DECRETO 39 2026
Síntesis:
VIGENCIA: 1.° DE FEBRERO - MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SECRETARÍA GENERAL - MINISTERIO DE CULTURA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - LEY 2855 - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DIRECCIÓN GENERAL COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRES - TEATRO GENERAL SAN MARTÍN - TEATRO PRESIDENTE ALVEAR - TEATRO REGIO - TEATRO SARMIENTO - TEATRO DE LA RIBERA - DIRECCIÓN GENERAL INVESTIGACIÓN Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS CULTURALES - DIRECCIÓN GENERAL COOPERACIÓN CULTURAL - MUSEO DE ARTE MODERNO DE BUENOS AIRES - SUBSECRETARÍA GESTIÓN CULTURAL - PLANETARIO - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - GALILEO GALILEI - CENTRO CULTURAL RECOLETA - DIRECCIÓN GENERAL DE MÚSICA - DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y NOCHES CULTURALES - USINA DEL ARTE - COMPLEJO CULTURAL - 25 DE MAYO - CENTRO CULTURAL - GENERAL SAN MARTÍN - PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - SUBSECRETARÍA PATRIMONIO Y DESARROLLO CULTURAL - DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO - PATRIMONIO MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO - ENSEÑANZA ARTÍSTICA - MUSEO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - BRIGADIER CORONEL CORNELIO DE SAAVEDRA - MUSEO DE LA CIUDAD - MUSEO DEL CINE - PABLO DUCRÓS HICKEN - MUSEO DE ESCULTURAS - LUIS PERLOTTI - MUSEO DE ARTE ESPAÑOL - ENRIQUE LARRETA - MUSEO DE ARTE POPULAR - JOSÉ HERNÁNDEZ - MUSEO DE ARTES PLÁSTICAS - EDUARDO SÍVORI - MUSEO CASA CARLOS GARDEL - MUSEO DE ARTE HISPANOAMERICANO - ISAAC FERNÁNDEZ BLANCO - ESCUELA METROPOLITANA DE ARTE DRAMÁTICO - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES - ETNOMUSICOLOGÍA - INSTITUTO VOCACIONAL DE ARTE - MANUEL J DE LAVARDÉN - CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA - MANUEL DE FALLA - CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ASTOR PIAZZOLLA - COOPERACIÓN BILATERAL - COOPERACIÓN MULTILATERAL - RELACIONES INTERNACIONALES - RELACIONES INSTITUCIONALES - PROTOCOLO Y CEREMONIAL - CULTOS - UNIDAD JEFE DE GOBIERNO - ANÁLISIS PROSPECTIVO - POLÍTICAS CULTURALES
Publicación:
03/02/2026
Sanción:
30/01/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley 6.684 y su modificatoria 6.851, los Decretos 684/09 y sus
modificatorios, y 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2026-06673874-
GCABA-SECGE, y
CONSIDERANDO:
Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el desarrollo de un plan
operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción
de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como en la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley 6.684 y su modificatoria 6.851 se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la cual contempla al Ministerio de
Cultura y a la Secretaría General;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios se aprobó el Régimen Gerencial para
la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este sentido, resulta conveniente efectuar modificaciones a las estructuras
organizativas del Ministerio de Cultura y de la Secretaría General, a los fines de
viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de febrero de 2026, la estructura organizativa de
la Secretaría General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
acuerdo a los Anexos I - Organigrama (IF-2026-06682007-GCABA-SECGE) y II -
Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2026-
06682767-GCABA-SECGE), los que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto 387/23.
Artículo 2°.- Modificar, a partir del 1° de febrero de 2026, la estructura organizativa del
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
acuerdo a los Anexos I - Organigrama (IF-2026-06736794-GCABA-MCGC) y II -
Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2026-
presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto 387/23.
Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión
Cultural del Ministerio de Cultura.
Artículo 4°.- Crear la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo Cultural dependiente del
Ministerio de Cultura.
Artículo 5°.- Modificar la dependencia funcional de la Dirección General Promoción del
Libro, Bibliotecas y la Cultura, la que pasará a depender de la Subsecretaría Gestión
Cultural del Ministerio de Cultura.
Artículo 6°.- Modificar la dependencia funcional de las Direcciones Generales
Desarrollo Cultural y Creativo; Patrimonio, Museos y Casco Histórico, y Enseñanza
Artística, las que pasarán a depender de la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo
Cultural del Ministerio de Cultura.
Artículo 7°.- Suprimir la Subsecretaría de Análisis Prospectivo, dependiente de la
Secretaría General.
Artículo 8°.- Modificar la dependencia funcional y las responsabilidades primarias de la
Dirección General Análisis Prospectivo, la que pasará a depender de la Secretaría
General.
Artículo 9°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 10.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Cultura, de
Hacienda y Finanzas, y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 11.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y
Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Cultura y a la
Secretaría General. Cumplido, archivar. MACRI - Ricardes - Arengo Piragine -
Sánchez Zinny