RESOLUCIÓN 341 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA - PLAN DE ESTUDIOS - ESPECIALIZACIÓN TÉCNICA DE NIVEL SUPERIOR - TOXICOLOGÍA FORENSE Y QUÍMICA LEGAL - AUTORIZA - IMPLEMENTACIÓN - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

Publicación:

20/03/2026

Sanción:

17/03/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: las Leyes Nacionales 24.521, 26.058, 26.206 y sus modificatorias, la

Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación 261/06, las Resoluciones del

Consejo Federal de Educación 13/07 y 288/16, las Leyes 33, 5.688 (textos

consolidados por la Ley 6.764) y 6.684 y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y

sus modificatorios, las Resoluciones 251/MEDGC/22, 891/MEDGC/25 y

10777/SSPIE/25, el Expediente EX-2025-46926737-GCABA-SSPIE, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley de Educación Nacional 26.206, establece que la

educación superior está regulada por la Ley de Educación Superior 24.521, la Ley de

Educación Técnico Profesional 26.058, así como por las disposiciones de la primera

ley mencionada en lo que respecta a los Institutos de Educación Superior;

Que en este sentido, el artículo 3° de la Ley nacional 24.521 establece que "La

Educación Superior tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional,

humanística y técnica en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura

nacional, promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas, y

desarrollar las actitudes y valores que requiere la formación de personas

responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas, críticas, capaces de mejorar

la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la

República y a la vigencia del orden democrático";

Que a su vez la Ley nacional 26.058 tiene por objeto regular y ordenar la Educación

Técnico Profesional tanto en los niveles secundario y superior no universitario del

Sistema Educativo Nacional, como en la formación profesional;

Que dicha normativa en su artículo 25 establece que "Las autoridades educativas

jurisdiccionales, sobre la base de los criterios básicos y parámetros mínimos

establecidos (...), formularán sus planes de estudio y establecerán la organización

curricular adecuada para su desarrollo, fijando los requisitos de ingreso, la cantidad de

años horas anuales de cada oferta de educación técnico profesional de nivel medio o

superior no universitario y la carga horaria total de las ofertas de formación

profesional";

Que por su parte, la Resolución del Consejo Federal de Cultura y Educación 261/06

establece el proceso de homologación y los marcos de referencia de títulos y

certificaciones de educación técnico profesional;

Que la Resolución del Consejo Federal de Educación 13/07 aprobó el documento

"Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional", mientras que la

Resolución 288/16 del mismo Consejo aprobó el documento orientaciones y criterios

para el desarrollo de la Formación Profesional Continua y la Capacitación Laboral;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, entre los cuales se

contempla al Ministerio de Educación;

Que de acuerdo con la mencionada Ley, el Ministerio de Educación tiene entre sus

objetivos diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social;

Que por el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría Planeamiento

e Innovación Educativa y a la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro

bajo la órbita de este Ministerio de Educación;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus

responsabilidades primarias la de supervisar el proceso de elaboración y evaluación

de los diseños curriculares y planes de estudio;

Que por su parte, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro tiene

entre sus responsabilidades primarias "Diseñar, implementar y evaluar políticas,

programas y ofertas educativas de aprendizaje permanente,

que incluyan las de educación técnico superior, educación no formal, formación

profesional, educación de nivel secundario integrada a la formación profesional y

educación vocacional, a fin de fortalecer las condiciones de empleabilidad de

adolescentes, jóvenes y adultos", así como "Impulsar el diseño, la actualización y la

evaluación de la oferta de alternativas formativas de aprendizaje permanente, en

función a las necesidades productivas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que la Ley 5.688 establece que el entonces Ministerio de Justicia y Seguridad es

responsable de la planificación estratégica de las políticas de seguridad pública, y en

lo particular, de la planificación, organización y ejecución de la capacitación, formación

e investigación científica y técnica en materia de seguridad pública, a través del

Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que la Ley 33 dispone que todo nuevo plan de estudios o cualquier modificación a ser

aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio vigentes en los

establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión

dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación del Ministerio de

Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada caso concreto;

Que a su vez, la Resolución 251/MEDGC/22 aprobó la "Estructura del Catálogo de

Títulos y Certificados para la Educación Técnico Profesional en el nivel de Tecnicatura

Superior y el ámbito de la Formación Profesional Inicial y Continua";

Que por Resolución 891/MEDGC/25 se creó la "Unidad Evaluadora De Planes De

Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,

presenciales y a distancia";

Que por la Resolución 10777/SSPIE/25 se aprobó el procedimiento para el ingreso,

evaluación y egreso de proyectos que sean sometidos ante la "Unidad Evaluadora de

Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos, Docentes

presenciales y a distancia";

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública (CUE 0202911) presentó para su

evaluación y posterior aprobación el plan de estudio de la "Especialización Técnica de

Nivel Superior en Toxicología Forense y Química Legal", de conformidad con lo

previsto en el Anexo (IF-2025-49708682-GCABA-ISSP);

Que el referido plan de estudio fue evaluado dentro del ámbito de la "Unidad

Evaluadora de Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente y

Postítulos Docentes, presenciales y a distancia", con dictamen favorable;

Que, en esta línea, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro

considera oportuna su aprobación;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública informó que el gasto que demande la

implementación de la oferta educativa mencionada será afrontado con el presupuesto

asignado a dicha repartición;

Que asimismo, dicho Instituto tendrá a su cargo el inicio del trámite de validez nacional

del certificado correspondiente al plan de estudio en cuestión ante la Subsecretaría

Planeamiento e Innovación Educativa de este Ministerio de Educación;

Que, por todo lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del acto

administrativo correspondiente;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro, y la Gerencia Operativa de Innovación y

Contenidos Educativos han tomado intervención en el marco de sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el plan de estudio de la "Especialización Técnica de Nivel

Superior en Toxicología Forense y Química Legal", presentado por el Instituto Superior

de Seguridad Pública (CUE 0202911), de conformidad con el detalle obrante en el

Anexo (IF-2025-49708682-GCABA-ISSP), el que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar la implementación del plan de estudio aprobado por el artículo 1°

de la presente Resolución en el Instituto Superior de Seguridad Pública (CUE

0202911), a partir del ciclo lectivo 2026.

Artículo 3°.- Incorporar el certificado del plan de estudio aprobado por el artículo 1° al

"Catálogo de Títulos y Certificados para la Educación Técnico Profesional en el nivel

de Tecnicatura Superior y el ámbito de la Formación Profesional Inicial y Continua".

Artículo 4°.- Establecer que la Dirección General Agencia de Habilidades para el

Futuro y el Instituto Superior de Seguridad Pública realizarán el seguimiento de la

implementación del plan de estudio aprobado por el artículo 1° de la presente

Resolución.

Artículo 5°.- Establecer que el Instituto Superior de Seguridad Pública tendrá a su

cargo el inicio del trámite de validez nacional del certificado del plan de estudio

aprobado por el artículo 1°, ante la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa de este Ministerio, de acuerdo a los requerimientos establecidos en la

normativa nacional vigente.

Artículo 6°.- Dejar constancia de que el Instituto Superior de Seguridad Pública

gestionará la certificación del plan de estudio aprobado por el artículo 1° ante la

Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones dependiente de la Dirección General

Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa, a las Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y

Asuntos Jurídicos, a la Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones, a la Comisión

Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento

Docente del Ministerio de Educación y al Instituto Superior de Seguridad Pública del

Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7329

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 3° de la Resolución 341/MEDGC/26 incorpora el certificado del plan de estudio aprobado por el artículo 1° al Catálogo de Títulos y Certificados para la Educación Técnico Profesional en el nivel de Tecnicatura Superior y el ámbito de la Formación Profesional Inicial y Continua” en el marco de la Resolución 251/MEDGC/22.</p>