RESOLUCIÓN 64 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

VIGENCIA A PARTIR DEL DÍA 06 DE ABRIL 2026 - PRORROGA - TÉRMINO DE NOVENTA (90) DÍAS CORRIDOS - MEDIDA DISPUESTA - RESOLUCIÓN N° 219-SECT/25 - VEHÍCULOS AFECTADOS AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE ESCOLARES - INGRESO -  INTERSECCIÓN INMEDIATA ANTERIOR A LA ZONA DE ASCENSO O DETENCIÓN PREVISTA - EGRESO- CIRCULACIÓN - CARRILES EXCLUSIVOS DE LA AV CÓRDOBA - TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Publicación:

01/04/2026

Sanción:

31/03/2026

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: Las Leyes 5.952, 2.148, y 6851, los Decretos 387/23 y 282/25, las

Resoluciones 219/SECT/25 y 438/MIGC/25, el Expediente EX-2025-54329838- -

GCABA-SECT, y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita un proyecto de acto

administrativo, tendiente a prorrogar, por el término de noventa (90) días corridos, la

medida experimental, oportunamente dispuesta en el artículo 1° de la Resolución

219/SECT/25;

Que mediante el referido acto administrativo, se incorporó a las excepciones

dispuestas por el artículo 6 de la Ley 5.952, a los vehículos afectados al servicio de

transporte de escolares, de manera experimental, por el término de noventa (90) días

corridos;

Que la mencionada medida, se implementó en el marco de la presentación efectuada

por la Asociación de Propietarios de Ómnibus Escolares, Turismo y Afines,

manifestando las dificultades que atravesaban sus representados, en la zona

comprendida por los Carriles Exclusivos de la Av. Córdoba, al momento de realizar la

operatoria de ascenso y descenso de pasajeros, en los domicilios de los menores de

edad que transportan. Ello, atento que, conforme los términos de la Ley 5.952, el

ingreso a los carriles exclusivos antes referenciados, no se encuentra previsto para

vehículos afectados al servicio de transporte de escolares;

Que en este sentido, en virtud del inminente vencimiento del plazo estipulado en la

Resolución 219/SECT/25, la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, de esta

Secretaría de Transporte, ha tomado intervención, considerando oportuno y necesario,

hacer uso de la prórroga de noventa (90) días corridos, prevista en el artículo 1.2.3,

inciso b), del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, aprobado por Ley 2.148. Ello, a fin de continuar evaluando los resultados de la

medida implementada y poder determinar, eventualmente, la continuidad de la

propuesta;

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que prorrogue por el

término de noventa (90) días corridos, la medida experimental que fuera dispuesta por

Resolución 219/SECT/25;

Que mediante la Ley 6.851 se modificó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e

Infraestructura;

Que por el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de

Transporte, dependiente del referido Ministerio de Movilidad e Infraestructura;

Que mediante el Decreto 282/25, se designó al entonces Ministerio de Infraestructura,

o el organismo que en un futuro lo reemplace, como autoridad de aplicación del

Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado

por la Ley 2.148;

Que asimismo, mediante el Art. 1° de la Resolución 438/MIGC/25, el entonces

Ministerio de Infraestructura, facultó a esta Secretaría de Transporte a dictar las

normas en el marco de sus competencias, que resulten necesarias para el ejercicio de

las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1, del citado Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley 2.148;

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo tendiente a

prorrogar, por el término de noventa (90) días corridos, la medida experimental,

oportunamente dispuesta en el Artículo 1°, de la Resolución 219/SECT/25.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar, con carácter experimental y por el término de noventa (90) días

corridos, la medida dispuesta en el artículo 1° de la Resolución 219/SECT/25.

Artículo 2°.- Establecer que lo dispuesto en el artículo 1° de la presente Resolución,

entrará en vigencia a partir del día 06 de abril del año en curso.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

comunicar a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Dirección

General Gestión de Servicios de Movilidad, a la Dirección General Cuerpo de Agentes

de Tránsito, a la Dirección General de Diseño y Planificación de la Movilidad, y, a la

Asociación de Propietarios de Ómnibus Escolares, Turismo y Afines, cumplido.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 64/SECT/26 prorroga, con carácter experimental y por el término de noventa (90) días corridos, la medida dispuesta en el artículo 1° de la Resolución 219/SECT/25.</p>