DECRETO 174 2026
Síntesis:
MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE SEGURIDAD - JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE SEGURIDAD - SECRETARÍA COORDINACIÓN - SUBSECRETARÍA RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES E INTERNACIONALES EN SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD COMUNAL Y ORDEN PÚBLICO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD EN EVENTOS MASIVOS Y DEPORTIVOS - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - SUBSECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO - SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - DIRECCIÓN GENERAL - JEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - JEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA (LEY N° 5.688) - DEFENSORÍA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD (LEY N° 5.688) - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - LEY N° 5.688 - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (LEY N° 5.847) - CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN DE LA CIUDAD - CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO EN MATERIA DE CONVIVENCIA Y ORDEN PÚBLICO (PROCOM) - GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - DEFENSA CIVIL - ALCAIDÍAS - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS
Publicación:
05/05/2026
Sanción:
04/05/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley 6.684, los Decretos 684/09 y 387/23, el Expediente EX-2026-20470872-
GCABA-DGTALMSE, y
CONSIDERANDO:
Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el desarrollo de un plan
operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción
de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como en la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires la cual contempla en su artículo 2°, entre los ministerios
del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Seguridad;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
nivel de Dirección General;
Que por el Decreto 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este sentido, resulta conveniente efectuar modificaciones a la estructura
organizativa del Ministerio de Seguridad, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo
técnico operativo;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1.° de mayo de 2026, la estructura organizativa del
Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
acuerdo a los Anexos I Organigrama (IF-2026-20594096-GCABA-MSEGC) y II -
Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2026-
20594253-GCABA-MSEGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto, y modifican parcialmente el Decreto 387/23.
Artículo 2°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Subsecretaría
Investigación y Estadística Criminal del Ministerio de Seguridad.
Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la
Dirección General Alcaidías dependiente de la Secretaría de Seguridad, la que pasará
a depender de la Subsecretaría Investigación y Estadística Criminal del Ministerio de
Seguridad.
Artículo 4°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de
la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas, en
virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Seguridad, y de
Hacienda y Finanzas, y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y
Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad.
Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Arengo Piragine - Sánchez Zinny