RESOLUCIÓN 49 2026 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

APRUEBA - PROGRAMA DE PRÁCTICAS RENTADAS PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE JÓVENES SIN CUIDADOS PARENTALES - FISCALÍA GENERAL - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY 6889 - JÓVENES SIN CUIDADOS PARENTALES - ACCESO A PUESTOS DE TRABAJO - PODER JUDICIAL - PRÁCTICAS RENTADAS - PRACTICANTES - TAREAS - PROPUESTA - OBJETIVOS

Publicación:

06/05/2026

Sanción:

30/04/2026

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley Nacional N°

26.061; las Leyes Nros. 7, 114, 1.903 y 6.889; y la Actuación Interna N° 30-00112146

del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de esta Fiscalía General, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dota al

Ministerio Público de autonomía funcional y autarquía, lo que es receptado por los

artículos 1°, 23 y concordantes de la Ley N° 1903, Orgánica del Ministerio Público.

Que, en primer lugar, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos de derechos,

garantizando su protección integral, así como el derecho al trabajo y a la formación

profesional.

Que, en este sentido, la Ley Nacional N° 26.061 y la Ley N° 114 establecen un

sistema de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes,

promoviendo su desarrollo pleno y su inclusión social.

Que, por su parte, la Ley N° 6.889 tiene por objeto garantizar que las/os jóvenes sin

cuidados parentales accedan, al cumplir la mayoría de edad, a puestos de trabajo

estables en el ámbito público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo

mecanismos específicos para su efectiva implementación.

Que se entiende por jóvenes sin cuidados parentales a quienes se encuentran o se

han encontrado separados de su familia de origen y han residido en dispositivos de

cuidado en virtud de medidas de protección excepcional de derechos, dictadas

conforme la Ley Nacional N° 26.061 y la Ley N° 114.

Que, en tal sentido, el artículo 7° de la Ley N° 6.889 dispuso la creación del Registro

Único de Aspirantes, por parte del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del organismo que en un

futuro lo reemplace, para que los jóvenes sin cuidados parentales interesados puedan

postularse para cubrir puestos laborales, y de esa forma se provea a la máxima

autoridad en materia de Recursos Humanos de cada jurisdicción un registro de los

perfiles de los/as aspirantes.

Que, resulta pertinente destacar, mediante Resolución de Presidencia N° 371/2026, el

Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el

"Programa de Prácticas Rentadas para la Inserción Laboral de Jóvenes sin Cuidados

Parentales", en el marco de la implementación de la Ley N° 6.889.

Que dicha iniciativa constituye una política pública relevante en materia de inclusión

socio-laboral, en tanto promueve de manera concreta el acceso al empleo formal de

jóvenes sin cuidados parentales, a través de instancias de formación práctica en el

ámbito del sector público local.

Que el programa aprobado por el Consejo de la Magistratura configura un antecedente

institucional significativo para la implementación de la citada ley, estableciendo

lineamientos que favorecen su efectiva operatividad en el ámbito de los distintos

organismos públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, en ese marco, resulta oportuno y conveniente que el Ministerio Público Fiscal

adopte medidas en consonancia con la referida iniciativa, a fin de acompañar y

fortalecer su implementación en el ámbito de su competencia.

Que, ha tomado intervención de su competencia el Departamento de Presupuesto,

mediante Nota DP N° 1154/2026.

Que, por su parte, hizo lo propio el Departamento de Asuntos Jurídicos mediante la

emisión del Dictamen DAJ N° 614/2026, no oponiendo reparos jurídicos a la

suscripción de la presente.

Por todo ello, conforme las facultades atribuidas en los artículos 124 y 125 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las potestades fijadas en el

marco de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 1903) y, en particular, lo

previsto en la Resolución FG N° 19/2026,

EL FISCAL GENERAL ADJUNTO A CARGO DE LA FISCALÍA GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el "Programa de Prácticas Rentadas para la Inserción Laboral

de Jóvenes Sin Cuidados Parentales en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que como Anexo forma parte integrante de la

presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Designar, en los términos del artículo 5° de la Ley N° 6.889, como

autoridad de aplicación para el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Fiscalía

General.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese; publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet de este Ministerio Público Fiscal;

y comuníquese a los Sres. Fiscales Generales Adjuntos, a las/los Secretarias/os

Generales, a la Secretaría de Coordinación Administrativa, a la Dirección de Recursos

Humanos, a la Subdirección de Recursos Humanos, al Departamento de

Administración de Personal, a la Oficina de Administración Financiera, al

Departamento de Presupuesto, al Departamento Contable, a la Oficina Legal y

Técnica, a los restantes integrantes del Ministerio Público Fiscal, a la Presidencia del

Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría

de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos

Aires, a la Defensoría General y a la Asesoría General Tutelar. Cumplido, Archívese.

López Zavaleta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7360

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 2° de la Resolución 49/FG/26 designa, en los términos del artículo 5º de la Ley 6.889, como autoridad de aplicación para el Ministerio Público Fiscal a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Fiscalía General.</p>