RESOLUCIÓN 49 2026 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
APRUEBA - PROGRAMA DE PRÁCTICAS RENTADAS PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE JÓVENES SIN CUIDADOS PARENTALES - FISCALÍA GENERAL - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY 6889 - JÓVENES SIN CUIDADOS PARENTALES - ACCESO A PUESTOS DE TRABAJO - PODER JUDICIAL - PRÁCTICAS RENTADAS - PRACTICANTES - TAREAS - PROPUESTA - OBJETIVOS
Publicación:
06/05/2026
Sanción:
30/04/2026
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley Nacional N°
26.061; las Leyes Nros. 7, 114, 1.903 y 6.889; y la Actuación Interna N° 30-00112146
del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de esta Fiscalía General, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dota al
Ministerio Público de autonomía funcional y autarquía, lo que es receptado por los
artículos 1°, 23 y concordantes de la Ley N° 1903, Orgánica del Ministerio Público.
Que, en primer lugar, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos de derechos,
garantizando su protección integral, así como el derecho al trabajo y a la formación
profesional.
Que, en este sentido, la Ley Nacional N° 26.061 y la Ley N° 114 establecen un
sistema de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes,
promoviendo su desarrollo pleno y su inclusión social.
Que, por su parte, la Ley N° 6.889 tiene por objeto garantizar que las/os jóvenes sin
cuidados parentales accedan, al cumplir la mayoría de edad, a puestos de trabajo
estables en el ámbito público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo
mecanismos específicos para su efectiva implementación.
Que se entiende por jóvenes sin cuidados parentales a quienes se encuentran o se
han encontrado separados de su familia de origen y han residido en dispositivos de
cuidado en virtud de medidas de protección excepcional de derechos, dictadas
conforme la Ley Nacional N° 26.061 y la Ley N° 114.
Que, en tal sentido, el artículo 7° de la Ley N° 6.889 dispuso la creación del Registro
Único de Aspirantes, por parte del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del organismo que en un
futuro lo reemplace, para que los jóvenes sin cuidados parentales interesados puedan
postularse para cubrir puestos laborales, y de esa forma se provea a la máxima
autoridad en materia de Recursos Humanos de cada jurisdicción un registro de los
perfiles de los/as aspirantes.
Que, resulta pertinente destacar, mediante Resolución de Presidencia N° 371/2026, el
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el
"Programa de Prácticas Rentadas para la Inserción Laboral de Jóvenes sin Cuidados
Parentales", en el marco de la implementación de la Ley N° 6.889.
Que dicha iniciativa constituye una política pública relevante en materia de inclusión
socio-laboral, en tanto promueve de manera concreta el acceso al empleo formal de
jóvenes sin cuidados parentales, a través de instancias de formación práctica en el
ámbito del sector público local.
Que el programa aprobado por el Consejo de la Magistratura configura un antecedente
institucional significativo para la implementación de la citada ley, estableciendo
lineamientos que favorecen su efectiva operatividad en el ámbito de los distintos
organismos públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, en ese marco, resulta oportuno y conveniente que el Ministerio Público Fiscal
adopte medidas en consonancia con la referida iniciativa, a fin de acompañar y
fortalecer su implementación en el ámbito de su competencia.
Que, ha tomado intervención de su competencia el Departamento de Presupuesto,
mediante Nota DP N° 1154/2026.
Que, por su parte, hizo lo propio el Departamento de Asuntos Jurídicos mediante la
emisión del Dictamen DAJ N° 614/2026, no oponiendo reparos jurídicos a la
suscripción de la presente.
Por todo ello, conforme las facultades atribuidas en los artículos 124 y 125 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las potestades fijadas en el
marco de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 1903) y, en particular, lo
previsto en la Resolución FG N° 19/2026,
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el "Programa de Prácticas Rentadas para la Inserción Laboral
de Jóvenes Sin Cuidados Parentales en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que como Anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Designar, en los términos del artículo 5° de la Ley N° 6.889, como
autoridad de aplicación para el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Fiscalía
General.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese; publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet de este Ministerio Público Fiscal;
y comuníquese a los Sres. Fiscales Generales Adjuntos, a las/los Secretarias/os
Generales, a la Secretaría de Coordinación Administrativa, a la Dirección de Recursos
Humanos, a la Subdirección de Recursos Humanos, al Departamento de
Administración de Personal, a la Oficina de Administración Financiera, al
Departamento de Presupuesto, al Departamento Contable, a la Oficina Legal y
Técnica, a los restantes integrantes del Ministerio Público Fiscal, a la Presidencia del
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría
de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos
Aires, a la Defensoría General y a la Asesoría General Tutelar. Cumplido, Archívese.
López Zavaleta