RESOLUCIÓN 832 2006 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

NORMA DEROGADA - AMPLÍA LA RESOLUCIÓN 804-SED-05 - COORDINACIÓN DE ÁREAS CURRICULARES - CIENCIAS SOCIALES - CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES - COMUNICACIÓN - EXPRESIÓN - COORDINACIÓN - EXCEPCIONES A LA ANTIGUEDAD PARA ACCEDER AL CARGO - PROFESORES - PROFESORAS - INTERINOS SUPLENTES - ESTABLECIMIENTOS CON 2 - AÑOS DE EXISTENCIA - NIVEL MEDIO - ESCUELAS - MEDIA Y TÉCNICA

Publicación:

02/05/2006

Sanción:

27/03/2006

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 6.581-SED/05, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas actuaciones tiene trámite la solicitud formulada por la Conducción de la Escuela de Educación Media N° 1 del Distrito Escolar 18, creada por Decreto N° 408/04, con relación al dictado de una medida de excepción a la exigencia contenida en el artículo 9° de la Resolución N° 804-SED/05;

Que, en materia de designaciones de coordinadores de áreas, el citado artículo impone como requisito la acreditación de dos (2) años de antigüedad en el establecimiento respectivo, en condición de profesor titular o interino;

Que, habiendo sido creada la escuela citada en el primer considerando en el año 2004, el requisito de la antigüedad en el mismo establecimiento resulta de cumplimiento imposible;

Que, a través de su intervención, la Dirección del Área de Educación Media y Técnica estima conveniente que la excepción solicitada se extienda a todos los establecimientos de creación reciente;

Que, por tratarse de una exigencia de cumplimiento materialmente imposible, resulta desde todo punto de vista razonable no aplicar la exigencia en cuestión en las escuelas del nivel medio mientras no alcancen los dos (2) años de existencia;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Dispónese que, a los efectos de la designación para el desempeño de la función de coordinadores de áreas de materias afines en el marco de las disposiciones de la Resolución N° 804-SED/05, los profesores titulares e interinos de los establecimientos creados mediante el dictado del Decreto N° 408/04 sean eximidos de la exigencia de la antigüedad requerida en el artículo 9° de la citada resolución hasta que tales establecimientos cumplan los dos (2) años de existencia.

Artículo 2° - Extiéndese la disposición contenida en el artículo 1° a todos los establecimientos que, en el futuro, sean creados en el Nivel Medio de las jurisdicciones educativas nominadas en la parte dispositiva del Decreto N° 408/04.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación -Direcciones Generales de Educación, de Educación Superior y de Planeamiento- y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria -Dirección General de Coordinación Financiera y Contable- y a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.

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DEROGADA POR
Res. 4188-MEGC-08 Deroga la Res. 832-SED-06