RESOLUCIÓN 297 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA - PLAN DE ESTUDIOS - ESCUELA INTENSIFICADA - BILINGÜE - AUTORIZA - IMPLEMENTACIÓN - ESCUELA N° 8 - LUIS F. LELOIR DE 19 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

09/03/2026

Sanción:

03/03/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Ley nacional 26.206 y sus modificatorias, las Leyes 33 y 6.684 (textos

consolidados por Ley 6.764) y su modificatoria, el Decreto 387/23 y sus modificatorios,

las Resoluciones 565/SED/05, 878/MEDGC/22, 891/MEDGC/25 y 10.777/SSPIE/25, el

Expediente EX-2026-05014367-GCABA-SSPIE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley nacional 26.206 establece en el artículo 16 que "El Ministerio de Educación

y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la

obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de

promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios,

urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad

equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales";

Que la Ley 33 dispone que la validez de todo nuevo plan de estudios o de cualquier

modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de

estudios vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y

tipo de gestión dependientes o supervisados por la entonces Secretaría de Educación

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estará sujeta a que las mismas sean

objeto de aprobación por dicho organismo, mediante el dictado de una resolución

fundada para cada caso;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha Ley;

Que de acuerdo con la mencionada Ley, el Ministerio de Educación tiene entre sus

objetivos y responsabilidades diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y

programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de

contribuir al desarrollo individual y social;

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y a la

Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos bajo su órbita, así como

también a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y a la Dirección General

Educación de Gestión Estatal bajo su órbita;

Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Planeamiento e

Innovación Educativa se encuentra la de supervisar el proceso de elaboración y

evaluación de los diseños curriculares y planes de estudio;

Que la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos tiene entre sus

acciones la de asesorar en la evaluación de planes de estudio, diseños curriculares,

cursos y postítulos en los distintos niveles y modalidades de la educación formal;

Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene dentro de sus responsabilidades la

de diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas y programas educativos

para contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad, como también la de

diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la optimización de las

condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad

educativa;

Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal tiene entre sus

responsabilidades primarias la de implementar y llevar a cabo las políticas y

programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de

su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y administrativos, en función de

la política educativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución 565/SED/05 se creó el Programa de Escuelas Primarias de

Jornada completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento, comprendiendo

los siguientes campos: artes, actividades científicas y educación física;

Que asimismo por la Resolución 878/MEDGC/22 se amplió el alcance del Programa

Intensificación en un Campo del Conocimiento creado por Resolución 565/SED/05 en

"Bilingüe (Español-Inglés)";

Que el citado programa implica la inclusión, de manera sistemática y continua, de

nuevas propuestas de formación en la escuela primaria, contribuyendo a promover

una diversificación de experiencias formativas para los alumnos de las escuelas de

jornada completa;

Que en este proceso de diversificación pedagógica, basado en un criterio de equidad y

balance en la distribución de los servicios que garanticen la calidad formativa y

avanzando en forma planificada, se propone incorporar este programa a nuevos

establecimientos;

Que por la Resolución 891/MEDGC/25 se creó la "Unidad Evaluadora de Planes de

Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,

presenciales y a distancia";

Que por la Resolución 10.777/SSPIE/25 se aprobó el procedimiento para el ingreso,

evaluación y egreso de proyectos que sean sometidos ante la "Unidad Evaluadora de

Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,

presenciales y a distancia";

Que en virtud de ello, la Escuela N.° 8 "Luis F. Leloir" Distrito Escolar 19° presentó

para su evaluación y posterior aprobación el Plan de Estudio "Escuela Intensificada en

un Campo de Conocimiento: Bilingüe (Español-Inglés)", conforme se detalla en el

Anexo (IF-2026-05035335-GCABA-DGEGE), para su implementación a partir del ciclo

lectivo 2026;

Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal entiende procedente la

aprobación del mencionado Plan de Estudio;

Que el referido Plan de Estudio fue evaluado en el ámbito de la "Unidad Evaluadora de

Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,

presenciales y a distancia", con dictamen favorable;

Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del

Aprendizaje, la Dirección General Educación de Gestión Estatal y la Gerencia

Operativa Innovación y Contenidos Educativos tomaron intervención en el marco de

sus respectivas competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Estudio "Escuela Intensificada en un Campo de

Conocimiento: Bilingüe (Español-Inglés)", correspondiente a nivel primario, presentado

por la Escuela N.° 8 "Luis F. Leloir" Distrito Escolar 19°, de conformidad con el detalle

obrante en el Anexo (IF-2026-05035335-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar la implementación del Plan de Estudio aprobado por el artículo

1° de la presente Resolución en la Escuela N.° 8 "Luis F. Leloir" Distrito Escolar 19°, a

partir del ciclo lectivo 2026.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje, a

las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal y Asuntos Jurídicos -

Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones, a la Gerencia Operativa Innovación y

Contenidos Educativos y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de

Capacitación y Perfeccionamiento Docente. Para su conocimiento y demás efectos,

pasar a la Dirección General Educación de Gestión Estatal. Cumplido, archivar.

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7320


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución 297/MEDGC/26 aprueba el Plan de Estudio “Escuela Intensificada en un Campo de Conocimiento: Bilingüe, en el marco de la Resolución 565/SED/05.</p>