DISPOSICIÓN 22 2026 DIRECCION GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO - DISPOSICIÓN 22/DGAHPEF/25 - APRUEBA - PAUTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN UNIVERSITARIO (SIU) EN LOS INSTITUTOS DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR - DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
19/05/2026
Sanción:
14/05/2026
Organismo:
DIRECCION GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO
VISTO: la Ley nacional 24.521, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764) y su
modificatoria 6.851, el Decreto 387/2023 y sus modificatorios, las Resoluciones
4.984/MEDGC/22 y 404/MEDGC/25, la Disposición 22/DGAHPEF/25, el expediente
electrónico EX-2026-19749496-GCABA-DGAHPEF, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional 24.521 de Educación Superior, establece la responsabilidad
principal e indelegable del estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, sobre la educación superior;
Que, asimismo, el artículo 3 de la citada Ley establece que la Educación Superior
tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional, humanística y técnica
en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura nacional, promover la
generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas;
Que, por su parte, la Ley 6.684 aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que el Jefe de Gobierno es asistido en sus
funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que
les confiere dicha ley;
Que en el marco de la precipitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que el Decreto 387/23, aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Agencia
de Habilidades para el Futuro bajo la órbita del Ministerio de Educación;
Que dicho plexo normativo establece que esta Dirección General tiene entre sus
responsabilidades primarias las de "diseñar, implementar y evaluar políticas,
programas y ofertas educativas de aprendizaje permanente, que incluyan las de
educación técnico superior, educación no formal, formación profesional, educación de
nivel secundario integrada a la formación profesional y educación vocacional, a fin de
fortalecer las condiciones de empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos";
Que bajo la órbita de esta Dirección General, se encuentra la Dirección Educación
Técnica Superior, la que tiene entre sus responsabilidades primarias las de
implementar mejoras pedagógicas, institucionales e innovaciones educativas para
elevar los estándares de calidad de la educación técnica superior, así como, gestionar
la oferta de Educación Técnica Superior atendiendo a las características de cada
institución y en función a la estrategia de aprendizaje permanente, acompañando y
supervisando a los Institutos de Formación Técnica Superior (IFTS) en el proceso de
elaboración de sus proyectos educativos institucionales, en la planificación de sus
acciones formativas y en sus procesos administrativos;
Que por otro lado, la Resolución 4984/MEDGC/22 aprobó la implementación del
Sistema de Información Universitario (SIU) para la gestión académica y administrativa
de los Institutos de Formación Docente, los Institutos de Formación Técnica Superior,
las Escuelas Superiores de Educación Artística y las Escuelas Normales Superiores,
de gestión estatal dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante el artículo 4 de la citada Resolución, se delegó facultades en las
entonces Subsecretarías de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, Agencia de
Aprendizaje a lo Largo de la Vida y de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa
y a la entonces Unidad de la Coordinación del Sistema de Formación Docente, en el
marco de sus respectivas competencias, para la aprobación de las pautas necesarias
destinadas a la implementación de dichos sistemas;
Que, con posterioridad, la Resolución 404/MEDGC/25 modificó la Resolución
4.984/MEDGC/22, aprobando la implementación del Sistema de Información
Universitario (SIU) para la gestión académica y administrativa de los Centros de
Educación No Formal (CENOF) y de los Centros de Formación Profesional (CFP) bajo
la órbita de esta Dirección General;
Que asimismo, la mencionada Resolución estableció que la implementación del SIU se
realice de forma inmediata en los CFP, y a partir del ciclo lectivo 2026, en los CENOF,
ambos bajo la órbita de esta Dirección General;
Que de igual modo, la citada norma encomendó expresamente a esta Dirección
General la elaboración y aprobación de las pautas necesarias para la implementación
del SIU en los establecimientos educativos de su competencia;
Que en virtud de la encomendación aprobada por la Resolución 4984/MEDGC/22, con
posterioridad, la Disposición 22/DGAHPEF/25 aprobó las "pautas para la
implementación del Sistema de Información Universitario (SIU) en los Institutos de
Formación Técnica Superior", dependientes de la Dirección General Agencia de
Habilidades para el Futuro del Ministerio de Educación, de conformidad con el Anexo I
(IF-2025-3158366-GCABA-DGAHPEF) así como las "pautas para la implementación
del Sistema de Información Universitario (SIU) en los Centros de Formación
Profesional", dependientes de la Dirección General Agencia de Habilidades para el
Futuro del Ministerio de Educación, de conformidad con el Anexo II (IF-2025-
23924212-GCABA-DGAHPEF);
Que resulta necesaria la actualización de los criterios de preinscripción, la instancia
evaluativa y el mecanismo de asignación de vacantes para el ingreso a los Institutos
de Formación Técnica Superior dependientes de la Dirección Educación Técnica
Superior, bajo la órbita de esta Dirección General Agencia de Habilidades para el
Futuro; con la finalidad de potenciar la eficiencia operativa y establecer circuitos más
ágiles, lo que permitirá que la asignación de vacantes sea más ordenada y eficiente;
Que la actualización de los criterios de la instancia evaluativa deviene necesaria a fin
de garantizar condiciones adecuadas para su realización y el acompañamiento
institucional correspondiente durante la misma; Que, asimismo, se establece la
implementación de instancias de acompañamiento y orientación dirigidas a los
estudiantes ingresantes con la finalidad de contribuir a facilitar su integración,
fortalecer sus trayectorias educativas y promover el desarrollo de competencias
vinculadas al mundo del trabajo;
Que en virtud de ello, corresponde realizar las adecuaciones normativas necesarias
tendientes a sustituir el Anexo (IF-2025-23158366-GCABA-DGAHPEF) de la
Disposición 22/DGAHPEF/25 por las nuevas pautas para la implementación del
Sistema Universitario (SIU) en los Institutos de Formación Técnica Superior de
conformidad con el Anexo (IF-2026-19777313-GCABA-DGAHPEF);
Que en razón de lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado del acto
administrativo correspondiente;
Que la Dirección Educación Técnica Superior y la Subsecretaría Tecnología Educativa
han tomado la intervención de su competencia;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la debida intervención en el trámite.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Sustituir el Anexo (IF-2025-23158366-GCABA-DGAHPEF) de la
Disposición 22/DGAHPEF/25 por el Anexo (IF-2026-19777313-GCABA-DGAHPEF), el
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, efectuar las comunicaciones oficiales pertinentes a la
Subsecretaría Tecnología Educativa y a la Dirección Educación Técnica Superior
Cumplido, archivar. Álvarez