RESOLUCIÓN 297 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - PLAN DE ESTUDIOS - ESCUELA INTENSIFICADA - BILINGÜE - AUTORIZA - IMPLEMENTACIÓN - ESCUELA N° 8 - LUIS F. LELOIR DE 19 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
09/03/2026
Sanción:
03/03/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Ley nacional 26.206 y sus modificatorias, las Leyes 33 y 6.684 (textos
consolidados por Ley 6.764) y su modificatoria, el Decreto 387/23 y sus modificatorios,
las Resoluciones 565/SED/05, 878/MEDGC/22, 891/MEDGC/25 y 10.777/SSPIE/25, el
Expediente EX-2026-05014367-GCABA-SSPIE, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional 26.206 establece en el artículo 16 que "El Ministerio de Educación
y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la
obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de
promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios,
urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad
equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales";
Que la Ley 33 dispone que la validez de todo nuevo plan de estudios o de cualquier
modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de
estudios vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y
tipo de gestión dependientes o supervisados por la entonces Secretaría de Educación
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estará sujeta a que las mismas sean
objeto de aprobación por dicho organismo, mediante el dictado de una resolución
fundada para cada caso;
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por
los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que de acuerdo con la mencionada Ley, el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos y responsabilidades diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y a la
Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos bajo su órbita, así como
también a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y a la Dirección General
Educación de Gestión Estatal bajo su órbita;
Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Planeamiento e
Innovación Educativa se encuentra la de supervisar el proceso de elaboración y
evaluación de los diseños curriculares y planes de estudio;
Que la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos tiene entre sus
acciones la de asesorar en la evaluación de planes de estudio, diseños curriculares,
cursos y postítulos en los distintos niveles y modalidades de la educación formal;
Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene dentro de sus responsabilidades la
de diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas y programas educativos
para contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad, como también la de
diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la optimización de las
condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad
educativa;
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal tiene entre sus
responsabilidades primarias la de implementar y llevar a cabo las políticas y
programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de
su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y administrativos, en función de
la política educativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución 565/SED/05 se creó el Programa de Escuelas Primarias de
Jornada completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento, comprendiendo
los siguientes campos: artes, actividades científicas y educación física;
Que asimismo por la Resolución 878/MEDGC/22 se amplió el alcance del Programa
Intensificación en un Campo del Conocimiento creado por Resolución 565/SED/05 en
"Bilingüe (Español-Inglés)";
Que el citado programa implica la inclusión, de manera sistemática y continua, de
nuevas propuestas de formación en la escuela primaria, contribuyendo a promover
una diversificación de experiencias formativas para los alumnos de las escuelas de
jornada completa;
Que en este proceso de diversificación pedagógica, basado en un criterio de equidad y
balance en la distribución de los servicios que garanticen la calidad formativa y
avanzando en forma planificada, se propone incorporar este programa a nuevos
establecimientos;
Que por la Resolución 891/MEDGC/25 se creó la "Unidad Evaluadora de Planes de
Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,
presenciales y a distancia";
Que por la Resolución 10.777/SSPIE/25 se aprobó el procedimiento para el ingreso,
evaluación y egreso de proyectos que sean sometidos ante la "Unidad Evaluadora de
Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,
presenciales y a distancia";
Que en virtud de ello, la Escuela N.° 8 "Luis F. Leloir" Distrito Escolar 19° presentó
para su evaluación y posterior aprobación el Plan de Estudio "Escuela Intensificada en
un Campo de Conocimiento: Bilingüe (Español-Inglés)", conforme se detalla en el
Anexo (IF-2026-05035335-GCABA-DGEGE), para su implementación a partir del ciclo
lectivo 2026;
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal entiende procedente la
aprobación del mencionado Plan de Estudio;
Que el referido Plan de Estudio fue evaluado en el ámbito de la "Unidad Evaluadora de
Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,
presenciales y a distancia", con dictamen favorable;
Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del
Aprendizaje, la Dirección General Educación de Gestión Estatal y la Gerencia
Operativa Innovación y Contenidos Educativos tomaron intervención en el marco de
sus respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Estudio "Escuela Intensificada en un Campo de
Conocimiento: Bilingüe (Español-Inglés)", correspondiente a nivel primario, presentado
por la Escuela N.° 8 "Luis F. Leloir" Distrito Escolar 19°, de conformidad con el detalle
obrante en el Anexo (IF-2026-05035335-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Autorizar la implementación del Plan de Estudio aprobado por el artículo
1° de la presente Resolución en la Escuela N.° 8 "Luis F. Leloir" Distrito Escolar 19°, a
partir del ciclo lectivo 2026.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje, a
las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal y Asuntos Jurídicos -
Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones, a la Gerencia Operativa Innovación y
Contenidos Educativos y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de
Capacitación y Perfeccionamiento Docente. Para su conocimiento y demás efectos,
pasar a la Dirección General Educación de Gestión Estatal. Cumplido, archivar.
Miguel