ORDENANZA 43520 1989
Síntesis:
MODIFICA LA DESCENTRALIZACIÓN DE LOS ORGANISMOS ASISTENCIALES DE LA SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Y MEDIO AMBIENTE
Publicación:
08/08/1989
Sanción:
20/04/1989
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
El Honorable Concejo Deliberante
de la Ciudad de Buenos Aires
Sanciona con Fuerza de
Artículo 1° - Sustitúyese el texto del artículo 2° de la Ordenanza N° 43.430 por el siguiente:
"La conducción político-técnica del sistema de servicios de salud municipalidades será resorte indelegable del Departamento Ejecutivo, el que determinará las competencias correspondientes."
Art. 2° - Derógase el inciso h) del artículo 4° de la Ordenanza N° 43.430.
Art. 3° - Sustitúyese el texto del inciso i) del artículo 4° de la Ordenanza N° 43.430, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Aprobar, dentro de los noventa (90) días de cerrado el ejercicio financiero, la Memoria, Inventario, Balance y Cuenta de recursos y Gastos."
Art. 4° - Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 8° de la Ordenanza N° 43.430, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Asesorará al Director Ejecutivo sobre las siguientes cuestiones."
Art. 5° - Sustitúyese el texto del artículo 8°, punto 4°, de la Ordenanza N° 43.430, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"4° - Emitir opinión sobre la inversión presupuestaria en bienes y servicios."
Art. 6° - Sustitúyese el texto del artículo 8°, punto 6°, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"6° - Entender en todos los temas que el Director Ejecutivo someta a su consideración."
Art. 7° - Comuníquese, etcétera.