RESOLUCIÓN 5775 2026 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

APRUEBA - CURSO - DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE - CONSUMOS PROBLEMÁTICOS - PREVENCIÓN Y CUIDADOS EN LA NIÑEZ ADOLESCENCIA Y JUVENTUD - CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 5

Publicación:

13/05/2026

Sanción:

08/05/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


VISTO: la Ley nacional 26.206 y sus modificatorias, las Leyes 6.053, 6.684 y su

modificatoria 6.851 (textos consolidados por Ley 6.764), el Decreto 387/23 y sus

modificatorios, las Resoluciones 1.602/MEDGC/24, 891/MEDGC/25, y

10.777/SSPIE/25,1.692/MEDGC/25 y 162/MEDGC/26 y su modificatoria

368/MEDGC/26, el Expediente EX-2025-53468977-GCABA-DGCDO, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispone el artículo 74 de la Ley nacional 26.206, le corresponde al

Ministerio de Educación y al Consejo Federal de Educación acordar los lineamientos

para la organización y administración del sistema de formación docente, así como los

parámetros de calidad que orienten los diseños curriculares;

Que la Ley 6.053 de la Formación Docente del Sistema Educativo establece entre los

objetivos y fines de las políticas educativas para la formación docente promover una

sólida formación inicial y continua; planificar; evaluar y monitorear los planes,

programas y proyectos para la formación docente inicial y continua, y el desarrollo

profesional en los Institutos de Formación Docente; y desarrollar las capacidades,

competencias y los conocimientos necesarios para el trabajo docente en los diferentes

niveles y modalidades del sistema educativo, entre otras;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, entre los cuales se

contempla al Ministerio de Educación;

Que de acuerdo con la mencionada Ley, el Ministerio de Educación tiene entre sus

objetivos diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social; y promover la formación y jerarquización profesional del

personal docente, entre otros;

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por su parte, compete a esta Subsecretaría de Planeamiento e Innovación

Educativa el diseño y la promoción de políticas educativas innovadoras orientadas a

optimizar las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje y a mejorar la

calidad educativa; la planificación, programación y diseño de políticas relacionadas

con el personal docente y no docente;

Que por Resolución 162/MEDGC/26, la Ministra delegó la facultadad de aprobar

Cursos de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos docentes en el titular de esta

Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa;

Que por la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción, el

Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el cual contempla entre sus principales

políticas la planificación de la formación y carrera docente;

Que por la Resolución 891/MEDGC/25, se creó la "Unidad Evaluadora De Planes De

Estudio, Cursos De Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,

presenciales y a distancia";

Que por la Resolución 10.777/SSPIE/25 se aprobó el procedimiento para el ingreso,

evaluación y egreso de proyectos que sean sometidos ante la "Unidad Evaluadora de

Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional Docente Postítulos Docentes,

presenciales y a distancia";

Que mediante la Resolución 1.692/MEDGC/25 se aprobaron los "Lineamientos De

Formación Docente Continua Para Establecimientos De Gestión Estatal dependientes

del Ministerio de Educación" y los "Lineamientos De Formación Docente Continua

Para Establecimientos De Gestión Privada, Establecimientos De Educación Superior

De Gestión Estatal Del Ministerio De Cultura y Organismos Externos al Ministerio De

Educación";

Que, el Centro de Formación Profesional N° 5 presentó para su aprobación el curso de

desarrollo profesional docente: "Consumos Problemáticos. Prevención y cuidados en

la niñez, adolescencia y juventud";

Que el referido curso de desarrollo profesional docente fue evaluado dentro del ámbito

de la "Unidad Evaluadora de Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo Profesional

Docente y Postítulos Docentes, presenciales y a distancia", con dictamen favorable;

Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Curso de desarrollo profesional

Docente "Consumos Problemáticos. Prevención y cuidados en la niñez, adolescencia y

juventud", presentado por el Centro de Formación Profesional N° 5 de conformidad

con el detalle obrante en el Anexo I (IF-2026-10307113-GCABA-DGCDO) y Anexo II

(IF-2026-10307097-GCABA-DGCDO), autorizando su dictado por el término de dos (2)

años;

Que la aprobación del curso citado precedentemente no conlleva erogación

presupuestaria;

Que la Dirección General Carrera Docente ha tomado debida intervención en el marco

de sus respectiva competencia;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas,

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Curso de Desarrollo Profesional Docente "Consumos

Problemáticos. Prevención y cuidados en la niñez, adolescencia y juventud",

presentado por el Centro de Formación Profesional 5, de conformidad con el detalle

obrante en el Anexo I (IF-2026-10307113-GCABA-DGCDO) y Anexo II (IF-2026-

10307097-GCABA-DGCDO) que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Establecer que el curso aprobado podrá dictarse por el término de dos (2)

años a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Dirección General Carrera Docente y a la Comisión de Registro y Evaluación de

Antecedentes Profesionales (COREAP), para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archivar. Ghillione


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7365

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7365

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 5775-SSPIE/26 aprueba el Curso de Desarrollo Profesional Docente Consumos Problemáticos. Prevención y cuidados en la niñez, adolescencia y juventud, presentado por el Centro de Formación Profesional 5, en el marco de la Resolución 891-MEDGC/25.</p>