DISPOSICIÓN 296 2006 DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES Y PRIVATIZACIONES

Síntesis:

DECLARA LA CADUCIDAD DE LOS PERMISOS DE OCUPACIÓN, USO Y EXPLOTACIÓN DE LOS ESPACIOS UBICADOS EN EL INTERIOR DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL DR. RAMÓN SARDÁ Y EN EL CGP 14 OESTE - SUEIRO, HORACIO Y DELAS, MARÍA M. - SE LOS EXCLUYE DEL REGISTRO DE ASPIRANTES PARA LA EXPLOTACIÓN DE PEQUEÑOS COMERCIOS

Publicación:

28/03/2006

Sanción:

14/03/2006

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES Y PRIVATIZACIONES


Visto el Expediente N° 26.151/05, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 9 de septiembre de 2005, de acuerdo con la normativa de aplicación vigente, se procedió a adjudicar los espacios incluidos en el Registro de Dependencias creado por Decreto N° 1.553/97 que en dicha oportunidad se encontraban disponibles, en beneficio de aquellas personas integrantes del Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios que confecciona la actual Secretaría de Desarrollo Social;

Que en virtud de lo expuesto, y como consecuencia del acto público realizado de acuerdo con las prescripciones contenidas en la Disposición N° 97-DGCyP/00, y su modificatoria la Disposición N° 144-DGCyP/02, el Sr. Horacio Sueiro resultó beneficiado con la adjudicación del espacio ubicado en el interior del Hospital Materno Infantil Dr. Ramón Sardá, sito en Esteban de Luca 2151;

Que en igual circunstancia, el espacio ubicado en el interior del inmueble donde funciona el Centro de Gestión y Participación N° 14 Oeste con domicilio en la Av. Córdoba 5690, fue otorgado a la Sra. María Mercedes Delas;

Que con fecha 24 de octubre de 2005, el Sr. Horacio Sueiro, y la Sra. María Mercedes Delas suscribieron con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en ese acto por esta Dirección General de Concesiones y Privatizaciones, el contrato por el cual se le otorgó a cada uno de ellos, el respectivo permiso de ocupación, uso y explotación sobre los espacios indicados precedentemente;

Que el art. 9° de la Disposición N° 97-DGCyP/00, textualmente establece que: Los beneficiarios deberán proceder a la instalación y puesta en funcionamiento del pequeño comercio dentro de los noventa (90) días posteriores a la celebración del Contrato, bajo apercibimiento de proceder a su respecto en la misma forma prevista en el artículo 6° del presente;

Que habiendo operado el vencimiento del plazo indicado, ninguno de los interesados inició tareas tendientes a la instalación de los pequeños comercios en los lugares permisionados;

Que tampoco existe presentación alguna efectuada ante esta Dirección General de Concesiones y Privatizaciones, por parte de los adjudicatarios que permita suponer la voluntad por conservar el beneficio otorgado, haciendo uso del mismo;

Que de acuerdo con lo expresado y frente el manifiesto desinterés evidenciado, corresponde hacer aplicación del artículo 9° mencionado en la Disposición N° 97-DGCyP/00, disponiendo respecto de ambos, la pérdida de los lugares asignados y su ubicación en el listado de aspirantes confeccionado por la actual Secretaría de Desarrollo Social;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE CONCESIONES Y PRIVATIZACIONES

DISPONE:

Artículo 1° - Declarar la caducidad de los contratos mediante los cuales fueron otorgados los permisos para la ocupación, uso y explotación de los espacios ubicados en el interior del Hospital Materno Infantil Dr. Ramón Sardá, y en el Centro de Gestión y Participación N° 14 Oeste, celebrados entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Sres. Horacio Sueiro y María Mercedes Delas respectivamente, por aplicación de los artículos 6° y 9° de la Disposición N° 97-DGCyP/00 y su modificatoria la Disposición N° 144-DGCyP/02.

Artículo 2° - Excluir al Sr. Horacio Sueiro y a la Sra. María Mercedes Delas de los lugares que ocupan en el Registro de Aspirantes para la Explotación de Pequeños Comercios, creado por Decreto N° 1.553/97 que confecciona la actual Secretaría de Desarrollo Social.

Artículo 3° - Notificar a los interesados la presente disposición mediante cédula administrativa y a la Secretaría de Desarrollo Social en la forma de estilo.

Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

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