RESOLUCIÓN 505 2026 MINISTERIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXO I - RESOLUCIÓN 484-MJYSG-16 - APRUEBA PROTOCOLO DE USO DE DISPOSITIVOS DE GEOPOSICIONAMIENTO PARA TEMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y ARRESTO DOMICILIARIO - POR PROTOCOLO IMPLEMENTACIÓN - ENTREGA - SEGUIMIENTO Y CESE DE DISPOSITIVOS DE GEOPOSICIONAMIENTO DUAL - VIGILANCIA AMBULATORIA Y ARRESTO DOMICILIARIO - DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCION 323-MJYSGC-20 - MINISTERIO DE SEGURIDAD
Publicación:
04/05/2026
Sanción:
28/04/2026
Organismo:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 y 6.684 (textos consolidados según Ley N° 6.764), el
Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 484/MJYSG/16,
282/MJYSGC/17 y 323/MJYSGC/20 y el Expediente Electrónico N° 06663704-
GCABA-DGPGS/2026, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio Seguridad con sus respectivas funciones;
Que el artículo 40 de la Ley N° 6.684 derogó la Ley N° 6.292 y sus modificatorias,
dejando sin efecto la anterior estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo de la
Ciudad, entre la cual se encontraba a la ex Dirección General Violencia de Género,
dependiente de la entonces Subsecretaría de Justicia, del Ministerio de Justicia y
Seguridad;
Que asimismo, resulta de aplicación al presente caso la Ley N° 5.688 que estableció
las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición,
misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las
bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las
políticas y estrategias de seguridad pública, y creó la Policía de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que la referida Ley estipula en su artículo 5) primera parte que el Ministerio de Justicia
y Seguridad, actual Ministerio de Seguridad, "(...) es el organismo encargado de
elaborar los lineamientos generales en materia de seguridad, tendientes a llevar a
cabo el diseño de las acciones preventivas necesarias y las tareas de control";
Que a su vez, el artículo 12 de la mencionada Ley establece que entre las funciones
que corresponden al Ministerio de Justicia y Seguridad, actual Ministerio de Seguridad,
se encuentran: "2) La elaboración, implementación y evaluación de las políticas y las
estrategias de seguridad pública y de las directivas generales y específicas necesarias
para su gestión y control, a través de las áreas dependientes competentes para ello. 3)
La planificación estratégica basada en la elaboración y formulación de la estrategia
institucional asentada en la realización del diagnóstico institucional y de los planes de
reforma y modernización institucional, así como de las estrategias de control social e
institucional de la violencia y de las diferentes modalidades delictivas";
Que cabe a su vez destacar que el artículo 68 de la referida Ley, crea a la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires, la cual "(...) cumple con las funciones de seguridad general,
prevención, conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de
personas y bienes, y de auxiliar de la Justicia", conteste con lo establecido en el inciso
11 del artículo 90 del mencionado cuerpo legal;
Que mediante el dictado del Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó a partir
del 10 de diciembre de 2023 la estructura orgánico funcional dependiente del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando en el ámbito
de la Subsecretaría de Relaciones con las Comunidad y Atención a la Víctima, actual
Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad y Asuntos Interjurisdiccionales e
Internacionales en Seguridad, dependiente del Ministerio de Seguridad, a la Dirección
General Políticas de Género en Seguridad, conforme la estructura dispuesta en el
Decreto N° 95/26;
Que la Dirección General Políticas de Género en Seguridad es continuadora de la ex
Dirección General Violencia de Género en cuanto a sus misiones y funciones, dentro
de las cuales resalta la de intervenir en la recepción, evaluación y canalización de las
solicitudes de dispositivos de emergencia en casos de violencia de género y familiar;
Que por Resolución N° 484/MJYSG/16 se aprobó el "Protocolo de Uso de Dispositivos
de Geoposicionamiento ordenado por Magistrados del Fuero Penal, Contravencional y
de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", como Anexo I de dicha norma;
Que por Resolución N° 282/MJYSGC/17 se sustituyó el Anexo I de la Resolución N°
484/MJYSG/16, entrando en vigencia el "Protocolo de Uso de Dispositivos de
Geoposicionamiento para temas de Violencia de Género y Arresto Domiciliario";
Que por Resolución N° 323/MJYSGC/20, se sustituyó el Anexo I de la Resolución N°
282/MJYSGC/17, entrando en vigencia el "Protocolo de Uso de Dispositivos de
Geoposicionamiento para temas de Violencia de Género y/o Familiar y de Arresto
Domiciliario";
Que, en virtud de lo expuesto, desde el punto de vista formal, resulta menester
adecuar el mentado Protocolo a la nueva estructura orgánica-funcional y legal del
Ministerio de Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme remarcó la Dirección General de Polícitas de Género en Seguridad
mediante el Informe N° IF-2026-06665052-GCABA-DGPGS, el Anexo I aprobado por
la Resolución N° 323/MJYSGC/20, ha quedado desactualizado en cuanto a las nuevas
formas de monitoreo vigentes, por cuanto no incluye la modalidad de monitoreo bajo
"Vigilancia Ambulatoria", la cual en los últimos años ha crecido exponencialmente en el
ámbito del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires y resulta ser una de la
modalidades más solicitada por estos magistrados;
Que asimismo destacó que desde el punto de vista operativo, resulta necesario
realizar modificaciones sustanciales en cuestiones de requisitos de admisión, plazos,
modalidades y áreas intervinientes que se adecuen a la realidad operativa,
estableciéndose pautas de actuación y comunicación homogéneas, destinadas a los
actores del sistema a efectos de facilitar su adecuada intervención;
Que por ello, se torna necesario realizar las actualizaciones indicadas;
Que ha tomado intervención favorable la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal de este Ministerio de Seguridad.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 323/MJYSGC/2020.
Artículo 2°.- Sustituir el Anexo I de la Resolución N° 484/MJYSG/16 que aprobó el
"Protocolo de Uso de Dispositivos de Geoposicionamiento para temas de Violencia de
Género y Arresto Domiciliario", por el Anexo N° IF-2026-06664144-GCABA-DGPGS,
"Protocolo para la implementación, entrega, seguimiento y cese de dispositivos de
geoposicionamiento dual, vigilancia ambulatoria y arresto domiciliario" el cual forma
parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su conocimiento, comunicar a la Secretaría de Seguridad, a la Subsecretaría de
Relaciones con la Comunidad y Asuntos Interjurisdiccionales e Internacionales en
Seguridad, a la Dirección General Políticas de Género en Seguridad, todas ellas
dependientes del Ministerio de Seguridad, al Consejo de la Magistratura, al Ministerio
Público Fiscal y al Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Giménez