RESOLUCIÓN 94 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - PLAN DE ESTUDIOS - NUEVA ESCUELA SECUNDARIA BACHILLERATO EN COMUNICACIÓN ALTERNATIVA A - IMPLEMENTACIÓN - INSTITUTO EDUCACIONAL DUAYÉN
Publicación:
30/01/2026
Sanción:
23/01/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Ley nacional 26.206 y sus modificatorias, las Resoluciones del Consejo
Federal de Educación 79/09 y 84/09, las Leyes 33, 898 (textos consolidados por la Ley
6.764) y 6.684 y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las
Resoluciones 321/MEGC/15 y sus modificatorias, 2427/MEGC/15 y su modificatoria
1792/MEGC/16, 891/MEDGC/25 y 10777/SSPIE/25, el Expediente EX-2025-
36660045-GCABA-SSPIE, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 16 de la Ley nacional 26.206 establece: "El Ministerio de Educación y
las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la
obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de
promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios,
urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad
equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales";
Que por la Resolución del Consejo Federal de Educación 79/09 se aprobó el Plan
Nacional de Educación Obligatoria;
Que la Resolución del Consejo Federal de Educación 84/09 aprobó el documento
"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria", cuyo
artículo 3° prescribe que es necesario avanzar en la revisión y/o producción de nuevas
regulaciones federales que generen las condiciones para la renovación de las
propuestas formativas, reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la
escolarización y sostenimiento de la trayectoria escolar de los alumnos;
Que la Ley 33 establece que la validez de todo nuevo plan de estudio o de cualquier
modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio
vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de
gestión dependientes o supervisados por la entonces Secretaría de Educación del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estará sujeta a que sean objeto de
aprobación por dicho organismo mediante el dictado de una resolución fundada para
cada caso;
Que la Ley 898 consagra la obligatoriedad de la Escuela Media;
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, entre los cuales se
contempla al Ministerio de Educación;
Que de acuerdo con la mencionada Ley, el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos y responsabilidades diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría
Planeamiento e Innovación Educativa, a la Gerencia Operativa Innovación y
Contenidos Educativos bajo su órbita y a la Dirección General Educación de Gestión
Privada, todas ellas de este Ministerio de Educación;
Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Planeamiento e
Innovación Educativa se encuentra la de supervisar el proceso de elaboración y
evaluación de los diseños curriculares y planes de estudio;
Que la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos tiene entre sus
acciones la de asesorar en la evaluación de planes de estudio, diseños curriculares,
cursos y postítulos en los distintos niveles y modalidades de la educación formal;
Que, por su parte, la Dirección General Educación de Gestión Privada tiene entre sus
responsabilidades primarias la de administrar, supervisar, coordinar y acompañar el
subsistema de Educación de Gestión Privada de la jurisdicción, conforme con las
políticas del Ministerio de Educación;
Que por la Resolución 321/MEGC/15 se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura
Curricular para los Ciclos Básico y Orientado para la Formación General y Específica
de la Nueva Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que la Resolución 2427/MEGC/15 establece las condiciones para la adecuación de la
estructura curricular de la Nueva Escuela Secundaria en los establecimientos
educativos en los que la misma vaya a implementarse;
Que por la Resolución 891/MEDGC/25 se creó la "Unidad Evaluadora de Planes de
Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,
presenciales y a distancia";
Que por la Resolución 10777/SSPIE/25 se aprobó el procedimiento para el ingreso,
evaluación y egreso de proyectos que sean sometidos ante la "Unidad Evaluadora de
Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,
presenciales y a distancia";
Que las autoridades del Instituto Educacional Duayén (A-990) presentaron para su
evaluación el Plan de Estudio de la Nueva Escuela Secundaria "Bachillerato en
Comunicación", Alternativa A, para su implementación a partir del ciclo lectivo 2026;
Que la Dirección General Educación de Gestión Privada entiende procedente la
aprobación del mencionado Plan de Estudio;
Que el referido Plan de Estudio fue evaluado dentro del ámbito de la "Unidad
Evaluadora de Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y
Postítulos Docentes, presenciales y a distancia", con dictamen favorable;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y la Gerencia Operativa
Innovación y Contenidos Educativos tomaron intervención en el marco de sus
respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Estudio de la Nueva Escuela Secundaria "Bachillerato
en Comunicación", Alternativa A, presentado por el Instituto Educacional Duayén (A-
990), de conformidad con el detalle obrante en el Anexo (IF-2025-45173040-GCABA-
DGEGP), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Dejar constancia de que el título de "Bachiller en Comunicación",
Alternativa A, tiene validez nacional, conforme lo establecido por la Resolución
321/MEGC/15.
Artículo 3°.- Autorizar la implementación del Plan de Estudio aprobado por el artículo
1° de la presente Resolución en el Instituto Educacional Duayén (A-990), a partir del
ciclo lectivo 2026.
Artículo 4°.- Dejar constancia de que la aprobación realizada en el artículo 1° de la
presente Resolución no lleva implícito el derecho a percibir aporte gubernamental.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a la Dirección General Asuntos
Jurídicos - Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones, a la Gerencia Operativa
Innovación y Contenidos Educativos y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos
y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente. Para su conocimiento y
demás efectos, pasar a la Dirección General Educación de Gestión Privada. Cumplido,
archivar. Miguel