DISPOSICIÓN 12 2026 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO

Síntesis:

CERTIFICA Y HOMOLOGA - SISTEMAS INFORMÁTICOS - CONTROL DE ASISTENCIA INSTALADOS EN EDIFICIOS - DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO - PRESENTISMO

Publicación:

31/03/2026

Sanción:

26/03/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y CONTROL OPERATIVO


VISTO: Las Resoluciones 25-SECRH/11 y modificatoria, 6-MMGC/15 y modificatoria y

701-SSGRH/24, las Disposiciones 1 y 19-DGPLYCO/22, el Expediente Electrónico N°

14361130-GCABA-DGPLYCO/26, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución 25-SECRH/11 y modificatorias, se aprobó como Anexo II el

procedimiento para la homologación de sistemas informáticos de control de asistencia

que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos implemente para los/as

trabajadores/as que presten servicios en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires (GCABA);

Que por la Resolución 6-MMGC/15 y modificatoria, se aprobó mediante Anexo I el

Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en la Ley 471 y para el personal

profesional de la salud comprendido en la entonces Ordenanza 41.455, hoy alcanzado

por las prescripciones de Ley 6.035;

Que en oportunidad del dictado de las Disposiciones 1 y 19-DGPLYCO/22, se dispuso

el deber que les comprende a las reparticiones de esta Administración de declarar y

actualizar en el Sistema Integral de Administración y Liquidación de Haberes (SIAL),

todos sus domicilios como así también la jornada laboral, el lugar en el que su

personal dependiente desempeña sus funciones, así como de implementar la carga en

la sección "Convocados" del módulo "Distribución Horaria", fijando un plazo de

cuarenta y ocho (48) horas hábiles por anticipado de su efectivo cumplimiento para

formular modificaciones, constituyendo válidos los datos impactados en el SIAL, a los

fines de las auditorías llevadas a cabo por ésta Dirección General;

Que asimismo, mediante la Resolución 701-SSGRH/24 se aprobaron como Anexo I y

II respectivamente, el procedimiento para la carga y actualización en SIAL de la

información para el control de presentismo y del cumplimiento de la jornada laboral y

las pautas para la determinación de plazos, generación de ausentes y notificaciones;

Que, en el marco de las actuaciones de referencia, la Subgerencia Operativa Sistemas

de Control, dependiente de esta Dirección General Planificación y Control Operativo,

informó que se encuentran reunidos los extremos establecidos en la normativa vigente

para el dictado del correspondiente acto administrativo que certifique y homologue el

uso de dispositivos electrónicos para el control de asistencia del personal que preste

servicios en los Edificios de Gobierno ubicados en los domicilios detallados en el

Anexo I (IF-2026-14364267-GCABA-DGPLYCO);

Que, asimismo, en el ámbito de las facultades propias de sus competencias, la

referida Subgerencia, verificó que los dispositivos electrónicos instalados en los

edificios ubicados en los domicilios referidos, se encuentran operativos;

Que, sobre la base de las consideraciones expuestas, y en atención a que se da por

cumplida de manera satisfactoria la instancia de prueba, corresponde avanzar con la

homologación definitiva de los sistemas de control de asistencia, correspondiendo en

consecuencia emitir el acto administrativo respectivo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Resolución 25-

SECRH/11 y por el artículo 4° inc. a) del Anexo II aprobado por la Resolución 2843-

SSGRH/24,

EL DIRECTOR GENERAL

DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO

DISPONE:

Artículo 1°.- Certificar y homologar los sistemas electrónicos de control de asistencia

mediante dispositivos instalados en los edificios ubicados en los domicilios detallados

en el Anexo I (IF-2026-14364267-GCABA-DGPLYCO), que forma parte integrante de

la presente.

Artículo 2°.- Los agentes que presten servicios en los domicilios alcanzados por el

artículo 1°, registrarán asistencia al ingreso y egreso de su jornada laboral mediante el

uso de los dispositivos electrónicos instalados en el mismo, constituyendo la única

fuente válida para la acreditación del cumplimiento del horario laboral y del registro

efectivo de asistencia.

Artículo 3°.- En caso de verificarse un daño sobre los dispositivos instalados conforme

los alcances de los arts. 1° y 2°, causado por fuera del uso normal y habitual de los

mismos, las reparticiones involucradas en el respectivo domicilio, en consecuencia,

deberán iniciar las actuaciones administrativas correspondientes a la investigación

sumaria y comunicar el número de expediente electrónico a la Dirección General

Planificación y Control y Operativo, sin perjuicio de la eventual reposición del gasto o

del dispositivo que pudiera sobrevenir.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las reparticiones emplazadas en los edificios de Gobierno situadas en

los domicilios alcanzados por el artículo 1°. Cumplido, pase a la Gerencia Operativa

Formulación y Control Presupuestario dependiente de esta Dirección General a los

efectos de continuar el trámite ante la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos y la ulterior intervención Dirección General Administración y Liquidación de

Haberes. Cumplidas y verificadas todas las instancias, archívese. Bianchi


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7334

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 12-DGPLYCO-26 certifica y homologa los sistemas electrónicos de control de asistencia mediante dispositivos instalados en los edificios ubicados en los domicilios detallados en el Anexo I, en el marco de la Resolución 6-MMGC/15.</p>