DISPOSICIÓN 2 2026 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
ESTABLECE - CUOTAS - TECNICATURA SUPERIOR - SEGURIDAD PÚBLICA - SEGURIDAD AMBIENTAL - CRIMINALÍSTICA DE CAMPO Y SCOPOMETRÍA - SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - OCHO PAGOS MENSUALES Y CONSECUTIVOS - VENCIMIENTOS - 16 DE ABRIL - 15 DE MAYO - 12 DE JUNIO - 16 DE JULIO - 14 DE AGOSTO - 14 DE SEPTIEMBRE - 15 DE OCTUBRE - 13 DE NOVIEMBRE - AÑO 2026
Publicación:
18/02/2026
Sanción:
12/02/2026
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: Las Leyes N° 5.688 y N° 6.806 (textos consolidados según Ley N° 6.764), las
Resoluciones N° 399-MEGC/11, N° 147-SSGECP/13, N° 191-SSGECP/13, N° 1058-
SSGECP/13, N° 74-GCABA-ISSP/25 y N° 4-GCABA-SSHA/25, la NO-2026-08117244-
GCABA-SGAISSP, el Expediente Electrónico N° 8121177-GCABA-SGAISSP/26, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, como así también en
la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad
pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos
sobre seguridad;
Que este Instituto tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, a los funcionarios responsables
de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de
seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial,
y a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la
seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de
seguridad ciudadana, de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de
oportunidades, mérito y capacidad;
Que, a efectos de cumplir la misión y funciones anteriormente referidas, esta casa de
estudios imparte diversas Tecnicaturas, siendo ellas la "Tecnicatura Superior en
Seguridad Pública", aprobada por Resolución N° 399-MEGC/11 y modificada por
Resolución N° 147-SSGECP/13, la "Tecnicatura Superior en Seguridad Ambiental",
aprobada por Resolución N° 191-SSGECP/13, y la "Tecnicatura Superior en
Criminalística de Campo y Scopometría", aprobada por Resolución N° 1058-
SSGECP/13;
Que a fin de llevar a cabo su dictado, mediante el artículo 1° de la Resolución N° 74-
GCABA-ISSP/25, se estableció el arancel correspondiente a la cuota mensual de las
mencionadas Tecnicaturas en el monto total de ciento sesenta Unidades Tarifarias
(160 U.T.), mientras que por su artículo 5° se delegó en la Sra. Secretaria General
Administrativa el dictado de las fechas de vencimiento para su pago;
Que dicho ello, por medio de la NO-2026-08117244-GCABA-SGAISSP, el
Responsable de la Oficina de Gestión de Fondos elevó para consideración de quien
suscribe una propuesta en tal sentido. Al respecto, informó que, en virtud del análisis
de oportunidad, mérito y conveniencia realizado por el área a su cargo, la cuota de las
Tecnicaturas mencionadas podrían abonarse en ocho (8) pagos mensuales y
consecutivos, cuyos vencimientos operarían los días 16 de abril, 15 de mayo, 12 de
junio, 16 de julio, 14 de agosto, 14 de septiembre, 15 de octubre y 13 de noviembre del
año 2026;
Que, por su parte, a través de la Resolución N° 4-GCABA-SSHA/25, se fijó el valor de
la Unidad Tarifaria establecida en el artículo 85 de la Ley Tarifaria N° 6.806, para el
primer trimestre del año en curso, que inició el pasado 1° de enero y concluye el 31 de
marzo, en la suma de pesos ochocientos siete con 23/100 ($ 807,23);
Que, en este orden de ideas, corresponde establecer el vencimiento de las cuotas de
las mentadas Tecnicaturas, de acuerdo a la delegación conferida por la Resolución N°
74-GCABA-ISSP/25.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Establecer que las cuotas correspondientes a la "Tecnicatura Superior en
Seguridad Pública", la "Tecnicatura Superior en Seguridad Ambiental" y la
"Tecnicatura Superior en Criminalística de Campo y Scopometría", deberán ser
abonadas en ocho (8) pagos mensuales y consecutivos, cuyos vencimientos operarán
los días 16 de abril, 15 de mayo, 12 de junio, 16 de julio, 14 de agosto, 14 de
septiembre, 15 de octubre y 13 de noviembre del año 2026.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría Académica, al Departamento de Sistemas y Tecnología y
a la Oficina de Gestión de Fondos de este Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Fernández