DISPOSICIÓN 2 2026 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

ESTABLECE - CUOTAS - TECNICATURA SUPERIOR - SEGURIDAD PÚBLICA - SEGURIDAD AMBIENTAL - CRIMINALÍSTICA DE CAMPO Y SCOPOMETRÍA - SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - OCHO PAGOS MENSUALES Y CONSECUTIVOS - VENCIMIENTOS - 16 DE ABRIL - 15 DE MAYO - 12 DE JUNIO - 16 DE JULIO - 14 DE AGOSTO - 14 DE SEPTIEMBRE - 15 DE OCTUBRE - 13 DE NOVIEMBRE - AÑO 2026

Publicación:

18/02/2026

Sanción:

12/02/2026

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


VISTO: Las Leyes N° 5.688 y N° 6.806 (textos consolidados según Ley N° 6.764), las

Resoluciones N° 399-MEGC/11, N° 147-SSGECP/13, N° 191-SSGECP/13, N° 1058-

SSGECP/13, N° 74-GCABA-ISSP/25 y N° 4-GCABA-SSHA/25, la NO-2026-08117244-

GCABA-SGAISSP, el Expediente Electrónico N° 8121177-GCABA-SGAISSP/26, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764), establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto en lo referente a su composición, misión,

función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, como así también en

la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad

pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos

sobre seguridad;

Que este Instituto tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar

funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, a los funcionarios responsables

de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de

seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial,

y a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la

seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de

seguridad ciudadana, de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de

oportunidades, mérito y capacidad;

Que, a efectos de cumplir la misión y funciones anteriormente referidas, esta casa de

estudios imparte diversas Tecnicaturas, siendo ellas la "Tecnicatura Superior en

Seguridad Pública", aprobada por Resolución N° 399-MEGC/11 y modificada por

Resolución N° 147-SSGECP/13, la "Tecnicatura Superior en Seguridad Ambiental",

aprobada por Resolución N° 191-SSGECP/13, y la "Tecnicatura Superior en

Criminalística de Campo y Scopometría", aprobada por Resolución N° 1058-

SSGECP/13;

Que a fin de llevar a cabo su dictado, mediante el artículo 1° de la Resolución N° 74-

GCABA-ISSP/25, se estableció el arancel correspondiente a la cuota mensual de las

mencionadas Tecnicaturas en el monto total de ciento sesenta Unidades Tarifarias

(160 U.T.), mientras que por su artículo 5° se delegó en la Sra. Secretaria General

Administrativa el dictado de las fechas de vencimiento para su pago;

Que dicho ello, por medio de la NO-2026-08117244-GCABA-SGAISSP, el

Responsable de la Oficina de Gestión de Fondos elevó para consideración de quien

suscribe una propuesta en tal sentido. Al respecto, informó que, en virtud del análisis

de oportunidad, mérito y conveniencia realizado por el área a su cargo, la cuota de las

Tecnicaturas mencionadas podrían abonarse en ocho (8) pagos mensuales y

consecutivos, cuyos vencimientos operarían los días 16 de abril, 15 de mayo, 12 de

junio, 16 de julio, 14 de agosto, 14 de septiembre, 15 de octubre y 13 de noviembre del

año 2026;

Que, por su parte, a través de la Resolución N° 4-GCABA-SSHA/25, se fijó el valor de

la Unidad Tarifaria establecida en el artículo 85 de la Ley Tarifaria N° 6.806, para el

primer trimestre del año en curso, que inició el pasado 1° de enero y concluye el 31 de

marzo, en la suma de pesos ochocientos siete con 23/100 ($ 807,23);

Que, en este orden de ideas, corresponde establecer el vencimiento de las cuotas de

las mentadas Tecnicaturas, de acuerdo a la delegación conferida por la Resolución N°

74-GCABA-ISSP/25.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE:

Artículo 1.- Establecer que las cuotas correspondientes a la "Tecnicatura Superior en

Seguridad Pública", la "Tecnicatura Superior en Seguridad Ambiental" y la

"Tecnicatura Superior en Criminalística de Campo y Scopometría", deberán ser

abonadas en ocho (8) pagos mensuales y consecutivos, cuyos vencimientos operarán

los días 16 de abril, 15 de mayo, 12 de junio, 16 de julio, 14 de agosto, 14 de

septiembre, 15 de octubre y 13 de noviembre del año 2026.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría Académica, al Departamento de Sistemas y Tecnología y

a la Oficina de Gestión de Fondos de este Instituto Superior de Seguridad Pública.

Cumplido, archívese. Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 2-ISSP/26 establece modalidad de pago de la Tecnicatura Superior en<br />Seguridad Pública, la Tecnicatura Superior en Seguridad Ambiental y la Tecnicatura Superior en Criminalística de Campo y Scopometría, cuyos aranceles fueran establecidos mediante la Resolución N° 74-ISSP/25.</p>