RESOLUCIÓN 455 2026 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

PRORROGA VENCIMIENTO - PRESENTACIÓN  DECLARACIÓN JURADA Y PAGO - PERÍODO MARZO DE 2026 - AGENTES DE RECAUDACIÓN - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - DIRECCION GENERAL DE RENTAS

Publicación:

31/03/2026

Sanción:

27/03/2026

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO: La Ley Nacional N° 27.399 (BORA N° 33732), la Resolución N° 557-AGIP/25

(BOCBA N° 7275), modificada por Resolución N° 52-AGIP/26 (BOCBA N° 7301), y el

Expediente Electrónico N° 14.819.515/GCABA-DGANFA/2026 y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nacional N° 27.399 se establecen los días feriados nacionales y días

no laborables en todo el territorio de la República Argentina, así como la facultad del

Poder Ejecutivo Nacional de adicionar anualmente hasta tres (3) días feriados o no

laborables destinados a promover la actividad turística;

Que la citada Ley contempla como feriados nacionales inamovibles, entre otros, al día

2 de abril en conmemoración del Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de

Malvinas y al Viernes Santo, fijado el día 3 de abril para el corriente año según el

calendario litúrgico;

Que mediante la Resolución N° 557-AGIP/25 y su modificatoria se establecen las

fechas de vencimiento de los tributos que percibe la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos correspondientes al ejercicio fiscal 2026;

Que el vencimiento para la presentación y pago de la Declaración Jurada por parte de

los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, opera los días 7 (siete) del mes siguiente en el que se

practicaron las retenciones y/o percepciones o día hábil inmediato siguiente si el

mismo fuera inhábil;

Que la proximidad de los feriados mencionados con la fecha de vencimiento de

presentación de las Declaraciones Juradas y pagos del período marzo de 2026, podría

dificultar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los Agentes de

Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (e-ARCIBA);

Que es propósito de esta Dirección General de Rentas afianzar la comunicación y la

relación Fisco Agente de Recaudación, permitiendo el cumplimiento de las

obligaciones tributarias en tiempo y forma.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Resolución N°

557-AGIP/25 y su modificatoria,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 10 de abril de 2026, el vencimiento para la

presentación de la Declaración Jurada y el pago del período marzo de 2026 de los

Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de

Buenos Aires (Aplicativo eARCIBA), cuyo vencimiento original opera el día 7 de abril

de 2026.

Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable

para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades

bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección

General de Tecnología e Innovación de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y

demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Morera

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución 455-DGR/26 prorroga hasta el 10 de abril de 2026, el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del período marzo de 2026 de los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Aplicativo eARCIBA), cuyo vencimiento original opera el día 7 de abril de 2026, según Resolución 557-AGIP/25.</p>