RESOLUCIÓN 65 2006 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
MODIFICA EL REGLAMENTO GENERAL JUSTICIA - INCORPORA LAS INCUMBENCIAS - INTÉRPRETES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS CON LAS ESPECIALIDADES DE TECNICATURA SUPERIOR EN LENGUAJE DE SEÑAS - PROFESORADO EN AUDICIÓN VOZ Y LENGUAJE - PROFESORADO EN DISCAPACITADOS VISUALES Y LICENCIADO EN ORGANIZACIÓN Y TÉCNICA DEL SEGURO - CONVOCA PROFESIONALES
Publicación:
08/03/2006
Sanción:
21/02/2006
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Visto el Expediente N° DAP-188/05-0 DAP s/solicitudes de inclusión de nuevas incumbencias en el registro de Peritos Auxiliares de la Justicia, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por la Resolución C.M. N° 135/04 se abrió la inscripción al Registro de Peritos Auxiliares de Justicia, la que se desarrolló desde el 22 de marzo de 2004 al 21 de abril del mismo año;
Que la Resolución CM N° 152/99, Titulo III Peritos Auxiliares de Justicia, punto 3.2 establece las incumbencias que pueden inscribirse en el registro;
Que el art. 3.2.24 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contempla la incorporación de toda otra incumbencia en la que se acredite conocimiento y experiencia que pudiere resultar de utilidad para auxiliar a la justicia;
Que como antecedentes se cita la incorporación de las incumbencias de administradores de propiedad horizontal y temática ambiental conforme resolución CM N° 493/05;
Que según consta de fs. 1 a fs. 16 vienen por el presente los requirentes a solicitar la incorporación de las incumbencias de Intérprete para Personas Discapacitadas con las siguientes especialidades, Tecnicatura Superior en lenguaje de señas (educación superior no universitaria), Profesorado en audición, voz y lenguaje (nivel terciario), Profesorado en discapacitados visuales (nivel terciario) y Licenciado en Organización y Técnica del Seguro;
Que según los informes de fs. 17 a fs.18 y de fs. 20 a fs. 31 se conforman los extremos requeridos para la incorporación al registro de las incumbencias expuestas;
Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,
Artículo 1° - Incorpórense al Reglamento General Justicia (Resolución CM N° 152/99), Titulo III, punto 3.2 las incumbencias: Intérpretes para personas Discapacitadas con las especialidades de Tecnicatura superior en lenguaje de señas, Profesorado en audición voz y lenguaje, Profesorado en discapacitados visuales y Licenciado en Organización y Técnica del Seguro.
Artículo 2° - Notifíquese al señor Esteban Flores en la calle Chile 960 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al licenciado Fernando Tornato, en la avenida Corrientes 4021, 11 a, y a la Cámara Contencioso Administrativo Tributaria
Artículo 3° - Convocar a los profesionales Intérpretes para personas Discapacitadas con las especialidades de Tecnicatura superior en lenguaje de señas, Profesorado en audición voz y lenguaje, Profesorado en discapacitados visuales y Licenciado en Organización y Técnica del Seguro a partir del día 20 de marzo hasta el día 21 de abril de 2006, para inscribirse en el Registro de Peritos Auxiliares de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumpliendo con los requisitos establecido en los arts. 3.1 y 3.5 del Reglamento General de Justicia.
Artículo 4° - Establecer el arancel de inscripción en el Registro de Peritos Auxiliares de Justicia en pesos veinte ($ 20), debiendo depositarse el mismo en la Cuenta Corriente N° 798/8 de la sucursal 53 del Banco Ciudad.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese la convocatoria por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en los Diarios Clarín y La Nación y, oportunamente, archívese.