DISPOSICIÓN 1 2026 DIRECCION GENERAL ACCESO A LA INFORMACION Y GOBIERNO ABIERTO

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA CARGAR INFORMACIÓN INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO - PLAN DE TRANSPARENCIA ACTIVA - LEY 104 - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - ACCESO A LA INFORMACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO - SITIO WEB OFICIAL - PUBLICACIÓN DE DATOS - DESPUBLICACIÓN - PERFILES INSTITUCIONALES - REVISIÓN DE LA INFORMACIÓN - BA COLABORATIVA - ACTUALIZACIÓN - ORGANISMOS

Publicación:

22/05/2026

Sanción:

18/05/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL ACCESO A LA INFORMACION Y GOBIERNO ABIERTO


VISTO: La Ley 104, los Decretos 260/17 y 387/23, las Disposiciones 2/DGAIGA/26 y

3/DGAIGA/26, el Expediente EX-2026-15164776- -GCABA-DGAIGA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 104 garantiza el derecho de acceso a la información pública de toda

persona, y establece los lineamientos a tener en cuenta por las áreas de Gobierno

para su cumplimiento;

Que mediante el Decreto 260/17, se aprobó la reglamentación de la Ley 104,

estableciendo que la entonces Dirección General Seguimiento de Organismos de

Control y Acceso a la Información --actual Dirección General Acceso a la Información

y Gobierno Abierto--, es la Autoridad de Aplicación de la Ley 104 en la órbita del

Poder Ejecutivo;

Que el Decreto 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección

General Acceso a la Información y Gobierno Abierto bajo la dependencia de la

Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección

General Contacto Digital Ciudadano en el ámbito de la Subsecretaría Ciudad

Inteligente, dependiente de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de la

Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que dicha norma establece entre las responsabilidades primarias de la Dirección

General Contacto Digital Ciudadano las de: diseñar e implementar políticas de

creación, revisión y mantenimiento de los contenidos digitales institucionales

impactados en el canal conversacional y en la web institucional, así como establecer y

supervisar la implementación de normativas y guías para la utilización de los sitios

institucionales o para los referentes de contenidos ministeriales;

Que, conforme lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la Ley 104, compete a la

Autoridad de Aplicación velar por la correcta implementación de las obligaciones

establecidas en la mencionada Ley y sus normas reglamentarias, teniendo como

funciones y atribuciones: realizar el seguimiento y control de las obligaciones de

transparencia activa impuestas por esta Ley; promover prácticas de transparencia;

diseñar y dar seguimiento al Plan de Transparencia Activa; capacitar de forma

permanente a funcionarios y agentes públicos en materia de acceso a la información

pública y transparencia activa, y, de corresponder, a directores/as, titulares y/o a

quienes estos designen para proveer información pública de organismos que reciben

financiamiento público; y realizar actividades y elaborar materiales tales como

manuales, guías o instructivos que resulten necesarios para facilitar a los sujetos

obligados el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esa Ley; entre otras;

Que el artículo 18 de la citada Ley establece el Plan de Transparencia Activa,

disponiendo la publicación de un conjunto mínimo de información común a todos los

sujetos obligados, mientras que el artículo 20 determina la información específica que

debe publicar el Poder Ejecutivo;

Que, en ese marco, se dictó la Disposición 2/DGAIGA/26, mediante la cual se

aprobaron los "Lineamientos Generales del Plan de Transparencia Activa.

Implementación, seguimiento y monitoreo", conforme lo dispuesto en el artículo 18 de

la Ley 104;

Que, asimismo, se dictó la Disposición 3/DGAIGA/26, la cual aprobó el "Procedimiento

administrativo para la implementación, seguimiento y monitoreo del plan de

transparencia activa establecido en la ley 104";

Que dicho procedimiento define los roles y responsabilidades de la Autoridad de

Aplicación y de los Referentes de Transparencia Activa designados por cada

jurisdicción, establece un mecanismo de seguimiento y control de las obligaciones de

transparencia activa, contemplando entre ellas la publicación de información

institucional de las áreas de Gobierno;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario establecer el procedimiento específico

para la carga de información en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires correspondiente a los funcionarios y funcionarias del

Poder Ejecutivo y las unidades organizativas a su cargo, a fin de posibilitar un correcto

seguimiento de las obligaciones de Transparencia Activa;

Que este procedimiento instituye el circuito para la carga, actualización y publicación

de la información institucional, definiendo los roles y responsabilidades de la Dirección

General Acceso a la Información y Gobierno Abierto, en su carácter de Autoridad de

Aplicación de la Ley 104; de la Dirección General Contacto Digital Ciudadano, como

órgano competente en materia de lineamientos para la administración de los

contenidos del sitio web institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires; y de los agentes que se desempeñan como referentes de transparencia activa

en las distintas jurisdicciones;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente aprobar el "Procedimiento para cargar

información institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Por ello, conforme las competencias establecidas en la Ley 104 y los Decretos 260/17

y 387/23,

LA DIRECTORA GENERAL DE CONTACTO DIGITAL CIUDADANO

Y LA DIRECTORA GENERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

Y GOBIERNO ABIERTO

DISPONEN:

Artículo 1°. - Aprobar el "Procedimiento para cargar información institucional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que como Anexo I (IF-2026-

23367196-GCABA-DGAIGA) forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Dirección General Técnica y Administrativa y a la Subsecretaría de Asuntos

Jurídicos, ambas dependientes de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archivar.

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ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7372

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Disposición Conjunta N° 1/DGAIGA/26 aprueba el “Procedimiento para cargar información institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” complementando la Disposición 3/DGAIGA/26.</p><p>Anexo I punto 4.1 establece que los RTA de las distintas áreas del Poder Ejecutivo del GCABA, designados de acuerdo con el procedimiento previsto en la Disposición 3/DGAIGA/26, serán los responsables de reunir la información institucional del área y de la autoridad citada en el punto 3. </p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Disposición Conjunta N° 1/DGAIGA/26 aprueba el “Procedimiento para cargar información institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” complementando la Disposición 2/DGAIGA/26.</p><p>Anexo I punto 4.2. establece que la carga de la información debe realizarse teniendo en cuenta los Lineamientos Generales del Plan de Transparencia Activa establecidos por la DGAIGA mediante la Disposición 2/DGAIGA/26. </p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Disposición Conjunta N° 1/DGAIGA/26 aprueba el “Procedimiento para cargar información institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” en el marco de la Ley 104.</p>