RESOLUCIÓN 1569 2026 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

CREA - FIGURA RECONOCIMIENTO CULTURAL IDENTIDAD PORTEÑA - PROGRAMAS DE GESTIÓN - DISTINCIÓN HONORÍFICA - MINISTERIO DE CULTURA - DIPLOMA DE HONOR - IDENTIDAD CULTURAL

Publicación:

01/04/2026

Sanción:

17/03/2026

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes 1.218 y

6.684, modificada por Ley 6.851; los Decretos 578/16 y 387/23; el Expediente EX-

2025-25613224-GCABA-DGTALMC, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo

32 que "La Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras. Garantiza la

democracia cultural; asegura la libre expresión artística y prohíbe toda censura; facilita

el acceso a los bienes culturales; fomenta el desarrollo de las industrias culturales del

país; propicia el intercambio; ejerce la defensa activa del idioma nacional; crea y

preserva espacios; propicia la superación de las barreras comunicacionales; impulsa la

formación artística y artesanal; promueve la capacitación profesional de los agentes

culturales; procura la calidad y jerarquía de las producciones artísticas e incentiva la

actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las manifestaciones de la cultura

popular; contempla la participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en

el diseño y la evaluación de las políticas; protege y difunde su identidad pluralista y

multiétnica y sus tradiciones";

Que la Ley de Ministerios 6.684, modificada por Ley 6.851, en su artículo 8°, determina

que cada Ministro, como integrante del Gabinete, deberá, entre otras funciones,

intervenir en la determinación de los objetivos políticos del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, así como en la asignación de prioridades y en la

aprobación de planes, programas y proyectos, y en materia de su competencia,

promover y fortalecer la iniciativa privada en función del bien común a través de la

coordinación de las funciones y acciones de sus organismos dependientes y las de

éstos con las del ámbito privado;

Que conforme lo establece el artículo 24 de la mencionada norma, corresponde a la

Ministra de Cultura, diseñar e implementar las políticas, planes y programas tendientes

a preservar y acrecentar el acervo cultural, orientar las manifestaciones artístico-

culturales promoviendo y realizando actividades de formación especializada en estas

áreas, promover las actividades culturales de interés comunitario, entre otras;

Que por Decreto 387/23 se aprueba la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, a través del Decreto 578/16 se dispuso que el Vicejefe de Gobierno, los

Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas

de gestión, en el marco de sus respectivas competencias, pudiendo a su vez delegar

en funcionarios que se desempeñen hasta el nivel de Subsecretarios de sus

respectivas estructuras organizativas, dicha facultad (v. artículos 1° y 2°);

Que la diversidad y la creatividad son pilares fundamentales de la identidad cultural de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconocidos y promovidos por el Ministerio de

Cultura en cumplimiento de sus funciones primarias;

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires posee un valioso acervo cultural, cuya

promoción y preservación son fundamentales para garantizar el acceso equitativo a la

cultura y fomentar la participación ciudadana, siendo el reconocimiento a quienes han

dejado una huella en la comunidad, en el ámbito cultural, una forma de reforzar el

sentido de pertenencia y la identidad de la Ciudad, promoviendo valores como el

mérito, el compromiso social y la excelencia;

Que el "Reconocimiento Cultural Identidad Porteña" se alinea con los principios y

objetivos establecidos en el marco normativo vigente, constituyéndose como una

herramienta ágil y efectiva para destacar a personas, colectivos, lugares, actividades y

proyectos culturales que contribuyan al enriquecimiento de la vida cultural de la

Ciudad;

Que, por lo expuesto, resulta pertinente el dictado del presente acto administrativo

destinado crear un reconocimiento específico que visibilice y valore las iniciativas

artísticas y culturales que contribuyan a fortalecer la identidad porteña, promoviendo

además la inclusión, la diversidad y el impacto social positivo en la comunidad;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en virtud de la Ley 1.218.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Crear la figura "Reconocimiento Cultural Identidad Porteña" como

distinción honorífica otorgada por el Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en el marco de las competencias propias, destinada a

destacar a personas humanas o jurídicas, colectivos, organizaciones, espacios,

proyectos, iniciativas, trayectorias u otras expresiones vinculadas con la vida cultural

de la Ciudad, que reflejen, preserven, enriquezcan o transformen su identidad cultural.

Artículo 2°.- Establecer que la distinción "Reconocimiento Cultural Identidad Porteña"

consistirá en la entrega de un diploma u otras formas simbólicas y que, para su

otorgamiento, se considerará -entre otros aspectos- el impacto social y comunitario del

proyecto, acción o trayectoria; su contribución a preservar, promover, reflexionar o

resignificar la identidad porteña, la promoción de valores como la diversidad, la

equidad, la accesibilidad y la participación ciudadana; la innovación en las prácticas

culturales; así como la trayectoria o el aporte al patrimonio y a la vida cultural de la

Ciudad.

Artículo 3°.- Los eventuales gastos operativos que demande la implementación del

reconocimiento creado por la presente Resolución se atenderán, de corresponder, con

cargo a los créditos presupuestarios vigentes.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás afectos, comunicar a las Subsecretarías y Direcciones

Generales de este Ministerio. Cumplido, archivar. Ricardes

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 1569-MC/26 crea la figura Reconocimiento Cultural Identidad Porteña como distinción honorífica otorgada por el Ministerio de Cultura , en el marco de las competencias propias, destinada a destacar a personas humanas o jurídicas, colectivos, organizaciones, espacios, proyectos, iniciativas, trayectorias u otras expresiones vinculadas con la vida cultural de la Ciudad, que reflejen, preserven, enriquezcan o transformen su identidad cultural.</p><scribe-shadow data-crx=okfkdaglfjjjfefdcppliegebpoegaii id=crxjs-ext style=position: fixed; width: 0px; height: 0px; top: 0px; left: 0px; z-index: 2147483647; overflow: visible; visibility: visible;></scribe-shadow>