RESOLUCIÓN 593 2026 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN 500/SSGRH/26 - DECRETO 83/26 - RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Publicación:

17/03/2026

Sanción:

09/03/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS


VISTO: el Acta de Negociación Colectiva 17/13, instrumentada por Resolución 20-

MHGC-2014, texto consolidado conforme Resolución 2026-MHFGC-2022, el Decreto

83/26, la Resolución 500-GCABA-SSGRH/26, el EX-2026-10439659-GCABA-SSGRH,

y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 83/26, crea un Régimen de Retiro Voluntario que contempla la

percepción de un incentivo no remunerativo, destinado al personal de la planta

permanente perteneciente a la Carrera de la Administración Pública del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Acta

de Negociación Colectiva 17/13 de la Comisión Paritaria Central, que reúna las

condiciones allí establecidas;

Que en el marco del artículo 13 del citado decreto, esta Subsecretaría dictó la

Resolución 500-GCABA-SSGRH/26, mediante la cual se reglamentaron determinados

aspectos que hacen a la operatividad y aplicación del régimen de retiro voluntario;

Que, en este marco, se advierte que es necesaria la modificación de la reglamentación

efectuada, de manera de salvar errores formales en su formulación y de aquellos

aspectos que hacen a la operatividad del régimen de retiro voluntario.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 83/26,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 5° de la Resolución 500-GCABA-SSGRH/26, el que

quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 5°.- La Gerencia Operativa Asuntos Previsionales solicitará la intervención de

la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, o área equivalente del Ministerio

u organismo descentralizado o desconcentrado para que indique, en su caso,

aquellos/as trabajadores/as que, por razones de servicios y/o por mérito, oportunidad y

conveniencia, no podrán continuar con el trámite de adhesión.

Artículo 2°.- Modificar el artículo 12 de la Resolución 500-GCABA-SSGRH/26, el que

quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 12°.- El plazo máximo de 12 meses contemplado en el artículo 8° del Decreto

83/26 comprende a todo trabajador/ra que alcance los 65 años de edad, esté o no en

condiciones de acceder a su beneficio jubilatorio o que ya se encuentre percibiendo su

beneficio jubilatorio.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos pase

a las Direcciones Generales Relaciones Laborales, Legales y Asuntos Previsionales y

Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de esta Subsecretaría, y a la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Cumplido, archivar. Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El artículo 1 de la Resolución 593/SSGRH/26 modifica el artículo 5 de la Resolución 500/SSGRH/26.</p><p>El artículo 2 modifica el artículo 12.</p>