RESOLUCIÓN 897 2006 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Y LA COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO JUSTO DARACT LIMITADA

Publicación:

12/04/2006

Sanción:

22/03/2006

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 66-CVDexMCBA/97, y

CONSIDERANDO:

Que por el indicado Registro tramita la presentación de la empresa Integral de Gastronomia S.R.L., efectuada en su carácter de prestataria de servicios en comedores;

Que a través de la mentada actuación, y por la señalada tarea, gestionó el reconocimiento de acreencias;

Que impulsó su reclamo al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225/96;

Que en el diligenciamiento de su pretensión intervino la ex Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dicho cuerpo impuso a la petición el procedimiento previsto por el precitado acto administrativo y sus normas complementarias;

Que las dependencias requeridas produjeron los informes solicitados;

Que, según información producida por la Dirección General de Tesorería, dicha dependencia ha noticiado haber tomado conocimiento de cesiones de derechos y acciones de presuntos créditos de la reclamante;

Que el 21 de enero de 1998 la firma referida procedió a efectuar una cesión de derechos y acciones a favor de la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Justo Daract Limitada por un total de pesos noventa y un mil doscientos cuarenta y siete con setenta y siete centavos ($ 91.247,77) con relación a la Carpeta Factura N° 8.516-DGCG/97;

Que tal cesión se instrumentó conforme la correspondiente escritura puesta en conocimiento de la Dirección General de Tesorería;

Que por Anexo I de estilo se detalló la suma reconocida por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a favor de la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Justo Daract Limitada, citada supra, que deducidos pagos a cuenta efectuados asciende a pesos veintisiete mil trescientos setenta y cuatro con treinta y cuatro centavos ($ 27.374,34) como deuda posterior al 6/8/96;

Que Integral de Gastronomía S.R.L. aceptó la propuesta de pago efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pronunciándose por la ofrecida alternativa N° 3, para la deuda anterior al 6/8/96 y por la alternativa N° 2 para la posterior a la citada fecha, lo cual debe hacerse extensivo al presente caso;

Que para la deuda posterior al 6/8/96 el monto de cada obligación devengará un interés a la tasa fija del 12% efectivo anual desde el vencimiento incluido en cada uno de ellas y hasta la fecha prevista para su cancelación, conforme la aceptada alternativa N° 2, consistente en abonar la suma consignada en 24 cuotas mensuales iguales y consecutivas con vencimiento a partir del 1° de enero de 1998;

Que en consecuencia el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Justo Daract Limitada, en los términos del inciso a) del artículo 14 del Decreto N° 225/96 la suma de pesos once mil cuatrocientos noventa y siete con veintitrés centavos ($ 11.497,23), monto que resulta de aplicar sobre el valor cedido una quita del 17,4% por la readecuación de precios a los servicios prestados en comedores de promoción social;

Que el importe de deuda así determinado será abonado a los treinta días de dictada la presente, conforme lo establecido por la Resolución N° 236-SHyF-SSG/97 y que, se reitera corresponde a la Carpeta Factura N° 8.516-DGCG/97;

Que dicho monto único acumulará, sin ningún otro adicional, los montos de todas las cuotas incluidas en la opción de pago elegida que a la fecha se encuentran vencidas;

Que la metodología de cálculo se efectuará sobre la base del número de cuotas contempladas por la opción N° 2 y las mismas tendrán incorporados los intereses sobre saldos conforme al sistema francés de amortización a la tasa predeterminada;

Que el pago de marras se efectuará mediante depósito judicial a la orden del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 7, Secretaría N° 14, en los autos caratulados Integral de Gastronomía S.R.L. s/quiebra y como pertenecientes a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Justo Daract Limitada, en cumplimiento de la notificación de lo dispuesto por el aludido juzgado en auto de fecha 5 de octubre de 1999, y que fuera comunicado al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la cooperativa mentada, en su condición de cesionario aceptó que su pago se efectúe por depósito en la Cuenta L342, F° 256/2 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, correspondiente a la citada quiebra, asumiendo a su cargo y costo el posterior trámite de retiro de los fondos;

Que de dicha suma se descontará la retención de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudiera corresponder;

Que a los 20 días del mes de febrero de 2006 y conforme lo dispuesto por el art. 7° del Decreto N° 225/96, se procedió a suscribir el acta acuerdo correspondiente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y de acuerdo con lo establecido en el art. 9° del Decreto N° 225/96,

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el acta acuerdo celebrada el 20 de febrero de 2006 por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de esta Secretaría y la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Justo Daract Limitada, en su carácter de cesionario de los créditos pertenecientes a la empresa Integral de Gastronomía S.R.L. representada por el señor Ricardo Roberto Debenedetti (LE 5.186.006) la cual, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los arts. 10 y 11 del Decreto N° 225/96.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaría de Desarrollo Social, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, de Tesorería y Contaduría.

NOTA: el Anexo que forma parte integrante de la presente puede ser consultado en Avenida de Mayo 525, 3° piso, de lunes a viernes, de 10 a 16 horas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle