DISPOSICIÓN 1065 2026 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL

Síntesis:

APRUEBA - PROTOCOLO - GESTIÓN DE MANEJO DE CADÁVERES ANTE INCIDENTES MAYORES -  PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIAS - DEFENSA CIVIL - VÍCTIMAS FATALES - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL - MORGUE JUDICIAL - DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS - GERENCIA OPERATIVA DE PREVENCIÓN Y RESPUESTA - SUBGERENCIA OPERATIVA DE EQUIPAMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - DIRECCIÓN GENERAL DE HOSPITALES - DIRECCIÓN GENERAL DE RED DE ATENCIÓN -  POLICÍA FEDERAL ARGENTINA - BOMBEROS DE POLICÍA FEDERAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA - CEMENTERIO DE LA CHACARITA - RECONOCIMIENTO FOTOGRÁFICO - CENTRO CULTURAL CARLOS GARDEL 

Publicación:

06/02/2026

Sanción:

04/02/2026

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL


VISTO: La Ley 5688 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto N° 247/25, el

Decreto N° 243/24, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 5688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que, dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General de Defensa

Civil se encuentran las de entender en el desarrollo y funcionamiento integral del

sistema de atención de emergencias y desastres en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, según los términos de la Ley N° 22.418, su decreto reglamentario y el Plan

Director de Emergencias;

Que, en el marco de las incumbencias otorgadas por el Plan Director de Emergencias,

Capitulo V, el Director General de Defensa Civil tendrá con respecto a los demás

Directores Generales o equivalentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el

carácter de "Primus inter pares" siendo la encargada de coordinar, planificar y

controlar las operaciones destinadas a la protección de la población ante situaciones

de incidentes mayores;

Que, el Plan Director define un Incidente Mayor cuando se requiere la implementación

de medidas especiales por uno o más de los Servicios de Emergencia, exigiendo la

utilización de recursos combinados;

Que, ante un Incidente Mayor, en donde se produzcan veinte (20) o más víctimas

fatales, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, es necesario definir un protocolo

para el accionar de la Dirección General de Defensa Civil en la Gestión de Manejo de

Cadáveres.

Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA CIVIL

DISPONE

Artículo 1.- Apruébese el PROTOCOLO GESTIÓN DE MANEJO DE CADAVERES

ANTE INCIDENTES MAYORES, que como Anexo I (IF-2026-07358829-DGDCIV),

forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. Carita


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7300

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición 1065/DGDCIV/26  aprueba el Protocolo Gestión de Manejo de Cadáveres ante Incidentes Mayores, en concordancia con lo establecido en la Ley 5.688 (Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).</p>