DECRETO 144 2026

Síntesis:

MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - CONTROL DE GESTIÓN - CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO - MONITOREO Y SISTEMAS - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - OBRAS EN VÍAS PEATONALES - PERMISOS Y FERIAS - ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - E M U I - REGENERACIÓN URBANA - ALUMBRADO - SISTEMA PLUVIAL - COMUNICACIÓN - SECRETARÍA DE MANTENIMIENTO URBANO - PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE INTERVENCIONES URBANAS - PARQUE DE LA CIUDAD - SUBSECRETARÍA DE PAISAJE URBANO - SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL - JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - DIRECCIÓN GENERAL - SECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO URBANO - SECRETARÍA DE DEPORTES - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA DE HIGIENE - SECRETARÍA DE ORDENAMIENTO URBANO - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN OPERATIVA - SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SUR - SUBSECRETARÍA AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA - SUBSECRETARÍA DE CIUDAD INTELIGENTE - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL ORDENAMIENTO URBANO - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - ASI - INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DE LA CIUDAD - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR S A U - ENTE DE HIGIENE URBANA - AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

09/04/2026

Sanción:

08/04/2026

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684, los Decretos 684/09 y 387/23, el Expediente EX-2026-16590238-

GCABA-MEPHUGC, y

CONSIDERANDO:

Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por

objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el desarrollo de un plan

operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción

de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como en la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, que contempla en su artículo 2°, entre los ministerios del

Poder Ejecutivo, al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y a la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el

nivel de Dirección General;

Que por el Decreto 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración

Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en este sentido, resulta conveniente efectuar modificaciones a la estructura

organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de abril de 2026, la estructura organizativa del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires de acuerdo a los Anexos I - Organigrama (IF-2026-16611194-

GCABA-MEPHUGC) y II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de

Acciones (IF-2026-16608916-GCABA-MEPHUGC), los que a todos sus efectos forman

parte integrante del presente decreto, y modifican parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 2°.- Modificar, a partir del 1° de abril de 2026, la estructura organizativa de la

Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires de acuerdo a los Anexos III - Organigrama (IF-2026-16626279-GCABA-MJGGC)

y IV - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2026-

16626362-GCABA-MJGGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente decreto, y modifican parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias y la dependencia de la Dirección

General Permisos y Ferias de la Secretaria de Mantenimiento Urbano del Ministerio de

Espacio Público e Higiene Urbana, la que pasará a depender de la Subsecretaría de

Paisaje Urbano de dicha Secretaría.

Artículo 4°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Paisaje

Urbano dependiente de la Secretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de

Espacio Público e Higiene Urbana.

Artículo 5°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión

del Ordenamiento Urbano dependiente de la Secretaría de Ordenamiento Urbano de la

Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General Soporte

de Proyectos Priorizados dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Técnica,

Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente decreto.

Artículo 8°.- El presente decreto es refrendado por los Ministros de Espacio Público e

Higiene Urbana, de Hacienda y Finanzas, y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 9°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y

Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Espacio

Público e Higiene Urbana y a la Jefatura de Gabi1nete de Ministros. Cumplido,

archivar. MACRI - Baistrocchi - Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7340-Anexos I - Organigrama -Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7340- AnexoII - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción deAcciones -Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7340- Anexo III - Organigrama -Jefatura de Gabinete de Ministros

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7340- Anexo IV - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones -Jefatura de Gabinete de Ministros

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 del Decreto 144/26 modifica, a partir del 1° de abril de 2026, la estructura organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana dada por Decreto 387/23.</p><p>Artículo 2 modifica, a partir del 1° de abril de 2026, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros.</p><p>Artículo 4 modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Paisaje Urbano dependiente de la Secretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.</p><p>Artículo 5 modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión del Ordenamiento Urbano dependiente de la Secretaría de Ordenamiento Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros.</p><p>Artículo 6 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Soporte de Proyectos Priorizados dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. </p>