RESOLUCIÓN 4928 2026 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

ESTABLECE - CARRERAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA, ESPAÑA - OTORGUEN PUNTAJE - ORDENANZA 40593/85 - ESTATUTO DEL DOCENTE - CARRERAS UNIVERSITARIAS

Publicación:

29/04/2026

Sanción:

22/04/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


VISTO: la Ordenanza 40.593/85, la Ley 6.684 y su modificatoria (textos consolidados

por la Ley 6.764), los Decretos 611/86 y sus modificatorios, 387/23 y sus

modificatorios, el Expediente EX-2026-13955767-GCABA-DGCDO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

el Ministerio de Educación, entre otros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplando a esta

Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, bajo la órbita del Ministerio de

Educación;

Que por la Ordenanza 40.593/85 se aprobó el Estatuto del Docente por medio del cual

se determinan los deberes y derechos del personal docente que presta servicios en los

organismos dependientes del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el artículo 16 de la citada Ordenanza establece que las normas de procedimiento

y el análisis para efectuar el otorgamiento de puntaje para los concursos de ingreso de

acuerdo a la valoración efectuada por la autoridad competente, se regirán por lo que

se establezca en la reglamentación de dicho artículo;

Que el artículo 17 del Anexo I del Decreto 611/86, reglamentario de la Ordenanza

40.593/85 establece que los títulos de carreras de posgrado, maestrías y doctorados

específicos de educación, otorgados por instituciones universitarias, de gestión estatal

o privada oficialmente reconocidas, serán considerados y valorados, previa

intervención de la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de

Capacitación y Perfeccionamiento Docente;

Que, asimismo, el artículo 66 del reglamento establece que los listados de aspirantes

a interinatos y suplencias, deben confeccionarse según las disposiciones de los

artículos 14, 15, y 17 del Anexo I Decreto 611/86, reglamentarios de los artículos 13,

14 y 16 de de la Ordenanza 40.593/85;

Que la Universidad Internacional de La Rioja, España, y esta Subsecretaría

Planeamiento e Innovación Educativa suscribieron un Convenio de Colaboración,

registrado bajo RL 55889696/25, con el objetivo de establecer un marco general de

colaboración en los ámbitos de la formación, la transferencia tecnológica, el

intercambio de experiencias y cualquier otra actividad en el ámbito de interés común;

Que, en este marco, la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de

Capacitación y Perfeccionamiento Docente procedió a evaluar y calificar las carreras

de posgrado presentadas por la Universidad Internacional de La Rioja, en virtud de sus

respectivos planes de estudio;

Que la Dirección General Carrera Docente prestó conformidad a los resultados de la

evaluación y calificación aludidas y propicia, en consecuencia, el dictado del acto

administrativo pertinente por medio de cual se otorgue puntaje a las carreras de

posgrado enumeradas en el Anexo (IF-2026-13999950-GCABA-DGCDO), de

conformidad a lo allí indicado;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado intervención en el marco de su

competencia.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer que las carreras de posgrado de la Universidad Internacional

de la Rioja, España, nominadas en el Anexo (IF-2026-13999950-GCABA-DGCDO),

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, otorguen

puntaje en los términos del artículo 16 de la Ordenanza 40.593/85 y su

reglamentación, de acuerdo a la valoración allí consignada.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Direcciones Generales Carrera Docente, y Personal Docente y No Docente, y a la

Gerencia Operativa Clasificación y Disciplina Docente. Cumplido, archivar. Ghillione


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7356

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución 4928-SSPIE/26 establece que las carreras de posgrado de la Universidad Internacional de la Rioja, España otorguen puntaje en los términos del artículo 16 de la Ordenanza 40.593.</p>