ORDENANZA 42733 1988
Síntesis:
SE PRORROGAN HASTA SEIS MESES LAS BECAS PARA CURSO DE ENFERMERÍA Y AUXILIAR DE ENFERMERÍA
Publicación:
14/06/1988
Sanción:
12/05/1988
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
01/06/1988
El Honorable Concejo Deliberante
de la Ciudad de Buenos Aires
Sanciona con Fuerza de
Artículo 1° - Facúltase al Departamento Ejecutivo a prorrogar hasta seis (6) meses las becas otorgadas a los alumnos de los cursos de Enfermería y Auxiliar de Enfermería que dicta la Escuela Municipal de Enfermería "Doctora Cecilia Grierson", a partir de su egreso y para la capacitación en terreno.
Art. 2°- La presente ordenanza tendrá vigencia con carácter retroactivo a partir de la promoción del mes de agosto de 1987.
Art. 3°- Comuníquese, etc.
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
COMPLEMENTA
Ord. 42733 faculta al Dto. Ejecutivo a prorrogar las becas otorgadas según Anexo IV Punto 4.1. de Ord. 24942, desde su egreso para la capacitación en terreno