RESOLUCIÓN 185 2026 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

VIGENCIA: A PARTIR DEL 1° DE MAYO DE 2026 - SUSTITUYE - TEXTO - RESOLUCIÓN 200/AGIP/08 - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ALÍCUOTAS EN CONCEPTO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - RETENCIÓN - MONTO TOTAL - CAJA CHICA COMÚN - CAJA CHICA ESPECIAL - RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN

Publicación:

07/05/2026

Sanción:

05/05/2026

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: La Ordenanza N° 40.434 (texto consolidado según Ley N° 6.764 BOCBA N°

7022), la Ley N° 2.603 (texto consolidado según Ley N° 6.764 BOCBA N° 7022) y

sus modificatorias Leyes Nros. 6.724 (BOCBA N° 6.897) y 6.843 (BOCBA N° 7215), el

Decreto N° 491/18 (BOCBA N° 5.529) y la Resolución N° 200/AGIP/08 (BOCBA N°

2873) y sus modificatorias Nros. 698/AGIP/10 (BOCBA N° 3558), 564/AGIP/13

(BOCBA N° 4212), 387/AGIP/18 (BOCBA N° 5537) y 251/AGIP/22 (BOCBA N° 6451) y

el Expediente N° 19.491.651/GCABA-DGANFA/26, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ordenanza N° 40.434 se implementa un Régimen de Recaudación en

el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos respecto de los proveedores del actual

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, efectuándose la retención al momento de

realizar el pago de las facturas;

Que la Ley N° 2.603 y sus modificatorias crea la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos como entidad autárquica en el orden administrativo y financiero,

asignándole funciones vinculadas con la administración y gestión del Sistema

Tributario del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por medio del Decreto N° 491/18 se aprueba el Régimen para la Asignación de

Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando los regímenes de adquisiciones y pagos de la Caja Chica Común y la

Caja Chica Especial;

Que por la Resolución N° 200/AGIP/08 se procede a la actualización de las alícuotas

aplicables en el régimen de recaudación fijado por la Ordenanza N° 40.434;

Que asimismo, la Resolución N° 698/AGIP/10 fija un monto mínimo de Pesos cien

($ 100,00) a partir del cual deben efectuarse las retenciones para dicho régimen, con el

objetivo de evitar un dispendio administrativo que resulte antieconómico;

Que posteriormente, mediante las Resoluciones Nros. 564/AGIP/13, 387/AGIP/18 y

251/AGIP/22 se ajusta el monto mínimo específico vinculado con las operaciones

realizadas a través de la Caja Chica Común y/o Caja Chica Especial;

Que en virtud de la evolución de las variables económicas y las características

especiales de los regímenes de adquisiciones y pagos de las citadas Caja Chica

Común y Especial, deviene necesario ajustar dicho importe mínimo a la suma de

Pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00).

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir el último párrafo del artículo 1° de la Resolución N° 200/AGIP/08

con las modificaciones introducidas por las Resoluciones Nros. 698/AGIP/10,

564/AGIP/13, 387/AGIP/18 y 251/AGIP/22, el que quedará redactado de la siguiente

manera: "El monto total mencionado en el párrafo precedente, se establece en Pesos

ciento cincuenta mil ($ 150.000,00) para las operaciones realizadas a través de Caja

Chica Común y/o Caja Chica Especial".

Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigor a partir del día 1° de mayo de

2026.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese

a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas y a la Dirección General de Rentas dependiente de esta

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido archivar. Krivocapich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El artículo 1° de la Resolución 185/AGIP/26 sustituye el último párrafo del artículo 1° de la Resolución 200/AGIP/08.</p>