RESOLUCIÓN 1417 2026 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO - PAGO MENSUAL - DESTINO - FONDO DE RESERVA PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS COMISIONES MÉDICAS - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - AUTOSEGURO

Publicación:

28/05/2026

Sanción:

22/05/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS


VISTO: las Leyes Nacionales 24.557 y 27.348, la Resolución SRT 1105/10 y sus

modificatorias, el Decreto 276/25, la Resolución 13/MHFGC/26, la Resolución SRT

9/26, el Expediente 24425152-GCABA-UA/26, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 24.557 regula lo atinente a los objetivos, ámbito de aplicación, prevención,

contingencias cubiertas, deberes y obligaciones respecto de los riesgos del trabajo y

faculta a los empleadores a autoasegurar los riesgos del trabajo;

Que mediante el Decreto 276/25, este Gobierno optó por el sistema de Autoseguro

Público Provincial, para la cobertura de los riesgos de trabajo del personal

dependiente del Poder Ejecutivo, definidos en la Ley Nacional

24.557 y modificatorias;

Que el artículo 2° del mencionado Decreto faculta al Ministerio de Hacienda y

Finanzas a dictar las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias,

interpretativas y de ejecución necesarias, relativas al sistema de Autoseguro,

incluyendo la realización de los trámites, gestiones, y la suscripción de los documentos

que correspondan ante los órganos competentes;

Que por Resolución 13/MHFGC/26, el Ministerio de Hacienda y Finanzas instruyó a

esta Subsecretaría, para que dicte las normas reglamentarias, complementarias,

aclaratorias, interpretativas y de ejecución necesarias, relativas al sistema de

Autoseguro, incluyendo la realización de los trámites, gestiones, y la suscripción de los

documentos que correspondan ante los órganos competentes, conforme lo dispuesto

en el artículo 2° del Decreto 276/25;

Que, por Resolución 9-APN-SRT/26, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo

(S.R.T.) autorizó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a autoasegurar los riesgos

del trabajo definidos por la Ley 24.557, en el marco de lo establecido en el Título II de

la Ley N° 27.348;

Que la Ley 27.348, complementaria de la Ley de Riesgos del Trabajo, estableció la

actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, como la instancia

administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención,

para que el trabajador afectado, solicite la determinación del carácter laboral de la

contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones

dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo;

Que el artículo 50 de la Ley 24.557 establece que "Los gastos que demande el

funcionamiento de las Comisiones Médicas serán financiados por las Administradoras

de Fondos de Jubilaciones y Pensiones y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo en

el porcentaje de fije la reglamentación";

Que la Resolución SRT 1105/10 y sus modificatorias, crea el Fondo de Reserva para

financiar el funcionamiento de las Comisiones Médicas y dispone que dicho Fondo

será integrado, en lo que respecta a los trámites laborales, por las Aseguradoras de

Riesgos del Trabajo y los Empleadores Autoasegurados, a prorrata de la cantidad de

trabajadores asegurados declarada por cada uno;

Que de conformidad con la normativa citada con anterioridad, la S.R.T efectúa,

mensualmente, el cálculo del aporte correspondiente y notifica las liquidaciones

resultantes a cada sujeto obligado;

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo por el cual

se apruebe el procedimiento para el pago mensual con destino al Fondo de Reserva

para el financiamiento de las Comisiones Médicas, de acuerdo a la liquidación que

efectúe la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 324/25 y la Resolución

13/MHFGC/26,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el procedimiento para el pago mensual con destino al Fondo de

Reserva para el financiamiento de las Comisiones Médicas, de acuerdo a la

liquidación que efectúe la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, de conformidad

con lo dispuesto en el Anexo adjunto (IF-2026-24493198-GCABA-UA), el cual forma

parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General de Contaduría a emitir las órdenes de

pago correspondientes a los montos destinados al Fondo de Reserva para el

financiamiento de las Comisiones Médicas, en virtud de la aplicación del punto 6 del

Anexo que forma parte de la presente resolución.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales de Contaduría,

y Tesorería, de la Subsecretaría de Hacienda y a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y remitir a la Unidad de

Autoseguro, dependiente de esta Subsecretaría. Cumplido, archivar. Fernández


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7375

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 1417/SSGRH/26 aprueba el procedimiento para el pago mensual con destino al Fondo de Reserva para el financiamiento de las Comisiones Médicas, en el marco del Decreto 276/26.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución 1417/SSGRH/26 aprueba el procedimiento para el pago mensual con destino al Fondo de Reserva para el financiamiento de las Comisiones Médicas, complementando la Resolución 13/MHFGC/26.</p>