DISPOSICIÓN 146 1995 DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNIDAD ESCOLAR

Síntesis:

HACER SABER A LAS COMISIONES DIRECTIVAS DE LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS QUE A PARTIR DEL 01-06-95, DEBERÁN PUBLICAR MENSUALMENTE EL DETALLE DEL MOVIMIENTO DE FONDOS. ESCOLARES

Publicación:

Sanción:

21/06/1995

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNIDAD ESCOLAR


Visto el inciso o del artículo 25, del Estatuto Tipo que determina el artículo 7, de la .Ordenanza 35.514, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada normativa establece como obligación de la Comisión Directiva, “considerar mensualmente el estado de cuentas de Tesorería y el Balance, el informe de la Comisión Revisora de Cuentas y Fiscalizadora y las altas y bajas del inventario” ;

Que resulta sumamente conveniente la publicación mensual de dichos estados, en un transparente o pizarrón para que los asociados tomen conocimiento del detalle del movimiento de fondos (ingresos y egresos);

Que muchas Comisiones Directivas realizan dicho procedimiento con plausibles consideración de parte de la comunidad donde se hallan insertas;

Que la experiencia determina la posibilidad de establecer formalmente dicha situación;

POR ELLO,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMUNIDAD ESCOLAR

DISPONE:

Art. 1° - Hacer saber a las Comisiones Directivas de las Asociaciones Cooperadoras que a partir del 01-06-95, deberán publicar mensualmente el detalle del movimiento de fondos (ingresos y egresos) considerado de acuerdo con lo prescripto por el inciso o), del artículo 25 del Estatuto Tipo que determina el artículo 7, de la Ordenanza 35.514 en un transparente o pizarrón y/o lugar destinado, a información de la entidad y para conocimiento de sus asociados.

Art. 2° - Regístrese, Comuníquese por copia a la Dirección General de Educación y Dirección Área de Educación, Área Formación Docente Continua y a las Asociaciones Cooperadoras de los Establecimientos que de ellas dependen. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 146-DGCE-95 establece que se deberá publicar mensualmente el detalle del movimiento de fondos (ingresos y egresos) considerado de acuerdo con lo prescripto por el inciso o), del artículo 25 del Estatuto Tipo que determina el artículo 7 de la Ordenanza 35.514 en un transparente o pizarrón y-o lugar destinado, a información de la entidad y para conocimiento de sus asociados.</p>