RESOLUCIÓN 395 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - DESARROLLO - DISEÑO CURRICULAR JURISDICCIONAL DEL SEGUNDO CICLO DE LA MODALIDAD TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO DE LA ESPECIALIDAD PROCESOS PRODUCTIVOS INTELIGENTES - TÍTULO TÉCNICO EN PROCESOS PRODUCTIVOS INTELIGENTES - SECTOR CONTROL Y AUTOMATISMO - METALMECÁNICO - ELECTROMECÁNICO - SUBSECTOR EQUIPOS PARA PROCESOS DE PRODUCCIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN AUTOMÁTICA SEMINTELIGENTE E INTELIGENTE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
01/04/2026
Sanción:
27/03/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: las Leyes nacionales 26.058 y 26.206 y sus modificatorias, las Resoluciones
del Consejo Federal de Educación 47/08, 84/09, 229/14 y 341/18, la Ley 6.684 y su
modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones
1.281/MEGC/11 y sus modificatorias, 383/MEDGC/21 y 1.602/MEDGC/24, el
Expediente EX-2023-44169601-GCABA-DGPLEDU, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional 26.058 de Educación Técnico Profesional, tiene por objeto regular
y ordenar la educación técnico profesional en el nivel medio y superior no universitario
del sistema educativo nacional y de la formación profesional;
Que la Ley nacional 26.206 establece en su artículo 16 que "El Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología y las autoridades jurisdiccionales competentes
asegurará el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas
institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los
requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que
permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las
situaciones sociales";
Que mediante las Resoluciones del Consejo Federal de Educación 47/08, 84/09,
229/14 y 341/18 se aprobaron los documentos "Lineamientos y criterios para la
organización institucional y curricular de la educación técnico profesional
correspondiente a la educación secundaria y la educación superior", "Lineamientos
políticos y estratégicos de la educación secundaria obligatoria", "Criterios Federales
para la Organización Institucional y Lineamientos Curriculares de la Educación Técnico
Profesional de Nivel Secundario y Superior" y "La Educación Técnico Profesional de
Nivel Secundario: Orientaciones para su innovación", respectivamente;
Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que el Jefe de Gobierno es asistido en sus
funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que
les confiere dicha ley;
Que por el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita de este
Ministerio y estableciendo entre sus responsabilidades primarias la de "supervisar el
proceso de elaboración y evaluación de los diseños curriculares y planes de estudio";
Que conforme el mencionado Decreto, la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos
Educativos, dependiente de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa,
tiene entre sus acciones la de "elaborar planes de estudio, diseños y desarrollos
curriculares jurisdiccionales compatibles con la política educativa y la normativa
nacional y local para todos los niveles educativos en conjunto con las áreas
competentes del Ministerio";
Que por la Resolución 1.281/MEGC/11 se aprobaron los "Criterios Generales para la
definición curricular de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario";
Que por Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción, el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende" el cual contempla entre sus principales
políticas la planificación de la formación y carrera docente;
Que por la Resolución 383/MEDGC/21 se aprobó el "Diseño Curricular Jurisdiccional
del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario",
correspondiente a la Especialidad "Procesos Productivos Inteligentes", Título "Técnico
en Procesos Productivos Inteligentes" Sector "Control y automatismo",
"Metalmecánico", "Electromecánico", Subsector: "Equipos para Procesos de
Producción e Industrialización automática seminteligente e inteligente" (Anexos I y II) y
los "Bloques de Contenidos para las Unidades Curriculares" (Anexo III);
Que es propósito de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional de Nivel
Secundario mediante su actualización y modernización curricular y pedagógica,
promoviendo el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al segundo ciclo
de dicha modalidad, a través de las nuevas ofertas educativas;
Que en este contexto, la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos
propicia aprobar el "Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional del Segundo Ciclo
de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario", correspondiente a la
Especialidad "Procesos Productivos Inteligentes", Título: "Técnico en Procesos
Productivos Inteligentes" Sector "Control y automatismo", "Metalmecánico",
"Electromecánico", Subsector: "Equipos para Procesos de Producción e
Industrialización automática seminteligente e inteligente", de conformidad con el
detalle obrante en el Anexo (IF-2026-09232808-GCABA-SSPIE), complementario del
que fuera aprobado por la Resolución 383/MEDGC/21;
Que la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos señala que la
mencionada propuesta aborda el tratamiento de las nuevas tecnologías en la industria
de los Procesos Productivos Inteligentes en el marco de la Educación Técnico
Profesional de Nivel Secundario, considerando el comportamiento medioambiental de
nuestro aparato productivo en sus distintos sectores; y la promoción de un
medioambiente saludable, a la vez que se propone facilitar la implementación de
estrategias pedagógicas eficaces para que los estudiantes puedan adquirir
habilidades, conocimientos y competencias para desarrollarse personal y
profesionalmente, de acuerdo a la demanda del sector socio productivo;
Que, asimismo, la mencionada Gerencia Operativa propicia la implementación del
referido Desarrollo de Diseño Curricular en las escuelas técnicas, de la modalidad de
Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario de la Dirección Educación
Técnica, dependiente de la Dirección General Educación de Gestión Estatal de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y de la Dirección General Educación de
Gestión Privada;
Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del
Aprendizaje, las Direcciones Generales Educación de Gestión Privada y Educación de
Gestión Estatal, la Dirección Educación Técnica y la Gerencia Operativa de Innovación
y Contenidos Educativos tomaron intervención en el marco de sus respectivas
competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el "Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional del Segundo
Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario", correspondiente a la
Especialidad "Procesos Productivos Inteligentes", Título "Técnico en Procesos
Productivos Inteligentes" Sector "Control y automatismo", "Metalmecánico",
"Electromecánico", Subsector "Equipos para Procesos de Producción e
Industrialización automática seminteligente e inteligente", de conformidad con el
detalle obrante en el Anexo (IF-2026-09232808-GCABA-SSPIE), el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Autorizar la implementación del Desarrollo del Diseño Curricular aprobado
por el artículo 1° de la presente Resolución en las escuelas técnicas, de la modalidad
de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario de la Dirección Educación
Técnica, dependiente de la Dirección General Educación de Gestión Estatal de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y de la Dirección General Educación de
Gestión Privada.
Artículo 3°.- Encomendar a la Dirección General Educación de Gestión Privada y a la
Dirección Educación Técnica, dependiente de la Dirección General Educación de
Gestión Estatal, la implementación y el seguimiento del Desarrollo del Diseño
Curricular aprobado por el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Encomendar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a
través de la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos, la producción de
materiales y recursos de apoyo a la enseñanza en los Laboratorios y Talleres de la
Especialidad "Procesos Productivos Inteligentes", Título "Técnico en Procesos
Productivos Inteligentes", de acuerdo con las secciones y contenidos definidos en el
Anexo de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje, y
a las Direcciones Generales Educación de Gestión Privada y Educación de Gestión
Estatal, y para su conocimiento y demás efectos, pasar a la Dirección Educación
Técnica y a la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos. Cumplido,
archivar. Miguel