RESOLUCIÓN 3014 2026 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

APRUEBA - PAUTAS PARA LA REASIGNACIÓN DE HORAS CÁTEDRA Y/O CARGOS Y/O FUNCIONES Y/O TAREAS DEL PERSONAL DOCENTE TITULAR E INTERINO - ANÁLISIS DE COMPATIBILIDAD DE LOS TÍTULOS CERTIFICACIONES Y ANTECEDENTES DEL O LA DOCENTE - DOCENTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

19/03/2026

Sanción:

17/03/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764) y su modificatoria Ley 6.851,

el Decreto 387/23 y sus modificatorios, la Resolución del Consejo Federal de

Educación 457/23, las Resoluciones 425/MEN/83 y su modificatoria 1.308/SED/01,

585/SED/95, 1.550/SED/03, 4.078/MEGC/11, 79/SSPLINED/16, 1.435/MEGC/17,

1.436/MEGC/17, 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26, 286/MEDGC/26,

291/MEDGC/26 y 292/MEDGC/26, el EX- 2026-12807064-GACABA DGAHPEF, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a esta Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita del Ministerio

de Educación;

Que conforme el mencionado Decreto, esta Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias las de "entender en la

administración del personal docente y no docente del ámbito del Ministerio, en función

de las necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y

"supervisar la gestión del sistema de cobertura de los cargos docentes en todos sus

niveles";

Que por la Resolución 79/SSPLINED/16 se aprobó el Plan de Estudio de la

"Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector Público", autorizando su

implementación en el Instituto de Formación Técnica Superior N.° 17 (CUE N.°

20042400);

Que por la Resolución 179/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura

Superior en Administración Financiera", autorizando su implementación en el Instituto

de Formación Técnica Superior N.° 17, a partir del ciclo lectivo 2026;

Que por la Resolución 291/MEDGC/26 se estableció la vigencia del Plan de Estudio de

la "Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector Público", aprobado

por la Resolución 79/SSPLINED/16, hasta la finalización de la cohorte iniciada en el

ciclo lectivo 2025;

Que, por otro lado, por la Resolución 425/MEN/83 se aprobó la "Tecnicatura Superior

en Administración Pública con Orientación Municipal", autorizando su implementación

en el Instituto de Formación Técnica Superior N.° 21 (CUE N.° 200256);

Que por la Resolución 585/SED/95 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura

Superior en Administración Pública", autorizando su implementación en el Instituto de

Formación Técnica Superior N.° 12 (CUE N.° 201781);

Que por la Resolución 286/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura

Superior de Administración Pública", autorizando su implementación en los Institutos

de Formación Técnica Superior N.° 12 y N.° 21, a partir del ciclo lectivo 2026;

Que, a su vez, la precitada Resolución establece la vigencia del Plan de Estudio de la

"Tecnicatura Superior en Administración Pública", aprobado por la Resolución

585/SED/95, y de la "Tecnicatura Superior en Administración Pública con Orientación

Municipal", aprobado por la Resolución 425/MEN/83, hasta la finalización de la cohorte

iniciada en el ciclo lectivo 2025;

Que, en otro orden, por la Resolución 4.078/MEGC/11 se aprobó el Plan de Estudio de

la "Tecnicatura Superior en Diseño Gráfico y Multimedial", autorizando su

implementación en el Instituto de Formación Técnica Superior N.° 27 (CUE N.°

0202370);

Que por la Resolución 156/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura

Superior en Diseño Gráfico y Multimedial", autorizando su implementación en el

Instituto de Formación Técnica Superior N° 27", a partir del ciclo lectivo 2026;

Que la Resolución 292/MEDGC/26 establece la vigencia del Plan de Estudio de la

"Tecnicatura Superior en Diseño Gráfico y Multimedial", aprobado por la Resolución

4.078/MEGC/11, hasta la finalización de la cohorte iniciada en el ciclo lectivo 2025;

Que, otra parte, por la Resolución 1.435/MEGC/17 se aprobó el Plan de Estudio de la

"Tecnicatura Superior en Enfermería destinado a Auxiliares de Enfermería" y por la

Resolución 1.436/MEGC/17 se aprobó el Plan de Estudio correspondiente a la

"Tecnicatura Superior en Enfermería", autorizando su implementación en la Escuela

Superior de Enfermería "Cecilia Grierson" (CUE N.° 020036600) y su Anexo (CUE N.°

20036601), en ambos casos con carácter experimental;

Que por la Resolución 88/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura

Superior en Enfermería", autorizando su implementación en la Escuela Superior de

Enfermería "Cecilia Grierson", a partir del ciclo lectivo 2026;

Que, a su vez, por la precitada Resolución se establece la vigencia del Diseño

Curricular aprobado por la Resolución 1.550/SED/03 y de los Planes de Estudio

correspondientes a la "Tecnicatura Superior en Enfermería destinado a Auxiliares de

Enfermería" y a la "Tecnicatura Superior en Enfermería", aprobados por las

Resoluciones 1.435/MEGC/17 y 1.436/MEGC/17 respectivamente, hasta la finalización

de la cohorte iniciada en el ciclo lectivo 2025;

Que por las Resoluciones 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26 y

286/MEDGC/26 se establece que la Dirección General Agencia de Habilidades para el

Futuro, a través de la Dirección Educación Técnica Superior, realizará el seguimiento

de la implementación de los Planes de Estudio aprobados por las mentadas

Resoluciones;

Que, asimismo, corresponde a esta Subsecretaría implementar las acciones y dictar

los actos que resulten necesarios a fin de garantizar la organización de las horas

cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente del Diseño Curricular

y de las "Tecnicatura Superior en Enfermería destinado a Auxiliares de Enfermería",

"Tecnicatura Superior en Enfermería", "Tecnicatura Superior en Administración

Pública", "Tecnicatura Superior en Administración Pública con Orientación Municipal",

"Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector Público" y"Tecnicatura

Superior en Diseño Gráfico y Multimedial";

Que, en este contexto, y a fin de garantizar una transición ordenada entre la

implementación de los Planes de Estudio mencionados, la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro propicia aprobar las pautas de reasignación automática

de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e

interino que presta servicios en los institutos afectados, conforme a los criterios que se

consignan en el Anexo (IF-2026-12816696-GCABA-DGAHPEF), en el marco de las

Resoluciones 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26, 286/MEDGC/26,

291/MEDGC/26 y 292/MEDGC/26;

Que, finalmente, por Resolución del Consejo Federal de Educación 457/23 se

aprobaron los marcos de referencia para los procesos de homologación de Educación

Técnico Profesional de nivel superior, correspondientes a los títulos de: "Técnico/a

Superior en Radiología", "Técnico/a Superior en Instrumentación quirúrgica",

"Técnico/a en Emergencias extrahospitalarias", "Técnico/a en Acompañamiento

terapéutico" y "Enfermera/o"; que se encuentran como Anexos I, II, III, IV, y V de la

misma;

Que el Anexo V de mentada Resolución determina que la relación docente-estudiante

en el espacio de la práctica profesionalizante será de doce (12) estudiantes como

máximo, por cada docente, siendo deseable una disminución progresiva de la cantidad

de estudiantes por docente para la mejora continua de la calidad educativa;

Que conforme lo manifestado en el considerando anterior, corresponde establecer que

los docentes designados en los cargos de Profesor Instructor de Enfermería y Profesor

de Prácticas Hospitalarias y Comunitarias continúen prestando funciones en iguales

condiciones y cargos que los oportunamente designados por el Ministerio de

Educación en la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson";

Que, de esta manera, deviene necesario y oportuno el dictado del acto administrativo

en el sentido precedentemente expuesto;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades encomendadas por las Resoluciones

88/MEDGC/26, 286/MEDGC/26, 291/MEDGC/26 y 292/MEDGC/26,

EL SUBSECRETARIO

DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o

funciones y/o tareas del personal docente titular e interino, conforme a los criterios que

se consignan en el Anexo (IF-2026-12816696-GCABA-DGAHPEF) , el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de las

Resoluciones 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26, 286/MEDGC/26,

291/MEDGC/26, y 292/MEDGC/26.

Artículo 2°.- La reasignación del personal docente interino y titular alcanzado por la

presente Resolución se efectuará en base a un análisis de compatibilidad de los

títulos, certificaciones y antecedentes del o la docente, en relación con el contenido de

las unidades curriculares de los planes de estudio vigentes.

Artículo 3°.- Establecer, en el marco de la implementación del Plan de Estudio

aprobado por la Resolución 88/MEDGC/26, que el personal designado en los cargos

de Profesor Instructor de Enfermería y Profesor de Prácticas Hospitalarias y

Comunitarias continuarán desempeñando funciones en la Escuela Superior de

Enfermería "Cecilia Grierson" en iguales condiciones y cargos que los oportunamente

designados por el Ministerio de Educación, de conformidad con lo establecido en el

Anexo V de la Resolución del Consejo Federal de Educación 457/23.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales Personal

Docente y No Docente, Asuntos Jurídicos y Agencia de Habilidades para el Futuro, a

la Dirección Educación Técnica Superior y a la Supervisión Educación Técnica

Superior. Cumplido, archivar. Ghillione


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7328

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3014/SSPIE/26 aprueba las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e interino,  en el marco de la Resolución 292/MEDGC/26.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3014/SSPIE/26 aprueba las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e interino,  en el marco de la Resolución 291/MEDGC/26.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3014/SSPIE/26 aprueba las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e interino,  en el marco de la Resolución 286/MEDGC/26.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3014/SSPIE/26 aprueba las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e interino,  en el marco de la Resolución 179/MEDGC/26.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3014/SSPIE/26 aprueba las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e interino,  en el marco de la Resolución 156/MEDGC/26.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3014/SSPIE/26 aprueba las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e interino,  en el marco de la Resolución 88/MEDGC/26.</p>