RESOLUCIÓN 2 2026 SUBSECRETARIA DE AMBIENTE

Síntesis:

CREA - SISTEMA DE CERTIFICACIÓN DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS - APROBAR - FORMULARIO - SOLICITUD DE ADHESIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y ECONOMÍA CIRCULAR - SUBSECRETARIA DE AMBIENTE - MEDIO AMBIENTE SUSTENTABLE - RED DE ECONOMÍA CIRCULAR

Publicación:

06/02/2026

Sanción:

26/01/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE AMBIENTE


VISTO: La Ley Nacional N° 25.675, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y la Ley N° 6.684 (Texto consolidado por Ley N° 6.764), el Decreto Nro. 387/23 y

sus modificatorios, la Resolución 18-GCABA-MDEPGC/20, y el Expediente Electrónico

N° EX-2025-53688909-GCABA-DGDSEC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley General del Ambiente 25.675, establece los presupuestos mínimos para el

logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y

protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable;

Que de acuerdo con el Principio de progresividad los objetivos ambientales deberán

ser logrados en forma gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un

cronograma temporal que facilite la adecuación correspondiente a las actividades

relacionadas con esos objetivos;

Que la precitada Ley establece dentro de los instrumentos de la política y gestión

ambiental, el régimen económico de promoción del desarrollo sustentable;

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 26,

establece que el ambiente es patrimonio común y que toda persona tiene derecho a

gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en

provecho de las generaciones presentes y futuras;

Que, en el mismo sentido, el artículo 27 de la citada norma, establece que la Ciudad

desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente

urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que

contemple su inserción en el Área Metropolitana;

Que por la Resolución de firma conjunta 18-GCABA-MDEPGC/20, suscripta por el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y el entonces Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción, se creó la Red de Economía Circular de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;

Que por Decreto 387/23 y su modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando a la Subsecretaría de Ambiente y a sus dependencias, entre

ellas, la Dirección General de Desarrollo Sostenible y Economía Circular, bajo la órbita

de la Vicejefatura de Gobierno;

Que, por el referido Decreto, la Subsecretaría de Ambiente tiene entre sus

responsabilidades primarias la de Diseñar, en coordinación con las áreas

competentes, las políticas de planeamiento, gestión y evaluación del ambiente urbano,

en correspondencia con las establecidas en el orden nacional y área metropolitana;

Desarrollar políticas orientadas a la sustentabilidad, la eficiencia energética y al uso de

fuentes alternativas de energía. Diseñar y desarrollar acciones, instrumentos y

estrategias adecuadas de mitigación y adaptación al cambio climático para un

desarrollo sustentable, circular y bajo en carbono para la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, entre otras;

Que, asimismo, el Decreto mencionado precedentemente establece entre las

responsabilidades primarias y objetivos de la Dirección General de Desarrollo

Sostenible y Economía Circular, las de Diseñar, implementar y supervisar políticas

públicas orientadas a la producción y construcción sustentable, el consumo

responsable, la educación y concientización ambiental y la promoción de la economía

circular. Supervisar la implementación de programas y certificaciones ambientales en

el ámbito de la Ciudad. Promover los cambios de hábitos y la participación del sector

privado en pos de la sustentabilidad urbana;

Que mediante el Informe N° IF-2025-53725161-GCABA-DGDSEC, la Dirección

General de Desarrollo Sostenible y Economía Circular, propicia la creación de un

nuevo sistema de certificación y distintivo, cuya principal característica sea reconocer

a aquellos establecimientos que acrediten las mejoras de sostenibilidad en todos los

ejes ambientales, que promueva el desarrollo e implementación de proyectos de

sostenibilidad ambiental, la acreditación de certificados de estándares ambientales

nacionales e internacionales que se relacionen con la reducción de la huella ambiental,

y que adhiera a las organizaciones a la Red de Economía Circular;

Que, el precitado sistema tendrá como finalidad promover la adopción de tecnologías,

procesos y recursos que permitan armonizar de manera eficiente el crecimiento

económico y social con la protección del ambiente, a los fines de lograr un desarrollo

sostenible de los establecimientos emplazados en esta Ciudad;

Que por lo expuesto, deviene necesario el dictado del acto administrativo

correspondiente. Por ello, en uso de las facultades conferidas,

LA SUBSECRETARIA DE AMBIENTE

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°. - Crear el "Sistema de Certificación de Sostenibilidad Ambiental" para los

establecimientos públicos y privados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de

conformidad con los parámetros establecidos en el Anexo I (IF-2026-02847926-

GCABA-DGDSEC), que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar el formulario de Solicitud de Adhesión que como Anexo II (IF-

2025-53696016-GCABA-DGDSEC), forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Facultar a la Dirección General de Desarrollo Sostenible y Economía

Circular, o el área que en un futuro la reemplace, para dictar las normas

interpretativas, aclaratorias y/o complementarias del "Sistema de Certificación de

Sostenibilidad Ambiental".

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o

responsabilidades equivalentes, a la Procuración General y a la Sindicatura General

de la Ciudad. Para su conocimiento y demás efectos, remitir a las Direcciones

Generales de Desarrollo Sostenible y Economía Circular, y Política y Estrategia

Ambiental. Cumplido, archivar. Persini


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7300

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7300

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° de la Resolución 2/SSAMB/26 aprueba el formulario de Solicitud de Adhesión que como Anexo II (IF2025-53696016-GCABA-DGDSEC), forma parte de la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto por Resolución de firma conjunta 18/MEPUGC/MDEPGC/20.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución 2/SSAMB/26 crea el “Sistema de Certificación de Sostenibilidad Ambiental” en el marco de la Ley Nacional 25.675.</p>