RESOLUCIÓN 677 2006 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

RECTIFICA LA RESOLUCIÓN N° 117-SC-06 - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS DE LA CIUDAD - SUBSIDIOS

Publicación:

17/03/2006

Sanción:

08/03/2006

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto el Expediente N° 2.933/06 y la Resolución N° 117-SC/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 1.020/04 se creó el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, atento un error involuntario en el art. 2° de la Resolución N° 117-SC/06, se consignó como fecha de residencia del peticionante en esta ciudad desde el día 1° de enero de 2005, en lugar de con anterioridad al 1° de enero de 2006;

Que, el artículo 120 del Decreto N° 1.510/97 autoriza la rectificación de errores materiales;

Que en consecuencia resulta necesario rectificar el art. 2° de la Resolución N° 117-SC/06;

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Rectifíquese el artículo 2° de la Resolución N° 117-SC/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"El domicilio real o legal de los peticionantes de los beneficios aludidos en el art.1° se acreditará en la primera presentación que realicen y de la siguiente forma:
Personas físicas: deberán acompañar:
Original y Copia del Documento Nacional de Identidad y/o Libreta de Enrolamiento y/o Libreta Cívica y/o Cédula Nacional de Identidad, en la parte pertinente, de donde deberá surgir que el peticionante se encuentra domiciliado en la Ciudad de Buenos Aires con anterioridad al 1° de enero de 2006. La copia será certificada por el funcionario del área receptora, hecho lo cual se le devolverá al presentante el original.
Personas jurídicas: deberán acompañar:
Estatuto, contrato social o instrumento equivalente, con todas las modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia, en original o copia certificada, del cual deberá surgir que el último domicilio de la entidad solicitante, registrado en el citado organismo, se encuentra en la Ciudad de Buenos Aires".

Artículo 2° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subsecretarías de Patrimonio Cultural y de Gestión e Industrias Culturales, a las Direcciones Generales de Promoción Cultural, de Museos, de Industrias Culturales y Diseño, de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. López

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Res. 677-SC-06 Rectifica el Art. 2 de la Res. 117-SC-06