RESOLUCIÓN 87 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

VIGENCIA: A PARTIR DE LAS 00:00 H DEL 5 DE MAYO DE 2026 - APRUEBA - ESQUEMA DE ABONOS Y PENALIDADES - SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO EN BICICLETA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ECOBICI - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y CONTROL DE LA MOVILIDAD - SECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

05/05/2026

Sanción:

29/04/2026

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: Las Leyes 2.148, 6.352, y 6851, los Decretos 387/23 y 282/25, las

Resoluciones 438/MIGC/25, 73/SECT/25, 145/SECT/25 y 9/SECT/26, el expediente

EX-2026-20263708--GCABA-DGGSM, y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita un proyecto de acto

administrativo, con el objeto de establecer una actualización respecto del esquema de

abonos, penalidades y bonificaciones, que actualmente rigen para el Sistema de

Transporte Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiciado

por la Gerencia Operativa de Transporte No Motorizado, dependiente de la Dirección

General Gestión de Servicios de Movilidad, de la Subsecretaría de Gestión y Control

de la Movilidad, de esta Secretaría de Transporte;

Que el referido Sistema de Transporte Público en Bicicleta, se encuentra previsto en el

Título Decimocuarto del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, aprobado por Ley 2.148;

Que asimismo, el artículo 12, de la Ley 6.352, estableció que, el acceso al Sistema de

Transporte Público en Bicicleta, y su uso en las condiciones dispuestas por la

normativa correspondiente, se efectuará a través del pago de una tarifa por parte de

los usuarios, que será establecida por la Autoridad de Aplicación, pudiendo crearse

distintos tipos de tarifas, de acuerdo a las categorías de usuarios y/o a las

modalidades de prestación del servicio (días, horario, entre otros), quedando exentos

de pago, según las condiciones de uso del Sistema, los usuarios con residencia

permanente en el país, de lunes a viernes, salvo días feriados;

Que por Resolución 73/SECT/25, se aprobó el régimen de pases (Anexo II), por

Resolución 145/SECT/25, se aprobó el régimen de bonificaciones (Anexo II), y, por

Resolución 9/SECT/26 (Anexo I), se aprobó el régimen de abonos y penalidades, todo

lo cual, en conjunto, actualmente rige para el Sistema de Transporte Público en

Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido, la referida Gerencia Operativa de Transporte No Motorizado,

dependiente de la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad, de la

Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, de esta Secretaría de Transporte,

ha efectuado un nuevo análisis sobre el esquema actual de abonos, penalidades y

bonificaciones, aplicables al Sistema de Transporte Público en Bicicleta, teniendo en

miras, el contexto económico actual, que afecta la eficiencia del Sistema de Transporte

Público en Bicicleta, considerando necesaria una actualización de los abonos y

penalidades de algunos pases, y, propiciando también, una modificación en el régimen

de bonificaciones vigente;

Que por Ley 6851, se modificó la estructura ministerial del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Movilidad e

Infraestructura;

Que por el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de

Transporte, dependiente del referido Ministerio de Movilidad e Infraestructura;

Que corresponde a la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por ley 2.148, establecer los abonos

aplicables para el acceso al Sistema de Transporte Público en Bicicleta, y su uso en

las condiciones dispuestas por la normativa correspondiente (conf. Art. 12 de la Ley

6.352);

Que mediante Decreto 282/25, se designó al entonces Ministerio de Infraestructura, o,

el organismo que en un futuro lo reemplace, como autoridad de aplicación del Código

de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley

2.148;

Que asimismo, mediante el artículo 1° de la Resolución 438/MIGC/25, el entonces

Ministerio de Infraestructura, facultó a esta Secretaría de Transporte, a dictar las

normas en el marco de sus competencias, que resulten necesarias para el ejercicio de

las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del citado Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de las consideraciones vertidas precedentemente, resulta necesario

dictar el acto administrativo que apruebe una actualización de los abonos y

penalidades, y, modifique el régimen de bonificaciones, que regirán para el acceso al

Sistema de Transporte Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el esquema de abonos y penalidades, aplicables al Sistema de

Transporte Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como

Anexo I (IF-2026-20329327-GCABA-SECT), forma parte integrante de esta

Resolución, cuyos términos entrarán en vigencia a partir de las 00:00 (cero) horas, del

día 05 de mayo de 2026.

Artículo 2°.- Aprobar el régimen de bonificaciones, aplicable al Sistema de Transporte

Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo II (IF-

2026-20329308-GCABA-SECT) integra la presente medida, el que entrará en vigencia

a partir de las 00:00 (cero) horas, del día 05 de mayo de 2026.

Artículo 3°.- Establecer que la firma encargada de operar el Sistema de Transporte

Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, "M2 SOLUCOES EM

ENGENHARIA LTDA -- MI TRANSPORTES SUSTENTÁVEIS LTDA. - Unión

Transitoria" (TEMBICI UT), deberá adecuar los "Términos y Condiciones de Uso" del

Sistema de Transporte Público en Bicicleta, que figuran en la Aplicación denominada:

"Ecobici", conforme con lo establecido en los Artículos 1° y 2°, de la presente medida,

debiendo someter las modificaciones correspondientes, para su eventual aprobación

por parte de la autoridad competente, previamente a su implementación y

comunicación a los usuarios del Sistema de Transporte Público en Bicicleta, quienes

deberán aceptarlos antes de continuar utilizándolo.

Artículo 4°.- Establecer que la firma "M2 SOLUCOES EM ENGENHARIA LTDA -- MI

TRANSPORTES SUSTENTÁVEIS LTDA. - Unión Transitoria" (TEMBICI UT), deberá

adecuar también, conforme con lo establecido en los artículos 1° y 2° de la presente,

todos sus procesos administrativos e informáticos, internos y externos, en la

plataforma "Comet", o en cualquier otra plataforma, o herramienta que utilice para sí, o

para interactuar con terceros en la oferta de productos, sistema de cobro y

promociones. Asimismo, la adecuación correspondiente deberá reflejarse en la

Aplicación Móvil "Ecobici" (Android y iPhone) y en la plataforma Web de "BA Ecobici",

en el material interno de la firma, material de marketing, sus redes sociales y cualquier

otro instrumento de comunicación a los usuarios, su personal y a todas las entidades

impactadas por lo estipulado en los artículos 1° y 2°.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

comunicar a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, y, a la Dirección

General Gestión de Servicios de Movilidad, la que deberá notificar a la firma "M2

SOLUCOES EM ENGENHARIA LTDA -- MI TRANSPORTES SUSTENTÁVEIS LTDA.

- Unión Transitoria" (TEMBICI UT). Cumplido, archivar. Krantzer


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7359

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7359

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El Artículo 1º de la Resolución 87/SECT/26 apueba el esquema de abonos y penalidades, aplicables al Sistema de Transporte Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementando lo establecido por la Resolución 16/SECT/24. </p><p>El Artículo 2º de la Resolución 87/SECT/26 aprueba el régimen de bonificaciones, aplicable al Sistema de Transporte<br />Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementando lo establecido por la Resolución 16/SECT/24.</p>
COMPLEMENTA
<p>El Artículo 2º de la Resolución 87/SECT/26 aprueba el régimen de bonificaciones, aplicable al Sistema de Transporte<br />Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementando lo establecido por la Resolución 145/SECT/25.</p>
COMPLEMENTA
<p>El Artículo 1º de la Resolución 87/SECT/26 apueba el esquema de abonos y penalidades, aplicables al Sistema de Transporte Público en Bicicleta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementando lo establecido por la Resolución 9/SECT/26.</p>