RESOLUCIÓN 44 2026 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTÍCULO 7° DE LA RESOLUCIÓN 44/FG/26 DEJA SIN EFECTO PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN 54/FG/22 DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL - DEJA SIN EFECTO - PARCIALMENTE - RESOLUCIÓN FG 15/24 - ASIGNA - DESIGNA - FISCALES - FISCALÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FISCALÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - MARIELA PAOLA DE MINICIS - UNIDAD DE FLAGRANCIA - UNIDAD FISCAL NORTE - NORBERTO ALEJANDRO BROTTO - RODRIGO MANUEL PAGANO MATA - SEBASTIÁN RUBÉN STOPPANI - MARIANO MARTÍN PETROSELLI ACEVEDO - UNIDAD FISCAL ESTE - MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - LEANDRO GALVAIRE
Publicación:
04/05/2026
Sanción:
28/04/2026
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, las facultades previstas en la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 1903),
las Resoluciones FG Nros. 28/2020, 130/2020, 34/2021, 54/2021, 54/2022, 108/2022,
33/2023, 12/2024, 15/2024, 24/2025 y 23/2026; y la Actuación Interna N° 30-00111962
del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de la Fiscalía General, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
reconoce la autonomía funcional y autarquía del Ministerio Público, concepto
receptado por la Ley N° 1903.
Entre las funciones encomendadas al Ministerio Público en la norma constitucional,
hallamos que el artículo 125 dispone la de "promover la actuación de la Justicia en
defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad, conforme a los
principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica".
Por su parte, el artículo 3° de la Ley Orgánica del Ministerio Público (N° 1903),
establece que "el gobierno y administración del Ministerio Público estarán a cargo de
sus titulares"; mientras que el artículo 17°, en su inciso 7°, señala que es competencia
de esa Institución "...asegurar la normal prestación de la función judicial y velar por el
efectivo cumplimiento del debido proceso legal".
En relación a sus respectivas facultades de gobierno, el inciso 7° del artículo 22 de la
citada Ley Orgánica prevé, como atribuciones y deberes de cada titular del Ministerio
Público, la de: "...Reorganizar la estructura interna y realizar las reasignaciones del
personal dentro del Ministerio Público de acuerdo con las necesidades del servicio".
Finalmente, entre las facultades del Fiscal General se encuentra la de "disponer la
cobertura interina de los cargos de Fiscales en caso de licencia, impedimento o
vacancia"; ello, conforme lo establece el inciso 6° del artículo 18 de la Ley N° 1903.
Que, mediante el artículo 1° de la Resolución FG N° 23/2026 se designó, a partir del
1° de mayo del corriente año, al Dr. Norberto Alejandro Brotto -titular de la Fiscalía de
Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 2- como Fiscal de
Cámara de la Unidad Fiscal Norte; circunstancia que obliga a disponer lo necesario en
orden a las funciones que el nombrado dejará de cumplir a partir de dicha fecha, tanto
como responsable de Fiscalía mencionada como así también en el rol de Fiscal
Coordinador de la Unidad de Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal Norte.
En ese orden de ideas, y conforme las potestades legales fijadas al suscripto en torno
a la reasignación de los recursos para garantizar la normal prestación del servicio de
justicia, se dispondrá que sea la Dra. Mariela Paola De Minicis, actualmente a cargo
de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22, la
que pase a desempeñarse como Fiscal a cargo de la Fiscalía de Primera Instancia en
lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 2, a partir de la fecha indicada en el párrafo
anterior.
Al mismo tiempo, se designará a la Dra. De Minicis como Fiscal Coordinadora de la
Unidad de Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal Norte a partir del 1° de mayo
de 2026 -sin perjuicio de mantener sus funciones como titular de la Fiscalía aludida en
el párrafo anterior y de la competencia especial que asumirá conforme se detallará a
continuación- y, en consecuencia, cesará en ese mismo momento en la misma función
que lleva adelante en la Unidad de Flagrancia Oeste.
Cabe señalar, además, que la nombrada magistrada -como actual titular de la Fiscalía
de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22- se encuentra a
cargo de la investigación de los casos vinculados a la comisión de delitos perpetrados
por funcionarios público locales. Con el fin de brindar continuidad a la labor que la Dra.
Mariela Paola De Minicis viene desarrollando en esa temática, a partir del 1° de mayo
de 2026 la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de faltas N° 2
pasará a tomar intervención en ese tipo de casos en reemplazo de la dependencia
mencionada en primer término.
A esos fines, corresponde dejar sin efecto parcialmente los términos del artículo 1° de
la Resolución FG N° 15/2024, en lo que respecta a la intervención de la mencionada
Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22.
Con respecto a las investigaciones que se iniciaron en punto a la especialización de
los cometidos por funcionarios públicos, se ordenará que aquellas que aún se
encuentren en trámite al 1° de mayo del año en curso en la Fiscalía de Primera
Instancia en lo Penal, Contravencional y de faltas N° 22, pasarán a tramitar en la
Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 2.
En relación a esto último se dará intervención a la Oficina de Sistemas Informáticos y
Modernización, dependiente de la Secretaría de Coordinación Administrativa, a los
efectos de proceder a la migración de los casos relacionados con la competencia
especial de los delitos cometidos por funcionarios públicos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en favor de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional
y de Faltas N° 2.
Que, en virtud de los cambios reseñados en el apartado anterior se ordenarán las
medidas tendientes a la reorganización de las oficinas judiciales sobre las cuales
tienen impacto las modificaciones introducidas.
En esa línea, habrá de asignarse al Dr. Norberto Alejandro Brotto -actualmente a cargo
de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 2- la
titularidad de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas
N° 22 a partir del 1° de mayo del corriente año. Ello, sin perjuicio de la vigencia de la
licencia extraordinaria por ejercicio transitorio de otro cargo que se le otorgara al
nombrado magistrado para ejercer el rol de Fiscal de Cámara, conforme lo dispuesto
en el artículo 2° de la Resolución FG N° 23/2026.
Habida cuenta los cambios en la titularidad de las Fiscalías de Primera Instancia en lo
Penal, Contravencional y de Faltas N° 2 y 22, se encomendará a la Dirección de
Recursos Humanos del Ministerio Público Fiscal el análisis correspondiente a la
conformación de los equipos de trabajo de ambas dependencias a partir de la fecha
señalada.
Por otra parte, resulta necesario cubrir el rol de Fiscal Coordinador de la Unidad de
Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal Oeste que dejará de cumplir la Dra. De
Minicis conforme lo expresado en el apartado II de la presente resolución.
Sobre ello, será el Dr. Rodrigo Manuel Pagano Mata, titular de la Fiscalía de Primera
Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 24, quien será designado como
Fiscal Coordinador de la Unidad de Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal
Oeste, a partir del 1° de mayo de 2026; ello sin perjuicio de continuar desarrollando su
labor a cargo de la Fiscalía de Primera Instancia antes señalada.
Que, corresponde en este estado de cosas disponer la cobertura interina de la Fiscalía
de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22, en razón de la
licencia extraordinaria por ejercicio transitorio de otro cargo que se concediera a su
titular -Dr. Norberto Alejandro Brotto- a partir del 1° de mayo del corriente año.
En el marco de las facultades previstas en el inciso 6° del artículo 18 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 1903), se dispondrá que sea el Dr. Sebastián
Rubén Stoppani, actual Auxiliar Fiscal de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 8, quien asuma la función de Fiscal en la Fiscalía de
Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22 de manera interina,
desde la fecha indicada en el párrafo anterior y hasta el 31 de diciembre de 2026.
Vale señalar aquí que el nombrado viene desempeñando el rol de Auxiliar Fiscal
desde hace casi cinco (5) años, y que posee los antecedentes académicos y la
experiencia laboral suficiente para llevar adelante la función de Fiscal.
Que, conforme lo desarrollado en el apartado anterior, corresponde disponer lo
necesario para proceder al reemplazo del Dr. Stoppani en la función de Auxiliar Fiscal.
Cabe recordar, que mediante la sanción de la Ley N° 6285 se incluyó la figura de
los/las auxiliares fiscales en la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 1903), con
el objetivo de dotar a esta institución de herramientas idóneas para hacer frente a los
desafíos que propone el incremento de las competencias penales (ver arts. 38 y 39).
Conforme a las potestades reglamentarias atribuidas al Fiscal General en la
mencionada ley, se aprobó el correspondiente Reglamento de Auxiliares Fiscales del
Ministerio Público Fiscal (ver Resoluciones FG Nros. 28/2020 y 33/2023) y, en base a
los requisitos legales y las pautas allí establecidas, se llevaron adelante los
respectivos procesos de selección de los funcionarios interesados en desarrollar ese
rol (ver Resoluciones FG Nros. 130/2020, 34/2021, 54/2021 y 108/2022).
El Dr. Mariano Martín Petroselli Acevedo, que actualmente se desempeña como
Secretario de Primera Instancia en la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas
N° 8, cumple con los requisitos exigidos para ser designado Auxiliar Fiscal en
reemplazo del Dr. Stoppani -aunque, para cumplir dicha función en la Unidad de
Flagrancia de la Unidad Fiscal Este- y se encuentra inscripto en el listado único de
aspirantes aprobado en el Anexo II de la Resolución FG N° 108/2022; razón por la cual
se procederá a su designación en los términos de los artículos 38 y 39 de la Ley N°
1903.
Finalmente, en atención a lo descripto hasta aquí, y por razones funcionales, resulta
esta la oportunidad adecuada para disponer el pase del Dr. Leandro Galvaire -actual
Auxiliar Fiscal de la Unidad de Flagrancia Este- a la Unidad de Flagrancia
correspondiente a la Unidad Fiscal Norte, a partir del 1° de mayo de 2026.
Que, debido a los cambios y la reasignación de funciones de diferentes magistrados
que integran este Ministerio Público Fiscal resulta necesario estipular modificaciones
en la modalidad de trabajo de algunas dependencias, a fin de garantizar la continuidad
de un servicio de justicia efectivo y eficaz.
En este sentido, el abordaje de la problemática vinculada a la provisión ilegal de armas
de fuego, asignado exclusivamente a la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 24 a cargo del Dr. Pagano Mata -cf. artículo 1° de la
Resolución FG N° 54/2022-, será dejado sin efecto a partir del 1° de mayo de 2026.
Esa conflictividad será tratada a la luz de la complejidad que sus características
propias evidencian y, por ello, a partir de la fecha indicada, la dependencia
especializada en delitos que para su dilucidación se exige una investigación de
carácter compleja (Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 35, a cargo de la Dra. Celsa Victoria Ramírez) tomará intervención en esta
clase de sucesos, bajo los mismos lineamientos y parámetros de trabajo expuesto en
la mentada Resolución FG N° 54/2022.
De esta manera, el tratamiento de los conflictos derivados del aprovisionamiento ilícito
de armas de fuego y sus derivaciones se suma al bloque de delitos y contravenciones
cuya investigación y tratamiento fue considerada de alta complejidad en el marco de la
Resolución FG N° 12/2024.
En cuanto a los casos que se encuentren en trámite ante la Fiscalía de Primera
Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 24 en razón de su
especialización en esta materia al 1° de mayo de 2026, su investigación pasará a
conocimiento de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 35 -para lo cual se encomendará la correspondiente migración en el sistema
informático- y, a su vez, se dará intervención a la Dirección de Recursos Humanos
para que el personal asignado a aquella dependencia en función de la competencia
específica sea reubicado en función de lo aquí señalado.
Que, ha tomado intervención de su competencia el Departamento de Presupuesto
mediante Nota DP N° 1092/2026.
Que, por su parte, hizo lo propio el Departamento de Asuntos Jurídicos, mediante la
emisión del Dictamen DAJ N° 595/2026, no oponiendo reparos jurídicos a la
suscripción del presente.
Por todo ello, conforme las facultades atribuidas en los artículos 124 y 125 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las potestades fijadas en el
marco de la Ley Orgánica del Ministerio Público (1903) y lo previsto en la Resolución
FG N° 19/2026,
Artículo 1°.- Asignar a la Dra. Mariela Paola De Minicis (Legajo N° 1559), actualmente
a cargo de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°
22, la titularidad de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 2, a partir del 1° de mayo del corriente año; y hacer cesar a la nombrada
magistrada en su función de Fiscal Coordinadora de la Unidad de Flagrancia
correspondiente a la Unidad Fiscal Oeste desde la fecha indicada.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto parcialmente, a partir del 1° de mayo de 2026, lo
dispuesto en el artículo 1° de la Resolución FG N° 15/2024; y disponer que desde esa
fecha la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 2
reemplace a la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas
N° 22 en la asignación de la competencia especial y exclusiva para intervenir en los
casos en los que se investigue la posible comisión de un delito cometido por un
funcionario público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo los lineamientos y
alcances establecidos en la mencionada Resolución FG N° 15/2024.
Artículo 3°.- Designar a la Dra. Mariela Paola De Minicis (Legajo N° 1559) como Fiscal
Coordinadora de la Unidad de Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal Norte a
partir del 1° de mayo de 2026, en reemplazo del Dr. Norberto Alejandro Brotto; sin
perjuicio de mantener la nombrada las competencias y funciones señaladas en los
artículos precedentes.
Artículo 4°.- Disponer que los casos que a la fecha indicada en el artículo 2° se
encuentren en trámite ante la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 22, en función de la competencia especial y exclusiva
para intervenir en los supuestos en los que se investigue la posible comisión de un
delito cometido por un funcionario público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
pasen a tramitar ante la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y
de Faltas N° 2.
Artículo 5°.- Asignar al Dr. Norberto Alejandro Brotto (Legajo N° 337), actualmente a
cargo de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°
2, la titularidad de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 22, a partir del 1° de mayo del corriente año; sin perjuicio de la vigencia de la
licencia extraordinaria por ejercicio transitorio de otro cargo que se le otorgara al
nombrado para ejercer el rol de Fiscal de Cámara, conforme lo dispuesto en el artículo
2° de la Resolución FG N° 23/2026.
Artículo 6°.- Designar al Dr. Rodrigo Manuel Pagano Mata (Legajo N° 5585) como
Fiscal Coordinador de la Unidad de Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal
Oeste, a partir del 1° de mayo de 2026, en reemplazo de la Dra. Mariela Paola De
Minicis; ello sin perjuicio de mantener sus competencias como titular de la Fiscalía de
Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 24.
Artículo 7°.- Dejar sin efecto parcialmente la Resolución FG N° 54/2022 y establecer
que, a partir del 1° de mayo de 2026, en la competencia especial y exclusiva para la
investigación de los delitos vinculados al aprovisionamiento ilegal de armas y de otros
casos que involucren armas de fuego y/o delitos conexos al supuesto de provisión o
suministro pasará a tomar intervención la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 35, especializada en la investigación de delitos
complejos, en los mismos términos señalados en la mentada resolución.
Artículo 8°.- Disponer que los casos que a la fecha indicada en el artículo anterior se
encuentren en trámite ante la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 24, en función de la competencia especial y exclusiva
para la investigación de los delitos vinculados al aprovisionamiento ilegal de armas y
de otros casos que involucren armas de fuego y/o delitos conexos al supuesto de
provisión o suministro, pasen a tramitar ante la Fiscalía de Primera Instancia en lo
Penal, Contravencional y de Faltas N° 35.
Artículo 9°.- Designar interinamente al Dr. Sebastián Rubén Stoppani (Legajo N° 304),
actual Auxiliar Fiscal de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y
de Faltas N° 8, como Fiscal a cargo de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 22, a partir del 1° de mayo de 2026 y hasta el 31 de
diciembre del mismo año, de conformidad con la facultad prevista en el artículo 18,
inciso 6° de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 1903).
Artículo 10.- Designar al Dr. Mariano Martín Petroselli Acevedo (Legajo N° 2723),
actual Secretario de Primera Instancia de la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 8, para cumplir el rol de Auxiliar Fiscal en la Unidad de Flagrancia
correspondiente a la Unidad Fiscal Este, a partir del 1° de mayo de 2026 (cfr. arts. 38 y
39 de la Ley 1903 y las Resoluciones FG Nros. 28/2020, 130/2020, 34/2021, 54/2021,
108/2022 y 33/2023), manteniendo la categoría de revista, generando vacante en la
dependencia de origen y percibiendo el nombrado el adicional previsto en el artículo 9
del Reglamento de Auxiliares Fiscales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (Anexo I de la Resolución FG N° 33/2023), en reemplazo
del Dr. Sebastián Rubén Stoppani.
Artículo 11.- Disponer que el Dr. Leandro Galvaire (Legajo 2263), actual Auxiliar Fiscal
de la Unidad de Flagrancia Este, pase a cumplir el rol de Auxiliar Fiscal en la Unidad
de Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal Norte, a partir del 1° de mayo de
2026.
Artículo 12.- Encomendar a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio Público
Fiscal que arbitre los medios necesarios para la conformación del personal que
integrarán, a partir del 1° de mayo de 2026, la Fiscalía de Primera Instancia en lo
Penal, Contravencional y de Faltas N° 2 y la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 22; como así también para la reubicación del personal
asignado a la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas
N° 24 en razón de la competencia especial que posee conforme lo establecido en el
Resolución FG N° 54/2022, ello a la luz de lo dispuesto en el artículo 7° de la presente
resolución.
Artículo 13.- Encomendar a la Oficina de Sistemas Informáticos y Modernización de
este Ministerio Público Fiscal, dependiente de la Secretaría de Coordinación
Administrativa, la realización de las modificaciones y/o ajustes que resulten necesarios
llevan adelante en el sistema informático de gestión de casos KIWI para proceder a la
migración de los casos señalados en el artículo 4° y 8° de la presente resolución.
Artículo 14.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; notifíquese a las/los interesadas/os y su superior
jerárquico; y comuníquese a los Fiscales Generales Adjuntos, a los/as Secretarios/as
Generales, a los/as Secretarios/as Judiciales; a la Secretaría de Coordinación
Administrativa, a la Oficina de Administración, a la Dirección de Recursos Humanos, a
la Subdirección de Recursos Humanos, al Departamento de Administración de
Personal, a la Oficina de Administración Financiera, a la Oficina Legal y Técnica, por
correo electrónico a los/las restantes integrantes del Ministerio Público Fiscal, a la Sra.
Defensora General, a la Sra. Asesora General Tutelar, al Consejo de la Magistratura, a
la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y
de Faltas -y, por su intermedio, a los/las jueces/zas de Primera y Segunda Instancia
del mismo fuero-, a los jefes de la Policía de la Ciudad, Policía Federal Argentina,
Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina y de la Policía de
Seguridad Aeroportuaria. Cumplido, Archívese. López Zavaleta