RESOLUCIÓN 258 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO - RESOLUCIÓN 2075-MEDGC/24 - PROHIBE EL USO DE TELÉFONOS CELULARES INTELIGENTES - DISPOSITIVOS DIGITALES PERSONALES - AULAS - ALUMNOS - ALUMNAS - ESCUELAS - ESTUDIANTES - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

05/03/2026

Sanción:

23/02/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Ley 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el

Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 1602/MEDGC/24 y

2075/MEDGC/24, el Expediente EX-2026-09649735-GCABA-SSGDA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, contemplando entre los

Ministerios al Ministerio de Educación, que tiene entre sus objetivos diseñar, promover,

implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema

educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a las

Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje y a la

Dirección General Educación de Gestión Privada, bajo la órbita del Ministerio de

Educación;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus

responsabilidades primarias planificar, diseñar y promover procesos de mejora

continua de las políticas y programas educativos para todos los niveles y modalidades

de la educación, y proponer, diseñar y coordinar los planes estratégicos para la mejora

de los aprendizajes y promover su implementación;

Que, por su parte, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene entre sus

responsabilidades primarias diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas

y programas educativos para contribuir al desarrollo individual y social de la

comunidad, así como diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la

optimización de las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de

mejorar la calidad educativa;

Que la Dirección General Educación de Gestión Privada administra, supervisa,

coordina y acompaña el sistema de Educación de Gestión Privada de la jurisdicción,

conforme con las políticas de este Ministerio, a la vez que establece mecanismos de

articulación, participación y asistencia con otras áreas del mismo, para contribuir a la

definición e implementación de estrategias que conlleven a un sistema educativo único

e integrado;

Que, en tal sentido, mediante la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó el Plan

Estratégico "Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de

aprendizaje que deben ser abordados en las áreas de prácticas del lenguaje,

matemática y habilidades socioemocionales, en base a la evidencia recabada;

Que el referido Plan propone como eje central y prioritario de los próximos años, la

mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente

que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por

lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la

comunidad educativa en su conjunto;

Que la escuela es uno de los lugares de encuentro más importantes dentro de la

comunidad, en la que los estudiantes construyen vínculos, conviven con pares y con

adultos y generan lazos de pertenencia y de participación social a través de diversas

prácticas,

que incluyen contención, escucha y generación de vínculos de confianza;

Que, en la actualidad, los constantes cambios que impactan en la sociedad han puesto

de relieve la urgencia y pertinencia de dar un nuevo enfoque a los objetivos de la

educación; resultando central acercar un abordaje desde la mirada de la prevención y

promoción de las habilidades socioemocionales;

Que, por otra parte, ante la creciente problemática relacionada con el aumento del

tiempo en pantalla de los jóvenes que que ha exacerbado problemas de autocontrol,

regulación emocional, ansiedad y depresión, consumos problemáticos, ciberacoso y

violencia digital, resultó menester la adopción de medidas urgentes de política pública,

destinadas al abordaje de manera efectiva sobre el uso de dispositivos digitales;

Que, a tales efectos, mediante Resolución 2.075/MEDGC/24 se reguló la utilización de

dispositivos digitales personales en establecimientos educativos de la Ciudad de

Buenos Aires durante el horario escolar, de conformidad con lo establecido en su

correspondiente Anexo;

Que la implementación de la mentada Resolución permitió relevar información sobre

prácticas institucionales y pedagógicas, así como identificar la necesidad de introducir

adecuaciones que contribuyan a reducir el uso de los teléfonos celulares inteligentes y

otros dispositivos digitales por parte de los estudiantes considerando el efecto que la

sobreexposición a las pantallas tiene sobre la atención, la memoria, el bienestar

socioemocional y los aprendizajes;

Que, en tal sentido, se considera oportuno adecuar la regulación vigente, a fin de

prohibir el uso de teléfonos celulares inteligentes y dispositivos digitales personales en

las aulas, y establecer que las instituciones educativas, en el marco de sus proyectos

institucionales y normas de convivencia, definan pautas claras para su uso en otros

espacios escolares;

Que la modificación que se propicia permitirá un mayor aprovechamiento de los

tiempos y espacios destinados a la enseñanza y el aprendizaje, una mejora en la

convivencia escolar, el cuidado y bienestar de los estudiantes, al tiempo que

fomentará el desarrollo de prácticas responsables y cuidadas en el uso de tecnologías

digitales;

Que, en virtud de ello, se promueve la modificación de la Resolución 2.075/MEDGC/24

y en consecuencia sustituir el Anexo (IF-2024-29594547-GCABA-DGESM) por el

Anexo (IF-2026-09729774-GCABA-SSGDA);

Que las Subsecretarías de Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del

Aprendizaje, la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa, las

Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Sistemas de Formación

Docente, Educación de Gestión Privada y Escuela de Maestros, y la Gerencia

Operativa Educación Digital han tomado la intervención que les compete en el marco

de sus respectivas competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos, tomó debida intervención en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo (IF-2024-29594547-GCABA-DGESM) de la Resolución

2075/MEDGC/24 por el Anexo (IF-2026-09729774-GCABA-SSGDA) el que a todos

sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento e Innovación Educativa, a la

Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa y a las Direcciones

Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente, Educación

de Gestión Privada, Escuela de Maestros, para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7318

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 258/MEDGC/26 sustituye el Anexo (IF-2024-29594547-GCABA-DGESM) de la Resolución 2075/MEDGC/24.</p>