DECRETO 124 2026

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA -JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - CONTROL DE GESTIÓN - CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO - MONITOREO Y SISTEMAS - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - OBRAS EN VÍAS PEATONALES - PERMISOS Y FERIAS - ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - E M U I - REGENERACIÓN URBANA - ALUMBRADO - SISTEMA PLUVIAL - COMUNICACIÓN - SECRETARÍA DE MANTENIMIENTO URBANO - PAISAJE URBANO - PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE INTERVENCIONES URBANAS - PARQUE DE LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL COMUNICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DIRECCIONES GENERALES CONTROL DE GESTIÓN - DIRECCIONES GENERALES MONITOREO Y SISTEMAS - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE INTERVENCIONES URBANAS - DIRECCIÓN GENERAL PERMISOS Y FERIAS - SUBSECRETARÍA DE PAISAJE URBANO - DIRECCIÓN GENERAL REGENERACIÓN URBANA - DIRECCIONES GENERALES CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO - SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL OBRAS EN VÍAS PEATONALES - DIRECCIONES GENERALES ALUMBRADO - DIRECCIONES GENERALES SISTEMA PLUVIAL - GERENCIA OPERATIVA - SUBGERENCIA OPERATIVA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA - SUBSECRETARÍA - DIRECCIÓN GENERAL - INFRAESTRUCTURA - PROMOCIÓN DEPORTIVA - DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - SOPORTE DE PROYECTOS PRIORIZADOS - COORDINACIÓN Y MONITOREO DE GESTIÓN - EVALUACIÓN DEL GASTO Y PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA - INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - CIUDAD INTELIGENTE - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - DEPORTES - INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA - COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - ASI - GESTIÓN DOCUMENTAL - SISTEMAS DE GESTIÓN - GOBERNANZA DE DATOS - CANALES DIGITALES - CIUDADANÍA DIGITAL - PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - SISTEMAS DE ATENCIÓN CIUDADANA - ASUNTOS JURÍDICOS - INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DE LA CIUDAD - AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SUR - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR S A U - ENTE DE HIGIENE URBANA - SECRETARÍA DE HIGIENE - SECRETARÍA DE ORDENAMIENTO URBANO - FISCALIZACIÓN - GERENCIAS - SUBGERENCIAS

Publicación:

27/03/2026

Sanción:

26/03/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684, los Decretos 684/09 y 387/23, el Expediente EX-2026-14254288-

GCABA-MJGGC, y

CONSIDERANDO:

Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por

objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el desarrollo de un plan

operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción

de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como en la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, que contempla en su artículo 2°, entre los ministerios del

Poder Ejecutivo, al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y a la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el

nivel de Dirección General;

Que por el Decreto 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración

Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en este sentido, resulta conveniente efectuar modificaciones a la estructura

organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 25 de marzo de 2026, la estructura organizativa del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires de acuerdo a los Anexos I -Organigrama (IF-2026-14404535-GCABA-

MJGGC) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-

2026-14404205-GCABA-MJGGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante

del presente decreto, y modifican parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 2°.- Modificar, a partir del 25 de marzo de 2026, la estructura organizativa de

la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires de acuerdo a los Anexos III - Organigrama (IF-2026-14405002-GCABA-MJGGC)

y IV - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2026-

14405797-GCABA-MJGGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente decreto, y modifican parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 3°.- Modificar la dependencia de la Dirección General Permisos y Ferias de la

Subsecretaría de Gestión del Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Ordenamiento

Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, la que pasará a depender

de la Secretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene

Urbana.

Artículo 4°.- Transferir la Secretaría de Ordenamiento Urbano junto con todo su

personal, presupuesto y patrimonio, así como la Subsecretaría de Gestión del

Ordenamiento Urbano y la Dirección General de Fiscalización, y las demás áreas que

de ella dependen, de la órbita del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la

Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Secretaría de

Ordenamiento Urbano, de la Subsecretaría de Gestión del Ordenamiento Urbano y de

la Dirección General de Fiscalización, todas dependientes de la Jefatura de Gabinete

de Ministros.

Artículo 6°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Secretaría de

Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.

Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 8°.- El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas

y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 9°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y

Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Jefatura de Gabinete de

Ministros. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7332-Anexo I -Organigrama -Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7332- AnexoII - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones -Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7332-Anexo III - Organigrama -Jefatura de Gabinete de Ministros

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7332- Anexo IV -Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones -Jefatura de Gabinete de Ministros

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 del Decreto 124/26 modifica, a partir del 25 de marzo de 2026, la estructura organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana quedando modificado parcialmente el Decreto 387/23.</p><p>Artículo 2 modifica, a partir del 25 de marzo de 2026, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros.</p><p>Artículo 3 modifica la dependencia de la Dirección General Permisos y Ferias de la Subsecretaría de Gestión del Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Ordenamiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, la que pasará a depender de la Secretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.</p><p>Artículo 4 transfiere la Secretaría de Ordenamiento Urbano junto con todo su personal, presupuesto y patrimonio, así como la Subsecretaría de Gestión del Ordenamiento Urbano y la Dirección General de Fiscalización, y las demás áreas que de ella dependen, de la órbita del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Jefatura de Gabinete de Ministros.</p><p>Artículo 5 modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Ordenamiento Urbano, de la Subsecretaría de Gestión del Ordenamiento Urbano y de la Dirección General de Fiscalización, todas dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros.</p><p>Artículo 6 modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.</p>