DISPOSICIÓN 2 2026 DIRECCION GENERAL COORDINACION LEGAL
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE IMPLEMENTACIÓN - PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA PUBLICACIÓN DEL BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL - FALLAS TÉCNICAS - BOLETINES OFICIALES - SEPARATAS
Publicación:
30/04/2026
Sanción:
29/04/2026
Organismo:
DIRECCION GENERAL COORDINACION LEGAL
VISTO: la Ley 6.684, el Decreto 387/23, la Resolución 330/SECLYT/24, el Expediente
EX-2026-20253260-GCABA-DGCLE, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la que contempla, entre las Secretarías dependientes del
Poder Ejecutivo, a la Secretaría Legal y Técnica;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual
contempla a esta Dirección General Coordinación Legal dependiente de la
Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, bajo la órbita de la referida Secretaría;
Que la precitada norma dispone que esta Dirección General posee entre sus
responsabilidades primarias a las de entender en la organización, actualización y
administración del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, como así también,
coordinar las actividades del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y controlar la
publicación en tiempo y forma de las leyes, reglamentos, edictos, comunicados,
avisos, actos administrativos y demás actos emitidos por los distintos órganos y entes
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, conforme corresponda;
Que, asimismo, el mentado Decreto contempla la dependencia funcional de la
Gerencia Operativa Boletín Oficial bajo la órbita de esta Dirección General;
Que, por su parte, por la Resolución 330/SECLYT/24 se aprobaron las "Pautas de
publicación del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", las que como
Anexo I forman parte integrante de la misma;
Que, entre dichas pautas, se contempló que en caso de que por razones operativas o
técnicas, falla en los sistemas u otras, resulte imposible realizar la publicación del
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en el sitio web oficial del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires https://boletinoficial.buenosaires.gob.ar/, se
procederá a publicar el Boletín del día -con el mismo carácter e iguales efectos- en el
sitio web alternativo que establezca la Dirección General de Coordinación Legal de la
Secretaría Legal y Técnica;
Que, en ese orden de ideas, la previsión de un sitio de contingencia permite asegurar
la publicidad de los contenidos que se cursan por el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires, garantizando la seguridad jurídica y la previsibilidad del sistema;
Que, en ese marco, la Gerencia Operativa Boletín Oficial elevó para consideración de
esta instancia el Procedimiento de implementación del Plan de Contingencia para la
publicación del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, que como Anexo I (IF-
2026-20314687-GCABA-DGCLE) forma parte integrante de la presente;
Que la Gerencia Operativa Procesos y Proyectos Tecnológicos ha tomado la
intervención de su competencia;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar el Procedimiento de
implementación del Plan de Contingencia para la publicación del Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 387/23 y la Resolución
330/SECLYT/24,
Artículo 1°.- Aprobar el Procedimiento de implementación del Plan de Contingencia
para la publicación del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, el que como
Anexo I (IF-2026-20314687-GCABA-DGCLE) forma parte integrante de la presente
Disposición.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones Generales y Organismos
Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Agencia de Sistemas de Información y a la
Gerencia Operativa Procesos y Proyectos Tecnológicos de la Secretaría Legal y
Técnica para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Jalil