RESOLUCIÓN 200 2026 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
APRUEBA - CURSO DE INVESTIGACIONES EN NARCOMENUDEO - TÉCNICAS PROCEDIMIENTOS Y USO DE RECURSOS ESPECÍFICOS - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Publicación:
13/05/2026
Sanción:
08/05/2026
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: Las Leyes Nacionales N° 24.072 y N° 25.632, las Leyes N° 5.935 y N° 5.688
(texto consolidado según Ley N° 6.764), las NO-2026-19495711-GCABA-DCEISSP y
NO-2026-21103572-GCABA-SAISSP, el IF-2026-21098662-GCABA-SAISSP, el
Expediente Electrónico N° 21083814-GCABA-SAISSP/26, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764) establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tanto en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento; como así también
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y de la producción de conocimientos científicos y
técnicos sobre seguridad;
Que también tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al
personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial. A su vez, tiene la función de capacitar a todos aquellos sujetos
públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también a
aquellos que se relacionen con la investigación científica y técnica en materia de
seguridad ciudadana, de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de
oportunidades, mérito y capacidad;
Que la citada Ley crea a través del artículo 68 a la Policía de la Ciudad de Buenos
Aires, la que cumplirá funciones de seguridad general, prevención, conjuración,
investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes, y de auxiliar
de la Justicia. El artículo 110 confiere a dicha fuerza el derecho esencial de la
capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores
policiales. Y, el artículo 111 dispone como uno de sus deberes y obligaciones asistir a
las actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que
establezca este Instituto;
Que el artículo 378 del cuerpo normativo de referencia dispone que la capacitación y
formación de la Policía de la Ciudad en general tiende a la profesionalización y
especialización del desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno
de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la carrera policial. Asimismo, el plan
de formación y capacitación se desarrolla teniendo en cuenta las competencias
funcionales necesarias para el desempeño eficiente del cargo;
Que a mayor abundamiento el artículo 381 de la Ley establece que la capacitación de
los oficiales consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda su carrera profesional. Tal capacitación se
encuentra asentada en la producción de capacidades y competencias específicas
derivadas de las tareas básicas propias de los perfiles y especialidades policiales;
Que el narcomenudeo o microtráfico de estupefacientes constituye una manifestación
de la narcocriminalidad que afecta profundamente el orden público y la convivencia
social, generando además conductas delictivas conexas. Por tales motivos, el Estado
argentino ha asumido compromisos internacionales que buscan combatir todas las
manifestaciones del narcotráfico, tales como la Convención de las Naciones Unidas
contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas (Ley Nacional N°
24.072) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional (Ley Nacional N° 25.632). Asimismo, mediante la Ley N° 5.935 la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires aceptó la transferencia de la competencia para
intervenir en los delitos relacionados con estupefacientes, fortaleciéndose así las
capacidades locales para abordar la problemática;
Que en ese contexto, desde la Dirección Antidrogas dependiente de la
Superintendencia de Investigaciones de la Policía de la Ciudad se requiere que
personal que se desempeña en dicha área cuente con formación específica acorde a
la complejidad de la función. A tal fin, mediante la NO-2026-19495711-GCABA-
DCEISSP el Jefe del Departamento Capacitaciones y Entrenamiento propuso el
"Curso de Investigaciones en Narcomenudeo: Técnicas, Procedimientos y uso de
recursos específicos";
Que el citado curso tiene por finalidad asegurar la formación del personal policial en
las competencias profesionales necesarias para la prevención, detección e
investigación de delitos vinculados al narcomenudeo, en el marco de la normativa
vigente y de los estándares probatorios exigidos por la autoridad judicial competente.
A tal efecto, se propicia la incorporación de conocimientos técnicos, herramientas
investigativas y criterios operativos orientados a garantizar la adecuada identificación
de conductas delictivas, la obtención de evidencia válida y su correcto resguardo,
conforme a los principios de legalidad, integridad y trazabilidad;
Que analizada la propuesta y con las adecuaciones efectuadas, desde la Secretaría
Académica por NO-2026-21103572-GCABA-SAISSP se elevó a consideración de esta
instancia el mentado curso que luce por el IF-2026-21098662-GCABA-SAISSP;
Que el Departamento de Asuntos Legales intervino en el marco de su competencia
emitiendo el correspondiente dictamen legal;
Que a la luz de todo lo expuesto y en el marco de los fundamentos presentados,
resulta necesario aprobar la actualización del curso propuesto;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Aprobar el "Curso de Investigaciones en Narcomenudeo: Técnicas,
Procedimientos y Uso de Recursos Específicos", cuyos contenidos obran en el Anexo I
(IF-2026-21098662-GCABA-SAISSP) integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Secretaría Académica, a la
Secretaría General Administrativa, y a la Dirección Autónoma de Coordinación y
Enlace de la Policía de la Ciudad con el Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. López Zavaleta