fijar en la suma de pesos

VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS

CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS QUINCE ($ 21.396.953.715), los gastos

corrientes, de conformidad con el detalle que figura en la planilla que obra en el Anexo

I (IF-2026-03674035-GCABA-DGOGPP).

Artículo 3°.- Estimar en la suma de pesos DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y

CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS

OCHENTA Y DOS ($ 2.844.544.282) los recursos de capital y fijar en pesos DOS MIL

OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y

CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 2.844.544.282) los gastos de

capital, de conformidad con el detalle que figura en la planilla que obra en el Anexo I

(IF-2026-03674035-GCABA-DGOGPP).

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Desarrollo Humano

y Hábitat, y de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archivar. MACRI - Mraida - Arengo Piragine

- Sánchez Zinny


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7293

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° del Decreto 33/26 aprueba el Presupuesto para el ejercicio 2026 de la sociedad Corporación Buenos Aires Sur S.A.U. , según lo previsto por Decreto 157/25. </p>