DISPOSICIÓN 320 2006 DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APRUEBA EL PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN DE TERCERA EDAD - GERIÁTRICOS - CREACIÓN DE PROGRAMAS - COORDINADORA - SANDRA GARCÍA TABOADA - FM N° 288.277 - HABILITACIÓN - CONTROL
Publicación:
21/04/2006
Sanción:
06/04/2006
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Visto la Ley N° 661, su modificatoria Ley N° 1.003 y el Decreto N° 1.076/05, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 153 (Ley Básica de Salud) en su art. 1° establece el derecho a la salud integral de las personas;
Que la citada ley en su art. 41 atribuye como funciones de la autoridad de aplicación las de regulación y fiscalización en los subsectores de la seguridad social y privado;
Que el Decreto N° 1.076/05 reglamenta la Ley N° 661 y su modificatoria Ley N° 1.003, teniendo por finalidad la regulación de la actividad de los establecimientos residenciales y otros servicios de atención gerontológico;
Que en virtud del art. 4° del Anexo I del citado decreto reglamentario se ha creado la Unidad de Gestión de Control y Registro de establecimientos residenciales para personas mayores en el ámbito de la Dirección General de la Tercera Edad, dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social;
Que el citado decreto en el art. 5°, inciso c) enuncia disponer los controles respectivos en los establecimientos residenciales, se encuentren éstos registrados o no, realizando una verificación sistemática de las condiciones impuestas por la normativa vigente. La Secretaría de Salud asiste a través de sus áreas competentes las acciones dirigidas a la evaluación de los establecimientos en los aspectos referidos a la atención sanitaria;
Que por lo anteriormente expuesto y con el objeto de ejecutar la programación emanada de la referida Unidad de Control y Registro, correspondería integrar un equipo de profesionales a los efectos de la evaluación de la atención sanitaria de los establecimientos de referencia;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Apruébese el Programa de Fiscalización de Tercera Edad, perteneciente a la Dirección General de Regulación y Fiscalización, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y cuyos lineamientos obran en Anexo adjunto que forma parte de esta disposición.
Artículo 2° - Encomiéndese a la licenciada Sra. Sandra García Taboada, F.M. N° 288.277, la coordinación del programa aprobado por el artículo 1°, sin que esto implique mayor erogación para el erario público.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Desarrollo Social, a la Secretaría de Seguridad y a la Secretaría de Jefe de Gabinete. Cumplido, archívese.
ANEXOS
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