DISPOSICIÓN 56 2006 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

AUTORIZA LA IMPRESIÓN DE FORMULARIOS DE RENDICIÓN PARA VALORIZAR ENTRADAS

Publicación:

27/03/2006

Sanción:

15/03/2006

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


Visto, los términos de la Ley N° 70, de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, en su Titulo II, artículos 11, 12, 13 y con los atributos conferidos por el Capítulo V -del Sistema de Contabilidad- la Disposición N° A 189-DGC/03, y

CONSIDERANDO:

Las necesidades operativas de algunas áreas, dependencias y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en valorizar entradas que no hayan sido contempladas por la Ley Tarifaría en vigencia, considerando la próxima implementación del sistema único para la expenduría de papel oficial de actuaciones y de valores oficiales que regirá para todo el ámbito de este Gobierno Autónomo;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA

DISPONE:

Artículo 1° - Autorízase la impresión de 50.000 (cincuenta mil) formularios de rendición para valorizar entradas con numeración que va desde el 210.001 al 260.000. El costo de la impresión será afectado a las partidas presupuestarias de cada una de las dependencias solicitantes.

Artículo 2° - La Dirección General de Contaduría a través del Área de Fiscalización, solicitará a la Imprenta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la impresión de 50.000 (cincuenta mil) formularios de rendición que permanecerán en custodia de la Dirección General de Tesorería, quien llevará un sistema de registro donde se asentarán todos los movimientos de entrada y salida de acuerdo a lo establecido por la Disposición N° A 68-DGC/05.

Artículo 3° - La Imprenta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será la encargada de imprimir los formularios de rendición en triplicado con carbónico y en talonarios de a 25 (veinticinco) los cuales estarán numerados de manera correlativa, teniendo como modelo el diseño que establece el Anexo I (F/004/0002) de la Disposición N° A 189-DGC/03.

Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y puesta en marcha en lo que a su competencia se refiere, remítase a la Imprenta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General de Tesorería y al Área de Fiscalización dependiente de la Dirección General de Contaduría, cumplido, archívese en el Departamento Administrativo de esta Dirección General de Contaduría.

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