DECRETO 132 2026
Síntesis:
ACEPTA - RENUNCIA - VICEPRESIDENTE - ALBERTO IGNACIO DE MAIO - DIRECTOR - EDUARDO ALBERTO BARRAGÁN - DESIGNA - VICEPRESIDENTE - OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - OBSBA
Publicación:
01/04/2026
Sanción:
30/03/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 472, los Decretos 206/25 y 251/25, el Expediente EX-2026-14750883-
GCABA-DGTALMHF, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 472 se creó la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.)
con carácter de ente público no estatal;
Que la mencionada norma establece en su artículo 6° que dicho ente será
administrado por un Directorio integrado por un Presidente, un Vicepresidente y diez
Directores, todos los cuales serán designados por el Poder Ejecutivo;
Que el citado artículo, a su vez, dispone la designación del Directorio de la siguiente
forma: "a) El Presidente a propuesta del Sindicato Único de Trabajadores y Empleados
de la Ciudad de Buenos Aires; b) el Vicepresidente, por el señor Jefe de Gobierno de
la Ciudad; c) cuatro (4) directores, propuestos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires; d) cuatro (4) directores, propuestos por el Sindicato Único de Trabajadores y
Empleados de la Ciudad de Buenos Aires, e) un director, a propuesta de la entidad
con personería gremial en la Ciudad de Buenos Aires que agrupe mayoritariamente a
los trabajadores docentes que se desempeñan en la Ciudad de Buenos Aires; f) un
director, a propuesta de la Asociación de Médicos de la Ciudad de Buenos Aires";
Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que los miembros del Directorio
durarán en sus cargos cuatro (4) años y serán rentados, pudiendo ser reelegidos sólo
por un nuevo mandato;
Que asimismo, el artículo 8° establece que los designados en una instancia posterior
al inicio de las tareas del cuerpo orgánico finalizarán sus mandatos al expirar el plazo
del Directorio en ejercicio a la fecha de su nombramiento;
Que por el Decreto 206/25, y su modificatorio 251/25, fueron designados, a partir del
1° de junio de 2025, los miembros del Directorio de la Obra Social de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que Alberto Ignacio De Maio (DNI 22.676.338, CUIL 20-22676338-5) ha presentado
su renuncia al cargo de Vicepresidente de la Obra Social de la Ciudad de Buenos
Aires (Ob.S.B.A);
Que Eduardo Alberto Barragán (DNI 16.942.985, CUIL 20-16942985-6) ha presentado
su renuncia al cargo de Director de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires
(Ob.S.B.A.) en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este sentido, se propicia designar a Eduardo Alberto Barragán (DNI
16.942.985, CUIL 20-16942985-6) como Vicepresidente de la Obra Social de la
Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A);
Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el artículo 6° de la Ley
472,
Artículo 1°.- Aceptar, a partir del 31 de marzo de 2026, la renuncia presentada por
Alberto Ignacio De Maio (DNI 22.676.338, CUIL 20-22676338-5), al cargo de
Vicepresidente de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A).
Artículo 2° Aceptar, a partir del 31 de marzo de 2026, la renuncia presentada por
Eduardo Alberto Barragán (DNI 16.942.985, CUIL 20-16942985-6), al cargo de
Director de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.) en representación
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Designar, a partir del 1° de abril de 2026, y hasta tanto dure el mandato
del Directorio aprobado por Decreto 206/25 y su modificatorio 251/25, a Eduardo
Alberto Barragán (DNI 16.942.985, CUIL 20-16942985-6), como Vicepresidente de la
Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.).
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas
y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a los
interesados dejando constancia de que deberán dar cumplimiento a lo establecido en
el artículo 14 de la Ley 6.357. Comunicar a la Obra Social de la Ciudad de Buenos
Aires (Ob.S.B.A.), a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Acceso a la Información y
Gobierno Abierto y a la Oficina de Integridad Pública. Para su conocimiento y demás
efectos, remitir a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny