RESOLUCIÓN 291 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

ESTABLECE - VIGENCIA - PLAN DE ESTUDIO - TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO - MINISTERIO DE EDUCACION

Publicación:

06/03/2026

Sanción:

03/03/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: las Leyes 33 y 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764), esta última

modificada por la Ley 6.851, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones

79/SSPLINED/16 y 179/MEDGC/26, el Expediente EX-2025-46903749-GCABA-

SSPIE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que les confiere dicha ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "Planificar y administrar los recursos del sistema

educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplándose bajo la órbita de este Ministerio de Educación a la

Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y a la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus

responsabilidades primarias la de "Entender en la administración del personal docente

y no docente del ámbito del Ministerio, en función de las necesidades del sistema

educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por su parte, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro tiene

entre sus responsabilidades primarias la de "Diseñar, implementar y evaluar políticas,

programas y ofertas educativas de aprendizaje permanente, que incluyan las de

educación técnico superior, educación no formal, formación profesional, educación de

nivel secundario integrada a la formación profesional y educación vocacional, a fin de

fortalecer las condiciones de empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos", así

como la de "Impulsar el diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de

alternativas formativas de aprendizaje permanente, en función a las necesidades

productivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que la Ley 33 dispone que todo nuevo plan de estudio o cualquier modificación a ser

aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio vigentes en los

establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión

dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, para lograr validez, deberá estar sujeto a la aprobación del Ministerio de

Educación mediante el dictado de resolución fundada para cada caso concreto;

Que la Resolución 79/SSPLINED/16 aprobó el Plan de Estudio de la Tecnicatura

Superior en Administración Financiera del Sector Público, autorizando su

implementación en el Instituto de Formación Técnica Superior N° 17;

Que posteriormente, mediante la Resolución 179/MEDGC/26 se aprobó el Plan de

Estudio de la Tecnicatura Superior en Administración Financiera, autorizando su

implementación en el citado Instituto de Formación Técnica Superior N° 17, a partir del

ciclo lectivo 2026,

Que, de forma complementaria a la norma citada, deviene oportuno establecer la

vigencia del Plan de Estudio de la Tecnicatura Superior en Administración Financiera

del Sector Público aprobado por Resolución 79/SSPLINED/16, hasta la finalización de

la cohorte iniciada en el ciclo lectivo 2025;

Que, asimismo, resulta necesario establecer que la Dirección General Agencia de

Habilidades para el Futuro y la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa,

respectivamente, implementarán las acciones y dictarán los actos que resulten

necesarios a fin de garantizar la continuidad de las trayectorias educativas de los

estudiantes regulares y/o readmitidos en la Tecnicatura Superior en Administración

Financiera del Sector Público aprobada por la Resolución 79/SSPLINED/16 y a fin de

garantizar la organización de las horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del

personal docente de la mencionada Tecnicatura Superior;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro y la Dirección Educación Técnica Superior

tomaron intervención en el marco de sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer la vigencia del Plan de Estudio de la Tecnicatura Superior en

Administración Financiera del Sector Público aprobado por la Resolución

79/SSPLINED/16, hasta la finalización de la cohorte iniciada en el ciclo lectivo 2025.

Artículo 2°.- Establecer que la Dirección General Agencia de Habilidades para el

Futuro implementará las acciones y dictará los actos que resulten necesarios a fin de

garantizar la continuidad de las trayectorias educativas de los estudiantes regulares

y/o readmitidos en Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector

Público aprobada por la Resolución 79/SSPLINED/16.

Artículo 3°.- Establecer que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa

implementará las acciones y dictará los actos que resulten necesarios a fin de

garantizar la organización de las horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del

personal docente de la Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector

Público aprobada por Resolución 79/SSPLINED/16.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa, a la Dirección General Asuntos Jurídicos, a la Dirección Educación Técnica

Superior, a la Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones y a la Comisión

Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento

Docente, para su conocimiento y demás efectos. Pasar a la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro a efectos de posteriores trámites. Cumplido, archivar.

Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3014/SSPIE/26 aprueba las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e interino,  en el marco de la Resolución 291/MEDGC/26.</p>