ORDENANZA 39909 1984
Síntesis:
SE TRANSFORMA EL CENTRO DE SALUD N° 3 EN CENTRO DE SALUD Y ACCIÓN COMUNITARIA - BARRIO GRAL. SAVIO I Y II
Publicación:
14/09/1984
Sanción:
23/08/1984
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
11/09/1984
El Honorable Concejo Deliberante
de la Ciudad de Buenos Aires
Sanciona con Fuerza de
Artículo 1° - Transfórmase el Centro de Salud N° 3 ubicado en el Barrio General Savio I y II, en Centro de Salud y Acción Comunitaria, conforme a la organización dispuesta en la Ordenanza N° 39.764 (B.M. N° 17.250) incluyendo además de las prestaciones actuales, las siguientes especialidades: Materno-Infantil, Nutrición, Odontología, Salud Mental con equipo multidisciplinario, Prevención de Toxicomanía y Alcoholismo, Control de Enfermedades Transmisibles, Educación para la Salud y Saneamiento Ambiental, aplicándose para este Centro el régimen horario previsto en la Ordenanza N° 39.775 (B.M. N° 17.262).
Art. 2° - Los gastos que demande el cumplimiento de la siguiente ordenanza, serán imputados a las respectivas partidas del presupuesto vigente, debiendo propiciar oportunamente el Departamento Ejecutivo las modificaciones que resulten necesarias.
Art. 4° - Comuníquese, etcétera.
Art. 3° - El Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante en un plazo de noventa (90) días sobre el cumplimiento de esta ordenanza.