RESOLUCIÓN 1 2026 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
APRUEBA TRASPASO - MUSEO DE BELLAS ARTES DE LA BOCA DE ARTISTAS ARGENTINOS BENITO QUINQUELA MARTÍN- ÓRBITA DE LA DIRECCIÓN GENERAL ESCUELA ABIERTA A LA COMUNIDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - ÓRBITA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO - SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO Y DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
22/04/2026
Sanción:
10/04/2026
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: la Ley Nacional 24.049, las Leyes 1.227, 6.463 y 6.684 los Decretos 387/23 y
134/26, las Resoluciones 2879-MEDGC/18 y 2786-MEDG/24, el Expediente
Electrónico 15676215-GCABA-DGEAC/26 y,
CONSIDERANDO:
Que el Museo de Bellas Artes de La Boca de Artistas Argentinos "Benito Quinquela
Martín" fue creado a partir de una donación del inmueble sito en la Avenida Pedro de
Mendoza 1835, al entonces Consejo Nacional de Educación con el cargo de que dicho
predio fuera destinado a la creación de una escuela primaria y un museo de arte;
Que en el inmueble referido funciona el citado museo, conjuntamente con la Escuela
Primaria Común N° 9 "Benito Quinquela Martín", el Jardín de Infantes Integral N° 1
"Benito Quinquela Martín" y la Escuela Técnica N° 31 "Maestro Quinquela";
Que mediante la Ley Nacional 24.049, se autorizó al Poder Ejecutivo Nacional a
transferir, a partir del 1° de enero de 1992, a las provincias y a la entonces
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, los servicios educativos administrados en
forma directa por el entonces Ministerio de Cultura y Educación y por el Consejo
Nacional de Educación Técnica, así como también las facultades y funciones sobre los
establecimientos privados reconocidos, en las condiciones que prescribe la citada
norma;
Que la citada transferencia incluyó los servicios educativos comprendiendo los bienes
libres de todo gravamen actualmente afectados al entonces Ministerio de Cultura y
Educación y al Consejo Nacional de Educación Técnica, entre los cuales se
encontraba el Museo de Bellas Artes de La Boca de Artistas Argentinos "Benito
Quinquela Martín";
Que mediante la Ley 6.463 se declaró bien integrante del Patrimonio Cultural de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires al pasaje cultural Caminito, en conjunto con las
obras de arte, esculturas y relieves allí emplazados, estableciéndose el cargo de la
preservación, salvaguarda, protección, promoción y difusión de dichos bienes, a través
del Museo de Bellas Artes de La Boca de Artistas Argentinos `'Benito Quinquela
Martín'' de conformidad con los términos de la Ley 1.227;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la cual dispone que el Jefe de Gobierno es asistido en el
ejercicio de sus funciones por los Ministros, entre los que se contempla al Ministerio de
Educación y al Ministerio de Cultura;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánica funcional de las Unidades
de Organización dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Dirección General Escuela Abierta a
la Comunidad y a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico,
dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural, bajo la órbita del
Ministerio de Educación y del Ministerio de Cultura, respectivamente;
Que mediante la Resolución 2786-MEDGC/24 se estableció que el Museo de Bellas
Artes de La Boca de Artistas Argentinos "Benito Quinquela Martín" pase a depender
funcionalmente de la Dirección General Escuela Abierta a la Comunidad, dependiente
de la Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje del Ministerio de Educación;
Que por el Decreto 134/26, se modificó la estructura organizativa del Ministerio de
Cultura, junto con sus responsabilidades primarias y objetivos; estableciéndose entre
las competencias de la Dirección General de Patrimonio, Museos, y Casco Histórico la
de articular las acciones para la preservación, salvaguarda, protección, promoción y
difusión de los bienes integrantes del patrimonio cultural de los bienes establecidos en
la Ley 6.463, a través del Museo de Bellas Artes de La Boca de Artistas Argentinos
"Benito Quinquela Martín;
Que asimismo, el referido Decreto contempló la dependencia de la Dirección Museo
Benito Quinquela Martín respecto de la citada Dirección General, asignándose la
misión de diseñar, administrar, programar, difundir, promover y fiscalizar las
actividades del museo conforme a los lineamientos establecidos por aquella; de
planificar, definir estrategias, establecer metas, elaborar programas, pronósticos y
estimaciones para la adquisición de bienes y la administración, preservación,
promoción y difusión del patrimonio del museo; así como de coordinar con la Gerencia
Operativa Museos las acciones destinadas a la preservación de las colecciones,
aplicando las medidas preventivas de conservación, seguridad y mantenimiento;
Que, en función de las competencias asignadas a la Dirección General de Patrimonio,
Museos y Casco Histórico, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo
Cultural del Ministerio de Cultura, resulta oportuno disponer el traspaso del Museo de
Bellas Artes de La Boca de Artistas Argentinos "Benito Quinquela Martín" a dicha
Dirección General, en concordancia con lo establecido en el art. 2 del Decreto 134/26,
que prevé que el Ministerio de Cultura, en conjunto con el Ministerio de Educación,
determinarán las condiciones para su efectivo traspaso;
Que en ese sentido, resulta necesario establecer lo inherente a los aspectos
operativos del traspaso del Museo de Bellas Artes de La Boca de Artistas Argentinos
"Benito Quinquela Martín", incluyendo la transferencia del inventario de los bienes
muebles y del patrimonio artístico perteneciente al mismo, así como la continuidad
funcional del personal que allí presta tareas en el ámbito de la Dirección General de
Patrimonio, Museos y Casco Histórico, con pleno resguardo de su situación de revista,
antigüedad y niveles salariales;
Que por Resolución 2879-MEDGC/18 se reconoció a la "Asociación Cooperadora del
Museo de Bellas Artes de La Boca de Artistas Argentinos Benito Quinquela Martín" en
el marco de la Ordenanza N° 35.514 de Asociaciones Cooperadoras y que en virtud
del traspaso dispuesto, resulta oportuno que dicha entidad acompañe el cambio de
dependencia orgánica, integrándose a la órbita del Ministerio de Cultura, a fin de
garantizar la unidad de gestión y la debida fiscalización por parte de la autoridad
respectiva, conforme a la normativa vigente en dicho ámbito;
Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y la Dirección General Escuela Abierta a
la Comunidad del Ministerio de Educación, la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo
Cultural y la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico del Ministerio
de Cultura y la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas
competencias;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación y la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura
intervinieron en el marco de sus respectivas competencias.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el traspaso del Museo de Bellas Artes de La Boca de Artistas
Argentinos "Benito Quinquela Martín" desde la órbita de la Dirección General Escuela
Abierta a la Comunidad del Ministerio de Educación a la órbita de la Dirección General
de Patrimonio, Museos, y Casco Histórico dependiente de la Subsecretaría de
Patrimonio y Desarrollo Cultural del Ministerio de Cultura.
Artículo 2°.- Establecer que el Ministerio de Cultura asumirá la gestión administrativa,
operativa y técnica del Museo, incluyendo la conservación, restauración y exhibición
de la colección de las obras de arte, esculturas y relieves, así como la programación
cultural y la atención al público. Asimismo, quedará bajo la órbita de dicha cartera lo
relativo a la seguridad y vigilancia, limpieza y el mantenimiento edilicio de los sectores
destinados al funcionamiento del Museo.
Artículo 3°.- Establecer que la Asociación Cooperadora Museo de Bellas Artes de La
Boca de Artistas Argentinos "Benito Quinquela Martín", quedará bajo la órbita y
supervisión del Ministerio de Cultura, debiendo iniciar el proceso de adecuación al
encuadre normativo previsto para las entidades de apoyo a instituciones culturales. El
Ministerio de Educación efectuará la transferencia de los legajos, antecedentes y
estados contables de la mencionada entidad al Ministerio de Cultura. A tal efecto, se
requerirá a las autoridades de la Cooperadora que, en un plazo de treinta (30) días,
presenten ante la nueva autoridad de aplicación la documentación institucional y
contable actualizada a los fines de su regularización y eventual reconversión.
Artículo 4°.- Establecer que dentro de los diez (10) días de la entrada en vigencia de la
presente, la Dirección General Escuela Abierta a la Comunidad del Ministerio de
Educación y la Dirección General de Patrimonio, Museos, y Casco Histórico
dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural del Ministerio de
Cultura, elaborarán un inventario integral de los bienes muebles, obras de arte y
objetos históricos que conforman la colección del Museo "Benito Quinquela Martín", el
cual deberá ser refrendado por ambas carteras ministeriales a los fines del respectivo
traspaso.
Artículo 5°.- Articular con el Ministerio de Hacienda y Finanzas la transferencia del
personal que revista tareas exclusivamente en el Museo, las transferencias
patrimoniales y adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para dar
cumplimiento a la presente Resolución en el ejercicio fiscal correspondiente.
Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico dependiente de la
Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo Cultural y a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, a la Dirección General Escuela Abierta
a la Comunidad del Ministerio de Educación, y a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar.
Miguel - Ricardes