DISPOSICIÓN 23 2006 DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
CREA EL CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL CON DEPENDENCIA DIRECTA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO - CONSEJO ASESOR ACADÉMICO
Publicación:
18/04/2006
Sanción:
01/03/2006
Organismo:
DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la importancia de crear un Centro de Estudios que promueva, fortalezca y consolide las instituciones de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO que:
Es misión de la Defensoría defender, proteger y promover los derechos humanos y demás derechos y garantías e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás leyes fundamentales, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración, prestadores de servicios públicos y de las fuerzas que ejerzan funciones de policía de seguridad local;
Asimismo se encuentran comprendidos en esta tutela los actos de naturaleza administrativa del Poder Judicial, Poder Legislativo y los órganos de control;
El cumplimiento de dicha misión está ligado indisolublemente con el conocimiento exhaustivo e integral de las políticas públicas que aplican los poderes de la Ciudad y, en su caso, el sector privado;
Tales conocimientos deben complementarse con los marcos históricos, geográficos, de modernas técnicas de gerenciamiento estatal y conducción de equipos, incluyendo las tecnologías de la información a fin de dotar a los agentes del sistema estatal de un bagaje de saberes y herramientas que optimicen su gestión;
Para la consecución de dicho objetivo es necesario conformar un ámbito de estudio, investigación, seguimiento, evaluación y propuestas de políticas públicas, locales y comparadas, aplicadas y/o aplicables en la Ciudad de Buenos Aires;
Todo ello hace no sólo a un más eficaz control de la administración pública sino también a la conformación de un sistema orgánico de garantías a fin de que las normas constitucionales tengan efectiva y permanente vigencia real;
Por todo ello se conforma un centro que no tan sólo capacite al personal propio sino que también pueda firmar convenios con otros entes o instituciones de capacitación así como brindar la propia abiertamente a todos los agentes del sistema estatal que se interesen. En consecuencia se estima conveniente la apertura en la elaboración de contenidos hacia un conjunto de académicos o especialistas que a través de la interacción multidisciplinaria enriquezcan las iniciativas,
Dicho Centro de Estudios para el Fortalecimiento Institucional pasará a llevar a cabo las funciones de la Oficina de Investigación y Capacitación prevista en la Disposición N° 24/05 y coordinará sus acciones con las Áreas y Oficinas del Organismo a través de una Secretaría Ejecutiva con dependencia directa del Defensor/a;
Por todo ello,
Artículo 1° - Créase el Centro de Estudios para el Fortalecimiento Institucional (CEFI), con dependencia directa del Defensor/a, cuyas misiones y funciones como Anexo forman parte de la presente disposición a todos sus efectos, el que a los fines administrativos tendrá la jerarquía de Área.
Artículo 2° - Créase el Consejo Asesor Académico, en el ámbito del Centro de Estudios para el Fortalecimiento Institucional el que se constituirá con personalidades relevantes. El desempeño de sus integrantes será ad-honorem.
Artículo 3° - Modifíquense los Anexos I y II de la Disposición N° 24/05 del 30/3/05, publicada en el B.O. N° 2176, del 24/4/05.
Artículo 4° - Intégrese al CEFI la responsabilidad primaria y acciones de la Oficina de Investigación y Capacitación creada por la disposición nombrada en el artículo precedente y aféctese al mismo su personal y equipamiento.
Artículo 5° - Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.