DISPOSICIÓN 2 2006 DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA COMERCIO Y SERVICIOS
Síntesis:
RODRÍGUEZ, ZULMA - SE LE ENCOMIENDA LA RESPONSABILIDAD DE LA UNIDAD DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PRÉSTAMOS Y PROYECTOS CON EMPRESAS
Publicación:
21/03/2006
Sanción:
09/03/2006
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA COMERCIO Y SERVICIOS
Visto las Resoluciones Nros. 172-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2261) y 21-SSPRODU/06, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución N° 172-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2261) se creó la Unidad de Control y Seguimiento de Préstamos y Proyectos con Empresas, con la función principal de asegurar el monitoreo de la evolución de los proyectos en sus aspectos estrictamente técnicos así como la adopción de medidas dirigidas a procurar el recupero de los créditos otorgados, en caso de verificarse incumplimiento parcial o total de las distintas obligaciones asumidas por los beneficiarios;
Que de la experiencia desarrollada desde la puesta en marcha de esa Unidad puede observarse una mayor eficiencia en el control del desarrollo de los proyectos, por lo que resulta conveniente que continúe con sus funciones, produciendo los cambios necesarios para potenciar su eficacia;
Que el art. 2° de la Resolución N° 21-SSPRODU/06 relevó de sus funciones al responsable de la Unidad designado por la Resolución N° 172-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2261), por lo que resulta necesario nombrar a su reemplazante;
Que este último acto resolutivo, en función de la designación del titular de esta Dirección General por Decreto N° 1.802/05 (B.O.C.B.A. N° 2338), fue modificado por la precitada Resolución N° 21-SSPRODU/06, que delegó en dicha autoridad la facultad de designar el nombramiento del funcionario a cargo de la Unidad de referencia;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Encomiéndase la responsabilidad de la Unidad de Control y Seguimiento de Préstamos y Proyectos con Empresas creada por la Resolución N° 172-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2261) a la Cdra. Zulma Rodríguez, DNI 18.439.093, sin que ello implique modificación alguna de su situación de revista ni mayor remuneración.
Artículo 2° - Regístrese, comuníquese, remítase a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese.