RESOLUCIÓN 3014 2026 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA - PAUTAS PARA LA REASIGNACIÓN DE HORAS CÁTEDRA Y/O CARGOS Y/O FUNCIONES Y/O TAREAS DEL PERSONAL DOCENTE TITULAR E INTERINO - ANÁLISIS DE COMPATIBILIDAD DE LOS TÍTULOS CERTIFICACIONES Y ANTECEDENTES DEL O LA DOCENTE - DOCENTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
19/03/2026
Sanción:
17/03/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764) y su modificatoria Ley 6.851,
el Decreto 387/23 y sus modificatorios, la Resolución del Consejo Federal de
Educación 457/23, las Resoluciones 425/MEN/83 y su modificatoria 1.308/SED/01,
585/SED/95, 1.550/SED/03, 4.078/MEGC/11, 79/SSPLINED/16, 1.435/MEGC/17,
1.436/MEGC/17, 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26, 286/MEDGC/26,
291/MEDGC/26 y 292/MEDGC/26, el EX- 2026-12807064-GACABA DGAHPEF, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a esta Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita del Ministerio
de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, esta Subsecretaría Planeamiento e Innovación
Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias las de "entender en la
administración del personal docente y no docente del ámbito del Ministerio, en función
de las necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y
"supervisar la gestión del sistema de cobertura de los cargos docentes en todos sus
niveles";
Que por la Resolución 79/SSPLINED/16 se aprobó el Plan de Estudio de la
"Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector Público", autorizando su
implementación en el Instituto de Formación Técnica Superior N.° 17 (CUE N.°
20042400);
Que por la Resolución 179/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura
Superior en Administración Financiera", autorizando su implementación en el Instituto
de Formación Técnica Superior N.° 17, a partir del ciclo lectivo 2026;
Que por la Resolución 291/MEDGC/26 se estableció la vigencia del Plan de Estudio de
la "Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector Público", aprobado
por la Resolución 79/SSPLINED/16, hasta la finalización de la cohorte iniciada en el
ciclo lectivo 2025;
Que, por otro lado, por la Resolución 425/MEN/83 se aprobó la "Tecnicatura Superior
en Administración Pública con Orientación Municipal", autorizando su implementación
en el Instituto de Formación Técnica Superior N.° 21 (CUE N.° 200256);
Que por la Resolución 585/SED/95 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura
Superior en Administración Pública", autorizando su implementación en el Instituto de
Formación Técnica Superior N.° 12 (CUE N.° 201781);
Que por la Resolución 286/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura
Superior de Administración Pública", autorizando su implementación en los Institutos
de Formación Técnica Superior N.° 12 y N.° 21, a partir del ciclo lectivo 2026;
Que, a su vez, la precitada Resolución establece la vigencia del Plan de Estudio de la
"Tecnicatura Superior en Administración Pública", aprobado por la Resolución
585/SED/95, y de la "Tecnicatura Superior en Administración Pública con Orientación
Municipal", aprobado por la Resolución 425/MEN/83, hasta la finalización de la cohorte
iniciada en el ciclo lectivo 2025;
Que, en otro orden, por la Resolución 4.078/MEGC/11 se aprobó el Plan de Estudio de
la "Tecnicatura Superior en Diseño Gráfico y Multimedial", autorizando su
implementación en el Instituto de Formación Técnica Superior N.° 27 (CUE N.°
0202370);
Que por la Resolución 156/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura
Superior en Diseño Gráfico y Multimedial", autorizando su implementación en el
Instituto de Formación Técnica Superior N° 27", a partir del ciclo lectivo 2026;
Que la Resolución 292/MEDGC/26 establece la vigencia del Plan de Estudio de la
"Tecnicatura Superior en Diseño Gráfico y Multimedial", aprobado por la Resolución
4.078/MEGC/11, hasta la finalización de la cohorte iniciada en el ciclo lectivo 2025;
Que, otra parte, por la Resolución 1.435/MEGC/17 se aprobó el Plan de Estudio de la
"Tecnicatura Superior en Enfermería destinado a Auxiliares de Enfermería" y por la
Resolución 1.436/MEGC/17 se aprobó el Plan de Estudio correspondiente a la
"Tecnicatura Superior en Enfermería", autorizando su implementación en la Escuela
Superior de Enfermería "Cecilia Grierson" (CUE N.° 020036600) y su Anexo (CUE N.°
20036601), en ambos casos con carácter experimental;
Que por la Resolución 88/MEDGC/26 se aprobó el Plan de Estudio de la "Tecnicatura
Superior en Enfermería", autorizando su implementación en la Escuela Superior de
Enfermería "Cecilia Grierson", a partir del ciclo lectivo 2026;
Que, a su vez, por la precitada Resolución se establece la vigencia del Diseño
Curricular aprobado por la Resolución 1.550/SED/03 y de los Planes de Estudio
correspondientes a la "Tecnicatura Superior en Enfermería destinado a Auxiliares de
Enfermería" y a la "Tecnicatura Superior en Enfermería", aprobados por las
Resoluciones 1.435/MEGC/17 y 1.436/MEGC/17 respectivamente, hasta la finalización
de la cohorte iniciada en el ciclo lectivo 2025;
Que por las Resoluciones 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26 y
286/MEDGC/26 se establece que la Dirección General Agencia de Habilidades para el
Futuro, a través de la Dirección Educación Técnica Superior, realizará el seguimiento
de la implementación de los Planes de Estudio aprobados por las mentadas
Resoluciones;
Que, asimismo, corresponde a esta Subsecretaría implementar las acciones y dictar
los actos que resulten necesarios a fin de garantizar la organización de las horas
cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente del Diseño Curricular
y de las "Tecnicatura Superior en Enfermería destinado a Auxiliares de Enfermería",
"Tecnicatura Superior en Enfermería", "Tecnicatura Superior en Administración
Pública", "Tecnicatura Superior en Administración Pública con Orientación Municipal",
"Tecnicatura Superior en Administración Financiera del Sector Público" y"Tecnicatura
Superior en Diseño Gráfico y Multimedial";
Que, en este contexto, y a fin de garantizar una transición ordenada entre la
implementación de los Planes de Estudio mencionados, la Dirección General Agencia
de Habilidades para el Futuro propicia aprobar las pautas de reasignación automática
de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del personal docente titular e
interino que presta servicios en los institutos afectados, conforme a los criterios que se
consignan en el Anexo (IF-2026-12816696-GCABA-DGAHPEF), en el marco de las
Resoluciones 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26, 286/MEDGC/26,
291/MEDGC/26 y 292/MEDGC/26;
Que, finalmente, por Resolución del Consejo Federal de Educación 457/23 se
aprobaron los marcos de referencia para los procesos de homologación de Educación
Técnico Profesional de nivel superior, correspondientes a los títulos de: "Técnico/a
Superior en Radiología", "Técnico/a Superior en Instrumentación quirúrgica",
"Técnico/a en Emergencias extrahospitalarias", "Técnico/a en Acompañamiento
terapéutico" y "Enfermera/o"; que se encuentran como Anexos I, II, III, IV, y V de la
misma;
Que el Anexo V de mentada Resolución determina que la relación docente-estudiante
en el espacio de la práctica profesionalizante será de doce (12) estudiantes como
máximo, por cada docente, siendo deseable una disminución progresiva de la cantidad
de estudiantes por docente para la mejora continua de la calidad educativa;
Que conforme lo manifestado en el considerando anterior, corresponde establecer que
los docentes designados en los cargos de Profesor Instructor de Enfermería y Profesor
de Prácticas Hospitalarias y Comunitarias continúen prestando funciones en iguales
condiciones y cargos que los oportunamente designados por el Ministerio de
Educación en la Escuela Superior de Enfermería "Cecilia Grierson";
Que, de esta manera, deviene necesario y oportuno el dictado del acto administrativo
en el sentido precedentemente expuesto;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades encomendadas por las Resoluciones
88/MEDGC/26, 286/MEDGC/26, 291/MEDGC/26 y 292/MEDGC/26,
Artículo 1°.- Aprobar las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o
funciones y/o tareas del personal docente titular e interino, conforme a los criterios que
se consignan en el Anexo (IF-2026-12816696-GCABA-DGAHPEF) , el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de las
Resoluciones 88/MEDGC/26, 156/MEDGC/26, 179/MEDGC/26, 286/MEDGC/26,
291/MEDGC/26, y 292/MEDGC/26.
Artículo 2°.- La reasignación del personal docente interino y titular alcanzado por la
presente Resolución se efectuará en base a un análisis de compatibilidad de los
títulos, certificaciones y antecedentes del o la docente, en relación con el contenido de
las unidades curriculares de los planes de estudio vigentes.
Artículo 3°.- Establecer, en el marco de la implementación del Plan de Estudio
aprobado por la Resolución 88/MEDGC/26, que el personal designado en los cargos
de Profesor Instructor de Enfermería y Profesor de Prácticas Hospitalarias y
Comunitarias continuarán desempeñando funciones en la Escuela Superior de
Enfermería "Cecilia Grierson" en iguales condiciones y cargos que los oportunamente
designados por el Ministerio de Educación, de conformidad con lo establecido en el
Anexo V de la Resolución del Consejo Federal de Educación 457/23.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales Personal
Docente y No Docente, Asuntos Jurídicos y Agencia de Habilidades para el Futuro, a
la Dirección Educación Técnica Superior y a la Supervisión Educación Técnica
Superior. Cumplido, archivar. Ghillione